28 de noviembre de 2025

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO. Condenas a tres años de prisión en suspenso

Las sanciones se las dictó un juez a dos jóvenes que, en septiembre de 2023, convirtieron en Villa Piazza Sur en víctima de un violento asalto a un menor de edad. Ambos encausados también recibieron esas penas por más ilícitos que habían cometido.

Por un robo a un adolescente y por más delitos dos azuleños firmaron un juicio abreviado y terminaron siendo condenados a respectivas penas de tres años de ejecución condicional.

Voceros judiciales informaron que lo resuelto en esta primera instancia había surgido de un proceso tramitado semanas atrás ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 que tiene su asiento en el Palacio de Justicia local.

En el fallo de ese juicio abreviado los encausados fueron identificados como Javier Adrián Luchi -de 21 años de edad, "alambrador" de ocupación y con domicilio actual en Chillar- y Tomás Alfredo Gorosito (22), "empleado de un desarmadero de autos".

La causa principal que los tiene todavía a ambos jóvenes como imputados derivó en que Martín Céspedes -el juez del TOC 1 que intervino en este proceso- los declarara responsables de un robo calificado en poblado y en banda y por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada.

En el fallo se menciona que ese hecho se remonta a lo sucedido el 14 de septiembre de 2023, "aproximadamente entre las 20 y las 21:15 horas".

Aquel día Luchi y Gorosito "citaron mediante Telegram, con el pretexto de realizar una compraventa de estupefacientes", al menor de edad que resultó víctima de lo ocurrido.

En un principio Gorosito se encontró con el chico en las calles Malvinas y Guaminí, en Villa Piazza Sur de esta ciudad. Y le dijo falsamente que no había acordado "transacción" alguna de estupefacientes instantes antes con él.

Una vez que uno de los jóvenes que resultó condenado en este proceso abreviado se retiró, el adolescente fue interceptado en Guaminí y las vías por Luchi.

Tras preguntarle si se acordaba de él, le exhibió "un arma de fuego tipo revólver, cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada", y le apuntó al pecho.

Después, lo golpeó con el arma en sus manos y muñecas, cuando el menor "intentaba cubrirse de la agresión". Y también le dio una patada en las costillas.

En esas circunstancias -"de manera coactiva", escribió el juez Céspedes en lo resuelto- Luchi le expresó: "Te doy dos días para que me devuelvas la plata", al reclamarle por 18.000 pesos que ese adolescente "le había retenido".

El agresor intentó también sustraerle el teléfono y el chico se resistió a que se lo arrebatara; aunque su atacante se lo rompió.

Instantes más tarde nuevamente Gorosito se hizo presente donde uno de los ahora condenados y el adolescente estaban. Y "junto a un grupo de cuatro o cinco sujetos aún no individualizados", actuando todos ellos "en connivencia" le robaron la bicicleta al menor.

Más delitos

Esas respectivas penas de tres años de prisión en suspenso que Javier Adrián Luchi y Tomás Alfredo Gorosito recibieron en este juicio abreviado implicaron que, junto con el referido robo, fueran condenados por más delitos.

En el caso del primero de los encausados, también fue declarado autor de dos ilícitos más: falsa denuncia y falso testimonio agravado.

Ambas situaciones se relacionan con lo sucedido durante el robo al menor ese ya mencionado 14 de septiembre de 2023.

En lo resuelto se indica que poco antes de la medianoche de aquel día Luchi se hizo presente en la Seccional Primera local y "denunció falsamente" que había sufrido un robo, acusando a otro varón de haberle sustraído esa suma ya referida de 18.000 pesos que le reclamara al menor cuando horas antes, junto con Gorosito y más sujetos, le terminaron robando su bicicleta en Guaminí y las vías.

Aquellos "dichos falsos", días más tarde, Luchi los "ratificó" cuando en el marco de la causa penal que se iniciara -tras la denuncia que formuló y no era cierta- se llevaba adelante desde una de las fiscalías con sede en el Palacio de Justicia local y le fuera tomada por videollamada una declaración testimonial.

En el caso de Tomás Alfredo Gorosito, a través de causas acumuladas tratadas en este juicio abreviado fue condenado también por los delitos de desobediencia y violación de domicilio.

Según quedó probado, ambos ilícitos los había cometido el 30 de noviembre del año pasado.

Fue cuando, en horas de la noche de aquel día, policías ingresaron en la casa de Azul donde vive, contando con una orden para realizar un allanamiento.

En esas circunstancias Gorosito "desobedeció la orden impartida por los funcionarios policiales", quienes tanto a él como a otro varón que lo acompañaba le habían dado "la voz de alto".

De esa manera, los dos "se dieron a la fuga" de la casa donde se realizaba la diligencia "escalando paredones hacia los domicilios linderos".

Tanto el ahora condenado en este proceso como el otro varón, finalmente, pudieron ser aprehendidos por el personal policial, luego de que habían ingresado a viviendas -cercanas a la casa donde se realizó el allanamiento- "sin el consentimiento de sus moradores, quienes tenían derecho a excluirlos", se describe en lo resuelto.

Teniendo en cuenta que las penas que recibieron fueron de prisión en suspenso, una vez que este fallo quede firme Gorosito y Luchi tendrán que cumplir, también por el plazo de tres años, con diferentes obligaciones para que no les sean revocadas las condicionalidades de dichas sanciones.

Esas pautas de conducta implican que tienen que "fijar residencia, someterse al cuidado del Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires, evitar abusar de bebidas alcohólicas y/o estupefacientes, no cometer nuevos delitos" y "no acercarse ni mantener contacto" con el menor que sufriera el robo por el que ambos resultaron condenados en este proceso.

Contando también con lo acordado, para Gorosito y Luchi se valoró una circunstancia de tipo atenuante: que no registran hasta el momento antecedentes penales computables.


El dato

El fiscal Adrián Peiretti representó a la Acusación en el juicio abreviado; mientras que uno de los encausados estuvo patrocinado por el defensor Oficial Diego Prado y el otro por el abogado Germán Vena. Las penas dictadas a ambos jóvenes fueron las mismas que las partes habían acordado.

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