POR UN CONFLICTO VECINAL

POR UN CONFLICTO VECINAL

Incautaron una carabina durante un allanamiento

El procedimiento fue realizado el sábado por la Policía en una vivienda situada en Parque Pinasco. Lo ordenó una jueza de Garantías, un día después a que un hombre denunciara que su vecino lo amenazó con el arma de fuego. Ese hecho había ocurrido en el marco de una disputa de larga data que ambos mantienen. Además, la magistrada que entiende en la causa dictó una prohibición de acercamiento mutua para los dos protagonistas de esta situación.

1 de junio de 2020

Un conflicto de larga data que tiene como protagonistas a dos vecinos radicados en el barrio Parque Pinasco de esta ciudad derivó ayer en que fuera allanado el domicilio de uno de los involucrados en esta situación.

En ese procedimiento, informaron voceros policiales, se halló e incautó un arma de fuego. Concretamente, una carabina que -según lo que denunciara uno de esos vecinos- el hombre al que se la secuestraron habría utilizado para amenazarlo, durante un incidente ocurrido el viernes que pasó.

Desde la UFI 6, la Fiscalía que en Tribunales está a cargo de Karina Gennuso, se está sustanciando una causa penal por este conflicto entre los vecinos de Parque Pinasco.

Ese sumario está caratulado como amenazas agravadas y lo tiene como denunciante a un azuleño de 46 años de edad, a quien voceros policiales y judiciales identificaron como Eugenio Agustín Pinasco.

Un hombre de nacionalidad italiana domiciliado en la vivienda contigua a la de Pinasco figura como el denunciado en esta causa penal. De 74 años, fuentes allegadas a la investigación penal que se está llevando adelante lo identificaron como Salvador Fiorenza.

Contando con una orden dispuesta por Magdalena Forbes -la titular del Juzgado de Garantías número 1 con sede en el Palacio de Justicia local- se llevó a cabo ayer el allanamiento en su vivienda, ubicada sobre la calle Colón del ya mencionado complejo habitacional.

Efectivos del Destacamento Balneario realizaron el procedimiento que finalizó con el hallazgo y posterior secuestro de una carabina calibre 22 y dos cartuchos "intactos" de ese mismo calibre, "con proyectil ojival punta hueca".

Durante el allanamiento Fiorenza fue notificado por los policías de la formación de ese sumario penal donde figura denunciado por su vecino.

Un conflicto de larga data

En la orden que ayer dispuso la realización del procedimiento donde se secuestró la carabina se menciona que el hecho materia de esta investigación penal se produjo durante la tarde del viernes que pasó.

Teniendo en cuenta lo referido en sede policial por Pinasco, ocurrió alrededor de las 17 horas de anteayer, cuando él se encontraba en su casa "realizando tareas de jardinería y quemando hojas de árboles que había juntado, próximo al tejido perimetral que separa su finca de la de su vecino Salvador Fiorenza, éste último se aproxima al alambrado, le saca fotos y se retira", según se describe en la causa penal.

Instantes después -se indica también en las actuaciones- Fiorenza regresó portando "un arma de fuego larga" que, según se presume, sería la secuestrada ayer durante el allanamiento.

EL DATO

"Atento la materia que involucra la presente medida, y considerando que se ventila un caso que no reviste ribetes de violencia familiar ni de género, sino que se trata de una conflictiva vecinal, estimo conveniente la aplicación de soluciones alternativas al presente conflicto -mediación penal- en el marco de la Ley 13.433 que habilita al Ministerio Público Fiscal a implementar las mismas", escribió también en el fallo sobre este caso la Jueza de Garantías.

Pinasco afirmó en la denuncia que no pudo reconocer si su vecino portaba una escopeta o una carabina. Y señaló que, de acuerdo con lo que pudo observar el pasado viernes por la tarde cuando este incidente se produjo, el arma larga en cuestión tenía una culata de color madera.

La situación hizo que, al observar a Fiorenza portando el arma de fuego, él se retirara hacia el interior de su domicilio "por temor a una agresión".

Después, cuando concurrió al Destacamento Balneario para dar cuenta de este incidente, contó que con su vecino mantiene un conflicto que data desde hace tiempo y que, teniendo en cuenta lo que había sucedido anteayer, ahora temía "por su integridad".

Considerando lo que el propio Pinasco dijera con relación a esa disputa que mantiene con Fiorenza, la magistrada Forbes señaló en el fallo que "el hecho de incinerar hojas secas al costado de la medianera que separa ambas fincas bien podría comprenderse como una actitud hostil, incluso una provocación" por parte del denunciante. Esa acción de quemar hojas, además, "se encuentra prohibida en la zona residencial en que se emplazan las fincas en cuestión".

Prohibición de acercamiento

En la misma resolución que ayer dispuso que fuera allanada la casa del hombre denunciado un día antes por su vecino en el marco de ese conflicto existente entre ambos, la magistrada Magdalena Forbes dio lugar a otra de las solicitudes formuladas desde la Fiscalía donde se instruye esta causa penal.

Concretamente, la Jueza de Garantías se pronunció a favor de dictar una prohibición de acercamiento mutua a los dos vecinos involucrados en este conflicto.

"Preventiva y provisoriamente", al analizar las circunstancias de esta disputa entre ambos, la titular del Juzgado de Garantías 1 resolvió ayer imponerle de manera recíproca a Fiorenza y Pinasco "la prohibición de acercamiento y contacto por ningún medio".

Más allá de que las casas de ambos están situadas una al lado de la otra, la magistrada señaló en la resolución que la medida cautelar implica que dicha prohibición de contacto debe mantenerlos separados uno del otro "en un radio de cien metros a la redonda".

"Es menester señalar, con relación al radio en el que deberán cumplimentarse las medidas que aquí se disponen, que no escapa a conocimiento de la suscripta la cercanía existente entre los domicilios de las personas involucradas. No obstante ello, las restricciones impuestas se encuentran destinadas a evitar el contacto real y efectivo de los sujetos involucrados en esta pesquisa más que a impedir el acercamiento entre los mismos, circunstancia que, resulta válido presumir, podría ser factible de manera ocasional y en razón de la cercanía antes apuntada", aclaró la magistrada a cargo del Juzgado de Garantías 1.

"Para medir la magnitud del problema es necesario definir un período de referencia, el cual -atendiendo a las características de provisionalidad, excepcionalidad y proporcionalidad propias de toda medida de coerción- corresponde ser fijado por sesenta días", indicó la Jueza en otro tramo de lo dispuesto por este conflicto vecinal.

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