1 de septiembre de 2013

La planta de la ex Curtiembre Piazza permanece con custodia, cerrada y sin un destino cierto por el momento. ARCHIVO/EL TIEMPO
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial nro. 4, Sala II, rechazó el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad de Azul con el objetivo de desestimar el fallo que adjudicó a un empresario local que se presentó en la licitación pública la compra del predio perteneciente a la ex Curtiembre Piazza. El municipio tiene unos días más para apelar esta sentencia en una instancia superior. La contadora Raquel Weisburd informó sobre los alcances de esta medida judicial.
LICITACIÓN PÚBLICA
Curtiembre Piazza: fue rechazado el recurso que interpuso el municipio ante el fallo que adjudicó la planta a un empresario
En diciembre de 2012 se abrieron los sobres para la venta del predio que ocupaba la fábrica en Villa Piazza y resultó adjudicado un empresario de Azul, superando la oferta del municipio en sólo mil pesos. La comuna apeló este fallo esgrimiendo esta razón y el hecho de que el predio haya sido declarado de interés municipal. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial N° 4 no dio lugar al pedido.

"Después de la resolución del juez en primera instancia, la Municipalidad recurrió a la Cámara, donde se rechazó el pedido para que se convocara a una puja de ofertas", explicó a este diario la contadora Raquel Weisburd. NACHO CORREA
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial N° 4, Sala II, rechazó el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad de Azul con el objetivo de desestimar el fallo que adjudicó a un empresario local que se presentó en la licitación pública la compra del predio perteneciente a la ex Curtiembre Piazza.
El municipio interpuso este recurso a los efectos de solicitar que se convoque a una mejora de ofertas o a una puja, fundando este pedido, entre otros motivos, en la escasa diferencia que hubo entre la oferta comunal y la del señor Matías Niemela, quien resultó adjudicado.
En el mes de diciembre de 2012 se abrieron los sobres de la licitación y la propuesta municipal ascendió a 3.525.000 pesos (la base con que salió a la venta el inmueble en la licitación), presentándose otro interesado por una suma apenas superior (3.526.000 pesos).
Por la poca diferencia del precio ofertado y considerarla como una adquisición que había sido declarada por el Concejo Deliberante como de "interés municipal" el Ejecutivo interpuso un recurso de apelación a partir del fallo en primera instancia que adjudicó al empresario azuleño el predio en cuestión.
El juez en primera instancia, Dr. Jorge Raúl Cataldi, resolvió adjudicar el inmueble al empresario que ofreció el precio más alto.
Se basó en que el pliego de la licitación previó que la adjudicación del bien debía recaer sobre la oferta más alta.
El juez consideró además que "la circunstancia de haber poca diferencia entre las ofertas no da derecho a ninguno de los oferentes a pretender una puja entre los mismos, pues ello solo está previsto en el pliego de bases y condiciones en caso de empate de las ofertas".
Ahora una instancia superior dejó firme este fallo y declaró el recurso del municipio como improdecente.
De cualquier forma, no está dicha la última palabra debido a que la Municipalidad de Azul si continúa interesada en esta compra tiene hasta el próximo viernes para volver a apelar la medida dispuesta por la Cámara ante una instancia superior.
Hay que esperar entonces y ver si el municipio interpondrá un nuevo recurso o bien el empresario que resultó adjudicatario de la licitación podrá tomar posesión del inmueble.
"En dos oportunidades desistieron de presentarse"
La síndico y administradora de la causa, contadora Raquel Weisburd, explicó a este diario que "después de la resolución del juez en primera instancia, la Municipalidad recurrió a la Cámara, donde se rechazó el pedido para que se convocara a una puja de ofertas".
Al respecto, agregó que "lo que ellos solicitaban a través de la Cámara era que se abriera una nueva licitación para hacer una puja de ofertas. Uno de los argumentos que esgrimieron fue que querían la puja para mejorar la oferta y además porque el predio fue declarado de interés municipal".
Recordó asimismo que pese a esta declaración "en dos oportunidades desistieron de presentarse. Siempre salió por licitación pública, cuando ellos querían comprar los dos bienes, pidieron una compra directa y que se llame a mejorar oferta, ahí fue cuando compraron la planta de efluentes, y desistieron de la planta de la curtiembre. Eso fue por el mes de mayo de 2012".
La Municipalidad también esgrimió como fundamento en la apelación que compraron el inmueble lindero al que se pretende adquirir y que, en conjunto, permitirían desarrollar proyectos concretos en beneficio de la comunidad, esta cuestión no fue tomada en cuenta en esta instancia judicial.
Hasta el momento no se ha realizado absolutamente nada en esos terrenos que adquirió el municipio hace un año.
A mediados de 2012 salió una licitación en el marco de esta misma causa de quiebra, se presentó la Municipalidad de Azul ofreciendo comprar este predio en 4.700.000 pesos y solicitó se efectúe un llamado público para mejorar esa oferta. Esta petición fue admitida, pero más tarde desistió del ofrecimiento de compra debido a razones económicas, y por ellos se frustró el trámite iniciado a su pedido, ya que no hubo ninguna oferta.
Por ello y ante la nueva situación presentada se procedió a ordenar la venta pública convocándose a una licitación.
"Los más desesperados son los acreedores laborales"
Weisburd explicó también que "la Cámara entendió que si se hubiese tratado de una cooperativa de trabajo que pusiera a funcionar la planta se podría evaluar la posibilidad de una nueva licitación".
A propósito de esto, hay que mencionar que la posibilidad de que este predio se convierta en una emprendimiento productivo es casi nula.
"Durante la gestión de Duclós se impulsó que este lugar fuera categorizado por ordenanza como una zona donde no se pueda radicar un fábrica que pueda contaminar el ambiente como sería una curtiembre", dijo Weisburd.
Sobre la situación actual, la contadora aseguró que "el municipio tendrá la posibilidad de una nueva apelación ante una instancia superior. Mientras tanto la planta sigue parada, y el empresario que resultó adjudicatario no puede tomar posesión del inmueble ni está obligado a depositar el dinero".
Así planteadas las cosas, los acreedores laborales, los proveedores y la misma administradora de la causa siguen sin cobrar lo que les corresponde.
"Los acreedores laborales cobraron un porcentaje en tres oportunidad diferentes a partir de la venta de maquinarias y de la venta de los terrenos que compró la Municipalidad. Han cobrado un 23 por ciento del crédito que tienen a su favor", informó Weisburd.
Precisó además que "los más desesperados son los ex trabajadores, incluso muchos ya han fallecido. Debe haber por los menos 12 ó 15 fallecidos".
El predio en cuestión se mantiene mientras tanto con una custodia y hay que esperar si el municipio vuelve a apelar, en este caso el fallo de la Cámara. Tienen tiempo hasta el viernes al mediodía.
LA SENTENCIA DE LA CÁMARA
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial con las firmas de los doctores Mario Peralta Reyes, María Inés Longobardi y Jorge María Galdós, consideró en la sentencia que en una oportunidad previa a esta licitación la Municipalidad de Azul desistió de presentarse, que la venta por licitación pública significa acatar las condiciones de venta fijadas en el pliego y el pliego establece que la adjudicación del inmueble debe efectuarse al oferente que hizo la mejor propuesta, y que la escasa diferencia entre las ofertas no habilita, por sí misma, dejar de lado el procedimiento cumplido.
A su vez, se aclara que la ley 26.684 prevé un supuesto de adjudicación que permite apartarse de la oferta más alta, pero que no es aplicable en este caso porque no interviene ninguna cooperativa de trabajo ni existe ningún proyecto productivo.
En relación a los argumentos planteados en la apelación de la comuna, la Cámara sostiene que la poca diferencia de precio "no da lugar a pretender una mejora de ofertas; el pliego sólo admite la puja de ofertas en caso de empate"; y por otro lado que "la ordenanza municipal que declara de interés la compra no confiere ningún derecho a realizar otra puja de ofertas".
A la Presidencia del legislativo local se elevó un informe por parte de la concejal representante del Concejo Deliberante en el EMTUR (Ente Mixto de Turismo). La edil Natalia Colomé, de esa manera, dio cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza N° 5286 del 2026.
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