Política
A través de un proyecto de ley, el senador propone modificar una serie de artículos del Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios, con el objetivo de darles mayor poder a los municipios en las tareas de control y sanción. Además, eleva el límite de las multas desde los $500.000 actuales hasta $10 millones. "Es necesario empoderar a los municipios porque son el ámbito más cercano a la ciudadanía", explicó Durañona. El proyecto contó con la colaboración del diputado provincial de Juntos Por el Cambio Daniel Lipovetzky.
6 de abril de 2020
LO PRESENTÓ EL SENADOR PROVINCIAL FRANCISCO DURAÑONA
El senador provincial del Frente de Todos por la segunda sección electoral, Francisco Durañona, presentó un proyecto de ley para reformar la ley provincial 13.133 o Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios.
La iniciativa propone incorporar al cuerpo de la ley el artículo 1° bis, que tendría la siguiente redacción: "Las disposiciones de la presente ley serán aplicables, en cuanto sea pertinente, a las infracciones enmarcadas en la ley nacional de abastecimiento Nro. 20680, sus normas modificatorias y complementarias, facultándose a los municipios a la inspección, juzgamiento y sanción de las mismas."
La intención de esta modificación, explicó Durañona, es "poner a la Provincia y a los municipios a trabajar en el sentido que indicó el Presidente de la Nación, Alberto Fernández. Se trata de colaborar en el control de los precios máximos y también resolver de fondo, de manera práctica, concreta y operativa la aplicación de la Ley de Abastecimiento, aprovechando estructuras vigentes en cada una de los municipios de nuestra provincia".
En igual sentido, el ex intendente de San Antonio de Areco plantea la importancia de actualizar los montos de las multas contemplados en el artículo 73° de la normativa, aumentándolas desde los límites entre $100 y $500.000 que tienen actualmente hasta un rango que vaya desde los $10.000 a los $ 10 millones.
Finalmente, Durañona establece la necesidad de cambiar el artículo 77° de la ley 13.1333, que es aquel en el que se especifican las cuestiones que serán tenidas en cuenta al momento de implementar la aplicación y graduación de las sanciones previstas. Sobre el particular, el proyecto incorpora el inciso i), que adoptaría la siguiente forma: "En el contexto de situaciones de emergencia declarada por autoridad competente, la infracción a los regímenes de protección de los consumidores y de abastecimiento, en particular lo relativo a los acuerdos de precios y la violación de precios máximos que pudieran determinarse para situaciones de excepción, se considerarán faltas graves".
Al respecto, el autor del proyecto indicó que "se establece para situaciones excepcionales la calificación de falta grave a los fines de la determinación de la graduación de la sanción, en particular cuando la infracción recaiga sobre acuerdos de precios o precios máximos".
En los fundamentos del proyecto, Durañona reconstruye el vínculo entre el derecho del consumidor y el rol "fundamental y permanente" que debe tener el Estado, tanto en la instancia nacional como en la provincial y municipal -cada uno en el marco de sus competencias- en cuanto garante de condiciones de competencia justas y equitativas, interviniendo en los supuestos en los que los actores participantes no cumplieren con las reglas que imponen las normas regulatorias.
En la misma dirección, el legislador provincial indica que, sin menoscabar la consideración de la necesaria libre competencia y de mercados libres, competitivos y abiertos, es fundamental tener presente que en algunas circunstancias excepcionales se producen alteraciones en el normal desenvolvimiento de las fuerzas del mercado, y entonces los consumidores se encuentran más expuestos a abusos que en tiempos de normalidad.
Ante ese tipo de situaciones, se torna imprescindible otorgar a ciertas instancias públicas determinadas herramientas que posibiliten a la ciudadanía asegurarse la provisión de bienes y servicios en condiciones razonables, evitando el aprovechamiento y el oportunismo.
Ahora bien, para que esas políticas puedan llevarse adelante de manera eficaz, enfatiza el senador, es imperioso contar con la concurrencia y el fortalecimiento de los gobiernos locales (los municipios), que son los que funcionan como el ámbito más próximo a la ciudadanía, "jugando un papel central en el desarrollo armónico, económico y social, de nuestro país y nuestra provincia".
En cuanto a la oportunidad de realizar las modificaciones propuestas en el proyecto de ley, Durañona resalta que la Argentina y el mundo se encuentran transitando una circunstancia jamás vivida a partir de la epidemia del COVID-19, contexto en el cual se han tomado enorme cantidad de decisiones drásticas con el afán de proteger la salud de la población, a la par de posibilitar su acceso a bienes y servicios fundamentales para poder sostener las medidas de aislamiento social.
En ese sentido, en lo atinente al acceso al consumo se ha resuelto la fijación de precios máximos para determinada cantidad de productos, como así también se han acordado con un conjunto de empresas valores referenciales para otro grupo de artículos (Precios Cuidados).
Es en este contexto que el control del cumplimiento de esos acuerdos por parte de los proveedores -explica el senador- es un resorte de las autoridades de aplicación de la normativa de defensa del consumidor, entre las cuales se encuentran claramente incluidas las autoridades provinciales y municipales.
Para finalizar, vale subrayar que, si bien lleva la firma de Durañona, el proyecto fue elaborado en colaboración con el diputado provincial de Juntos por el Cambio, Daniel Lipovetzky.
En relación a la iniciativa, Lipovetzky explicó que "es necesario parar con los aumentos de precios abusivos en forma urgente", añadiendo que se trata de "un deber de todos, sin diferencias partidarias ni especulaciones de ningún tipo".
En esa dirección, evaluó que "la ley provincial actual no es clara respecto a que la violación de los precios máximos configure una falta grave en perjuicio del consumidor", razón por la cual "con este proyecto aclaramos la normativa, lo que es muy importante para que los intendentes controlen y protejan a la gente contra los abusos".
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