SU ABOGADO PRESENTÓ UN HABEAS CORPUS

SU ABOGADO PRESENTÓ UN HABEAS CORPUS

Había sido detenido para cumplir una condena por abigeato, pero dos días después recuperó la libertad

La decisión fue ordenada desde la Cámara Penal. Obedeció a que el fallo por el que un rauchense resultara condenado en un Tribunal local, durante un juicio llevado a cabo en agosto de 2018, todavía no adquirió rango de firmeza. Al respecto, la Suprema Corte tiene que resolver un "recurso de queja por apelación denegada" que el Defensor Particular del encausado había formulado tiempo atrás.

9 de agosto de 2020

Un habeas corpus presentado ante la Cámara Penal se tradujo en que recuperara la libertad un hombre que había sido detenido a fines del mes pasado para comenzar a cumplir con una condena por un caso de abigeato que, juicio mediante en un Tribunal azuleño, un juez le había dictado en agosto de 2018.

De la mano de lo dispuesto por el máximo Tribunal de Alzada departamental, la decisión implicó que el hombre que había sido condenado en primera instancia hace dos años recuperara la libertad el pasado 31 de julio, luego de que resultara detenido dos días antes.

Aquella medida cautelar que terminó siendo revocada había sido ordenada por Joaquín Duba, magistrado perteneciente al Tribunal Oral en lo Criminal número 1 con asiento en el Palacio de Justicia local.

Ese juez, en un debate realizado en agosto de 2018, había condenado al encausado a una pena de prisión de cuatro años y seis meses. Y también, a pagar una multa por el doble del valor que tenían los vacunos que -según lo que quedara probado- había sustraído y vendido en beneficio propio cuando los hechos materia de investigación se registraron en un campo del Partido de Azul.

En ese establecimiento rural el hombre -que fuera detenido el pasado 29 de julio y dos días más tarde recuperó la libertad- trabajaba como encargado para cuando este caso de abigeato se produjo, entre los días 8 y 30 de agosto de 2012.

Identificado como Juan Cruz Oyhanart, oriundo de Rauch y de 38 años, en un principio se había informado que la condena para él estaba firme, situación por la cual el magistrado que se la dictara en aquel debate -cuyo fallo se anunció el 22 de agosto de 2018- ordenó, a fines del mes pasado, su detención para que comenzara a cumplirla.

Habeas corpus y liberación

Emanuel Barrionuevo, abogado de Oyhanart, no bien detenido su cliente -durante un procedimiento llevado a cabo por policías del CPR Azul en un establecimiento rural donde el imputado se domicilia- presentó ante la Cámara Penal ese habeas corpus que el pasado 31 de julio derivó en que su defendido fuera liberado.

Según sostenía, la orden de detención para el rauchense al que patrocina como Defensor Particular era "arbitraria e ilegal".

Básicamente, porque en realidad aquel fallo que había derivado en la condena en primera instancia para su cliente no adquirió todavía rango de firmeza, ya que aún tiene que resolverse desde la Suprema Corte provincial un "recurso de queja por apelación denegada" que Barrionuevo formulara a favor de su representado.

En ese contexto, el abogado afirmaba en ese habeas corpus que presentó ante la Cámara Penal que su cliente "no puede ser tratado como culpable hasta que no adquiera firmeza la sentencia judicial que lo condena", se mencionó en el fallo firmado por Damián Cini y Carlos Pagliere (h), a través del cual Oyhanart recuperó la libertad durante el último día del mes anterior.

"En el caso que nos ocupa se observa que la sentencia dictada por el Tribunal Criminal N° 1 de Azul, mediante la cual se condenó a Juan Cruz Oyhanart a la pena de cuatro años y seis meses de prisión y multa de noventa y tres mil quinientos cincuenta y cinco pesos con cuarenta centavos ($ 93.555,40) por resultar autor penalmente responsables del delito de abigeato agravado por tratarse de la única persona encargada del manejo, cuidado y cría del ganado, fue oportunamente recurrida ante el Tribunal de Casación Penal Provincial, quien rechazó el recurso interpuesto", escribió el camarista Damián Cini en el fallo.

"Por otra parte, con fecha 05/03/2020 la Sala I del mencionado órgano jurisdiccional declaró inadmisibles los recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley e inconstitucionalidad interpuestos por la Defensa, pronunciamiento contra el cual fue deducida queja ante la Excelentísima Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, encontrándose actualmente en trámite", agregó el actual presidente del máximo Tribunal de Alzada departamental.

"Ante lo expuesto, fácilmente se observa que la sentencia dictada no sólo no se encuentra firme, sino que tampoco se halla en condiciones de ser ejecutada; máxime cuando la detención se produjo con la sola remisión del incidente de Casación", concluyó el juez Cini para pronunciarse a favor de revocar la medida de coerción para el todavía encausado.

EL DATO

Durante esos dos días en los que Juan Cruz Oyhanart permaneció privado de la libertad estuvo detenido en la sede de la Seccional Primera local de Policía.

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