20 de octubre de 2025

ESTÁ CON ARRESTO DOMICILIARIO

ESTÁ CON ARRESTO DOMICILIARIO . Condenado a dos años y medio de prisión a cumplir por tenencia de estupefacientes

Investigado por una infracción a la Ley 23.737 y favorecido por un cambio de calificación en la causa penal que aún lo involucra, un hombre de nacionalidad peruana recibió en un juicio abreviado una pena inferior a la que habían acordado las partes intervinientes en ese proceso.

Voceros oficiales informaron a EL TIEMPO que el juicio abreviado se tramitó ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul y que el encausado fue sentenciado a una pena de efectivo cumplimiento de dos años y seis meses de prisión, luego de que un juez lo declarara autor del delito de tenencia ilegítima de estupefacientes.

El condenado en esta primera instancia fue identificado en lo resuelto como Richard Eric Huamán Sánchez, nacido en la ciudad peruana de Trujillo, de 34 años de edad y radicado en CABA.

De acuerdo con lo también referido, esa pena que le fuera dictada en este proceso, cuyo fallo data del pasado martes e incluyó la imposición del pago de una multa, el acusado la cumple bajo arresto domiciliario en un inmueble de la Capital Federal donde actualmente reside.

Tiempo atrás, esa morigeración de prisión le había sido concedida al hombre de nacionalidad peruana desde la Cámara Penal departamental que tiene su sede en el tercer piso del Palacio de Justicia de Azul.

El juicio abreviado donde Richard Eric Huamán Sánchez resultó condenado contó con la intervención del juez Albano Gallicchio. Y las partes que participaron también en ese proceso estuvieron representadas por el fiscal Adrián Peiretti -el actual titular de la UFI 22- y por el defensor Oficial Diego Prado.

En la previa a que desde la Acusación se presentara el pedido para la sustanciación de este juicio abreviado ante el TOC 2, Fiscal y Defensor Oficial calificaron a esa infracción a la Ley 23.737 atribuida al imputado como "tenencia ilegitima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas al consumidor".

Sobre esa figura penal, las partes además acordaron que, de resultar condenado como finalmente ocurrió en esta primera instancia, Huamán Sánchez recibiera como máximo una pena de "cuatro años y un mes de prisión", también de cumplimiento efectivo.

Pero al analizar las evidencias incorporadas a lo que había sido la instrucción de esta causa, el juez Gallicchio le impuso al encausado una sanción inferior a la convenida por las partes, luego de que terminara declarándolo por esta infracción a la Ley 23.737 autor de un delito menos grave.

"La calificación legal que corresponde otorgar al hecho en juzgamiento es la de tenencia ilegítima de estupefacientes, lo que importa apartarse de la sostenida por las partes al celebrar el acuerdo de juicio abreviado que antecede, mas siempre dentro del límite que la ley prevé por principio de congruencia", escribió en lo decidido el Juez del TOC 2 que intervino de manera unipersonal en este proceso. Y Gallicchio agregó en lo resuelto: "Entiendo que no se desprenden elementos de actuación que permitan arribar a la conclusión de que Huamán haya detentado las sustancias incautadas con fines de comercialización". Específicamente, cincuenta gramos de cocaína que le fueron secuestrados a poco de haber llegado a Tapalqué en un micro proveniente de la Capital Federal, en el marco de un procedimiento desarrollado por personal policial en junio de 2023.

"En el caso concreto, importa destacar aquí que frente a que se encuentra probada la tenencia de cierta cantidad de sustancia estupefaciente y considerando que no se puede salir del estado de duda respecto del destino del material secuestrado, en aplicación del principio 'in dubio pro reo', debe tenerse por cierto que efectivamente la tenía en su poder, como ha quedado debidamente demostrado, mas no puede predicarse de ello una ultrafinalidad de comercialización que no se deriva en forma lógica de ningún indicio o elemento de la causa", concluyó el magistrado azuleño.

"En la tarea investigativa -señaló también el juez Gallicchio en el fallo- no han surgido elementos objetivos que hagan inferir la comercialización de la sustancia, debiendo subsumirse la conducta en la figura básica de tenencia simple de estupefacientes".

De esa manera el magistrado del TOC 2, cambio de calificación penal mediante al delito por el que se pronunció a favor de condenar a Huamán Sánchez, le impuso una pena de "dos años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo", sanción que ese hombre continúa cumpliendo bajo la modalidad de arresto domiciliario.

Aprehendido al llegar a Tapalqué

El 15 de junio de 2023 Richard Eric Huamán Sánchez resultó aprehendido no bien llegó a esa vecina ciudad, proveniente de la Capital Federal, en un micro de pasajeros.

A esa medida la concretaron efectivos de seguridad poco antes de la hora 20 de aquel día, en momentos que agentes de la Estación de Policía Comunal de Tapalqué realizaban un operativo preventivo de delitos en la zona de la Terminal de Ómnibus, que está situada en Avenida 9 de Julio y calle San Lorenzo.

Todo comenzó cuando los policías quisieron identificar al encausado, no bien descendió de ese micro que lo había dejado en la vecina ciudad y en el que viajó desde CABA.

En esas circunstancias, Huamán Sánchez se dio a la fuga junto con otro varón que lo estaba esperando en una moto. Un vehículo del tipo "enduro" color blanco, se menciona en el fallo.

Pero luego de una persecución el ciudadano de nacionalidad peruana pudo ser arrestado por los policías que intervinieron en aquel procedimiento, medida que se concretó en el cruce de las calles San Lorenzo y Máximo Gómez.

Al mismo tiempo, el conductor de la motocicleta también fue demorado, después de que el vehículo con el que fue a buscar a Huamán Sánchez a la Terminal evidenciara un desperfecto.

Ese varón, a diferencia del condenado en este proceso abreviado, luego no quedó privado de su libertad.

La aprehensión de Huamán Sánchez por esta infracción a la Ley 23.737 se materializó después de ser revisadas sus pertenencias.

Al respecto, en el fallo se señala que "detentaba ilegítimamente bajo su guarda y disposición sustancia estupefaciente, oculta en una caja de plástico de color negra que se encontraba dentro de una mochila, también del mismo color".

La droga secuestrada en su poder fue cocaína. Y al momento del pesaje se constató que el encausado había viajado a Tapalqué llevando cincuenta gramos de ese tipo de sustancia, la cual estaba en un "envoltorio de nylon transparente".

Además de la droga, cuando resultó arrestado se recogieron en poder del encausado dinero en efectivo, un billete falso de cien dólares y su teléfono celular.

De fundamental relevancia para hallar la cocaína en la mochila que llevaba ese hombre fue la labor de un perro especialmente entrenado para detectar estupefacientes, el cual desde la Estación de Policía Comunal de Tapalqué se utiliza habitualmente en los procedimientos antidrogas.

En el marco de la instrucción de esta causa penal, una vez indagado a tenor de lo que establece el artículo 308 del CPP el condenado en este juicio abreviado declaró. Según afirmó, él no se dedicaba a comercializar estupefacientes y dijo que esos cincuenta gramos de cocaína los había traído a Tapalqué para consumir con conocidos suyos a los que había viajado a visitar a esa ciudad, distante a poco más de 40 kilómetros de Azul.

Para cuando en julio de 2023 Juan José Suárez, el Juez de Garantías que intervino durante la instrucción de esta causa, convirtió a la detención de Huamán Sánchez en prisión preventiva en una primera instancia, el condenado en este juicio abreviado estaba preso en la Unidad 2 de Sierra Chica.

Por esta infracción a la Ley 23.737, en aquel entonces se le imputaba al ciudadano peruano un delito más grave en comparación con el de "tenencia ilegítima de estupefacientes". El ilícito que días atrás derivó en que fuera sentenciado a esos ya referidos dos años y medio de prisión a cumplir.

El dato

La "ausencia de antecedentes penales" hasta el momento del ciudadano peruano condenado en este juicio abreviado fue valorada como una circunstancia atenuante para ese hombre. Y como una agravante potenciadora de la pena que le dictó, el juez Gallicchio hizo alusión en lo resuelto a "la cantidad de clorhidrato de cocaína secuestrada" en poder de Huamán Sánchez cuando resultó aprehendido en cercanías de la Terminal de Tapalqué. Una situación -escribió el magistrado del TOC 2 en el fallo- que "me permite inferir un mayor grado de reprochabilidad en la conducta del imputado, por verse incrementado el riesgo para la salud pública".

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