UNO EN LA JUSTICIA ORDINARIA Y OTRO EN LA FEDERAL

UNO EN LA JUSTICIA ORDINARIA Y OTRO EN LA FEDERAL

Dos fallos "de avanzada" en materia de violencia económica por casos de violencia de género

A un barrendero condenado por agredir a su ex pareja le fue impuesta, como una novedosa pauta de conducta, la obligación de iniciar los trámites para pagar la cuota alimentaria de la hija que tiene con la víctima. En el otro caso, además de otorgarle el arresto domiciliario a una mujer imputada en una causa por drogas, se ordenó que el padre de las hijas que la investigada tiene asuma los deberes de asistencia familiar para ambas menores que desde hace tiempo viene incumpliendo. "Estamos teniendo una performance judicial de avanzada y señera con relación a la violencia económica en contextos de violencia de género en Azul", sostuvo sobre ambas decisiones la abogada Moira Goldenhörn.

13 de mayo de 2024

Por Fabián Sotes

De la Redacción de EL TIEMPO

En una de las tantas causas por violencia de género que mes a mes se tramitan ante las dependencias con asiento los tribunales de Azul, un juez condena a un barrendero oriundo de la provincia de Corrientes.

Radicado en esta ciudad y de 33 años, por los hechos que ese hombre cometió en perjuicio de quien fuera su pareja, el magistrado -contando con lo convenido entre las partes que intervinieron en un juicio abreviado- le impone un año de prisión en suspenso.

Según da por probado el Juez Correccional, años atrás el encausado -en el marco de uno de los episodios que protagonizó- amenazó a su por entonces pareja mientras en sus manos "sostenía una pistola de aire comprimido".

Durante aquella intimidación el agresor tira "hacia atrás la corredera" de la pistola "de gas comprimido" que empuña. Y a la madre de su hija le advierte, a pesar de que la pistola "tiene el seguro puesto" y "no está cargada", que él posee "las catorce balas ahí guardadas"; ante la latente posibilidad de tener que utilizarla contra un hermano de la víctima de este caso.

En ese mismo contexto de violencia machista, meses más tarde el hombre condenado en este juicio abreviado vuelve a desarrollar un agresivo accionar contra ella. Y en el departamento de un barrio de Azul donde todavía ambos conviven con la hija que tienen, agrede a la mujer.

Primero le da una cachetada y, después, un golpe de puño que le provocan a la víctima lesiones que terminan siendo consideradas como leves.

Tal como ocurre cada vez que una persona es condenada a una pena de prisión en suspenso, el veredicto para el barrendero incluye la imposición de una serie de pautas de conducta, las cuales ahora debe acatar para que no le sea revocada la condicionalidad de la sanción que el Juez le dicta por las dos causas penales tratadas en este proceso abreviado.

Además de las habituales, en el fallo Héctor Torrens -el titular del Juzgado Correccional 2- le impone una obligación más que podría considerarse como novedosa. Saludablemente novedosa.

De esa manera, obliga al barrendero a que inicie los trámites para comenzar a cumplir con la cuota alimentaria para la hija que tiene con la mujer a la que agrediera. Y también ese hombre, entre más pautas impuestas, ahora tiene que realizar "un curso de masculinidades que ejercen violencia"; "iniciar y mantener un tratamiento sobre adicciones y consumos problemáticos" y "abstenerse de generar nuevos conflictos con la víctima".

"Efectuar las presentaciones necesarias y conducentes ante el Fuero de Familia para dar cumplimiento a la cuota alimentaria de la hija que tiene en común con la víctima; bajo apercibimiento -en caso de quebrantamiento- de no computar el plazo de supervisión transcurrido y, eventualmente, revocar la condicionalidad de la pena y ordenar su cumplimiento efectivo en establecimiento estatal", ordena y advierte al encausado el Juez en lo resuelto sobre la referida cuestión.

Se trata de "una cuota alimentaria mínima y provisoria por 60 días" destinada a solventar la manutención de esa menor que el agresor posee con la víctima. Algo con lo que tiene que cumplir, puede leerse en lo resuelto, "hasta que avance el procedimiento correspondiente en el Fuero de Familia".

Sobre lo resuelto en este caso en particular, el titular del Juzgado Correccional 2 también señala: "No encuentro objeción alguna para que tal pedido pase a tramitar por vía de incidente, en la medida que ello no afecta de ningún modo la resolución de la causa a través del juicio abreviado y posibilita su consideración específica con el aporte de información adicional necesaria que se solicitará oportunamente y con la intervención de la Asesoría de Menores, siendo en ese ámbito procedimental donde se decidirá tal planteo".

Un juez Federal

En un fallo reciente Gabriel Di Giulio, el titular del Juzgado Federal número 1 con sede en Azul, hace lugar a que una mujer investigada en una causa penal por una infracción a la ley de estupefacientes pueda comenzar a gozar de arresto domiciliario.

El beneficio para la imputada, entre otras cuestiones, apunta a que vuelva a tener contacto con sus dos hijas en edad escolar, teniendo en cuenta lo que -según se refiere en lo resuelto- parece ser la completa ausencia desde hace años del padre biológico en la atención de esas menores.

Pero también el magistrado, introduciendo lo que podría considerarse un concepto de avanzada y novedoso en busca de erradicar la violencia económica que sufren las mujeres, hace lugar a un planteo para que ese padre evidentemente ausente se encargue, al menos por dos meses, de proveer la cuota alimentaria para ambas nenas, comunicando lo decidido al Juzgado de Familia y a la Asesoría de Menores e Incapaces de la justicia provincial.

El origen de lo resuelto sobre esa cuestión de índole familiar por el titular del Juzgado Federal 1 radica en denuncias que formulara tiempo atrás esa mujer a la que le otorgara el arresto domiciliario.

Por medio de dichas presentaciones, la imputada por esta infracción a la Ley 23.737 había accionado contra al padre de sus hijas, una de las cuales tiene ocho años y la otra nueve. Y esa mujer sostenía también en las denuncias que hizo que siempre fue la única que estuvo a cargo de las nenas y que jamás recibió apoyo económico del padre de ambas menores. Un hombre al que, además, lo señaló como victimario de violencia de género para con ella.

Esas presentaciones, que datan de años atrás, implicaron que el padre de las nenas no compareciera en sede judicial cuando fue citado, ya que ni siquiera pudo ser ubicado, más allá de que se sabe que vive en una ciudad cercana a Azul.

Tampoco la mujer que ahora cumple arresto domiciliario había podido encontrar una solución a su reclamo cuando, en una segunda ocasión, presentara otra demanda por alimentos contra los padres de su ex pareja.

La conducta evidenciada por ese hombre hasta el momento, concluyó el juez Di Giulio, continúa siendo demostrativa de "desaprensión y desinterés por los deberes parentales y por el bienestar de las niñas". Y agregó en lo resuelto: "La sustracción a los deberes alimentarios constituye una forma de violencia familiar y de género que impacta de modo inconmensurable en las infancias y adolescencias", teniendo en cuenta lo referido en la Convención Sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir y Erradicar la violencia contra la Mujer (Convención Belem do Pará) y la Convención sobre los Derechos del Niño. Acuerdos todos a los que Argentina ha adherido.

"A ello se debe añadir que la omisión del progenitor de brindar alimentos a sus hijas podría configurar el delito de 'Incumplimiento de los Deberes de

Asistencia Familiar'", puede leerse en un párrafo de lo resuelto.

"El interés superior de las niñas reclama medidas efectivas y positivas tendientes a obtener una prestación alimentaria de parte de su progenitor", sostuvo también el Juez Federal azuleño.

Además, el magistrado fundamentó lo decidido -más allá de que disponer una cuota alimentaria no forma parte de su competencia- en que en este caso en particular es evidente que se encuentra "configurada una situación de violencia económica" y que se está en presencia de la "vulnerabilidad de las niñas".

"De avanzada"

La abogada Moira Goldenhörn, quien interviene como patrocinante de la Particular Damnificada del caso que derivara en la condena de ejecución condicional para el barrendero, destacó los contenidos de ambas resoluciones.

Específicamente, en lo que tienen que ver con esas cuestiones atinentes a las respectivas imposiciones de "cuotas alimentarias en contextos de violencia de género visibilizando la violencia económica como raíz de otras violencias y que, como tal, subyace invisible al sistema judicial", expresó en un contacto con EL TIEMPO.

"Lo notable es que en Azul, en menos de un mes, surgen dos fallos novedosos y reparadores: uno en el ámbito federal penal y otro en el provincial ordinario. Ambos, con criterios tan amplios que en uno de los casos el rol de la mujer es de imputada; mientras que en el otro aparece como víctima y denunciante de delitos mediados por la violencia de género".

"Estamos teniendo una performance judicial de avanzada y señera con relación a la violencia económica en contextos de violencia de género en Azul, fallando en el fuero penal sobre la fijación de la cuota alimentaria, o con la posibilidad de hacerlo mediante un incidente en el mismo expediente penal. Tanto desde la justicia federal como desde la provincial, al admitir en ambos casos trámites para resolver ese tema".

"Son fallos -sostuvo- que se dieron en un lapso de menos de un mes y con los cuales estamos abriendo un camino muy necesario en lo que continúa siendo la lucha contra la violencia de género".

"Lo novedoso es que en ninguno de los casos la cuestión económica era objeto principal de esos procesos. En lo resuelto en el Juzgado Federal por el Dr. Di Giulio, como la mujer está sometida a una causa penal y ahora privada de la libertad en su casa, se decide establecer preventivamente esta cuota alimentaria para su ex pareja. Y en el otro, por decisión del Dr. Torrens, a través de ese juicio abreviado que implicó la imposición de una condena de cumplimiento condicional para el agresor, se tuvo en cuenta también que a la mujer víctima se le resolviera ese otro tema vinculado con el reclamo por la cuota alimentaria para su hija en común con ese hombre, logrando evitarse para ella con lo decidido que tenga que reiterar otro ciclo de violencia por parte de quien ya la convirtió en su víctima tiempo atrás".

"Entiendo que poner a funcionar todos los resortes del sistema judicial que deben proteger a las víctimas es crucial al momento de tener que reclamarle al padre de su hija para que cumpla con sus deberes de asistencia familiar, porque la cuota alimentaria es un derecho humano básico para niños, niñas y adolescentes", indicó la abogada.

"Lo decidido por el Juez Correccional puede interpretarse también como una medida preventiva y de reparación para la víctima, ya que ese magistrado entendió perfectamente, con perspectiva de género, que hay que prevenir nuevos hechos de violencia, tal como implican las mandas constitucionales y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Y así, decide resolver con relación a la cuota alimentaria, al fijarle también a ese hombre que condenó, como una pauta de conducta más, las instancias necesarias para garantizar el pago de una cuota alimentaria para su propia hija".


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