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La Corte bonaerense incorporó la licencia por violencia de género para judiciales

5 de septiembre de 2019

A través del acuerdo 3949, la Corte dio lugar a un reclamo que venía manteniendo desde hace tiempo la AJB y estableció una licencia por violencia de género de hasta 30 días para quien padezca una situación de estas características.



En la reglamentación, el organismo judicial también determinó que "los afectados podrán solicitar su traslado por razones de seguridad, a fin de preservar su integridad personal o familiar".



"Por violencia de género: quien se encuentre en cualquiera de las situaciones de violencia previstas en la Ley Nº 26.485 (Ley de Protección Integral a las Mujeres) tendrá derecho a gozar de una licencia con percepción de haberes de hasta treinta (30) días, en forma continua o alternada, por año calendario, que podrá prorrogarse por hasta igual término cuando la gravedad del caso así lo amerite", señala la reglamentación publicada por la Corte.



La normativa sostiene que "licencia entrará en vigencia a partir de la fecha en que se solicite, debiéndose presentar una certificación emitida por alguno de los organismos judiciales o administrativos con competencia en la materia, o cualquier otro elemento probatorio que permita acreditar la situación planteada dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores".



Asimismo, plantea que serán "justificadas las inasistencias previas a la toma de conocimiento que tengan su causa en el acto y/o conducta violenta sufrida por parte de la víctima" y que el derecho "será extensivo a toda persona que sufra violencia a causa de su identidad de género".   



"La regulación de la licencia por violencia de género es una conquista de nuestro gremio y en especial de las compañeras que se pusieron al frente de esta lucha por más de dos años", celebraron desde la Secretaría de Género del gremio.



La AJB cuestionó, de cualquier manera, que "la regulación no se haya construido con la participación del sindicato en un ámbito paritario formal" y criticó uno de los puntos de la normativa que determina la creación "de un programa encargado de establecer las políticas de género integrado por un equipo interdisciplinario".



"No necesitamos un programa sino la creación de un órgano en el ámbito de la Corte y de la Procuración General, tanto para el seguimiento de las licencias y el abordaje integral de cada caso como para el diseño e implementación de las políticas de género en el Poder Judicial. Dicho órgano debe estar integrado por la AJB", sostuvo Débora Bertone, secretaria de Género e Igualdad de Oportunidades de la AJB.



Asimismo, el gremio judicial cuestiona que hasta tanto se ponga en funcionamiento el "programa" previsto en la norma, el seguimiento de los casos de violencia de género quede a cargo de las Direcciones de Sanidad o Resolución de Conflictos.



"La intervención de un equipo interdisciplinario con trayectoria y especialidad en la materia es clave para el abordaje de cada caso, la determinación de las características de la licencia y su seguimiento. En el ámbito del Poder Judicial contamos con profesionales idóneos para integrar esos equipos, por lo cual no es aceptable que se delegue esa función a áreas de la Suprema Corte que no están capacitadas para efectuar esa tarea", finalizó la secretaria de Género de la AJB.



El gremio también cuestiona "que la norma establezca un plazo fijo de prórroga para la licencia, sin tener en cuenta las necesidades propias de la especificidad de cada caso, determinadas por el equipo interdisciplinario idóneo". (DIB) MT


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