EL ENCAUSADO ESTÁ PRESO EN SIERRA CHICA
La joven que resultara víctima de diferentes episodios de abuso sexual ocurridos cuando era menor de edad y por los cuales la semana anterior resultara condenado a ocho años y medio de prisión el autor de esos hechos, un azuleño de ocupación tapicero que sigue en la cárcel, había sido informada de los alcances del juicio abreviado al que fue sometido el encausado.
19 de febrero de 2024
Voceros judiciales explicaron que a través de esa audiencia -algo que también se refiere en el fallo con veredicto condenatorio para el imputado- prestó su conformidad para que la situación de ese hombre, que durante alrededor de dos años la sometió sexualmente cuando ella era una niña, se resolviera mediante la tramitación del referido proceso.
"... habiendo sido el acuerdo ratificado ante el que suscribe por el causante con fecha 24 de noviembre de 2023, de conformidad con lo previsto en el artículo 398 del CPP, y oída la víctima en la misma fecha de acuerdo a las previsiones de la Ley 15.232 (la llamada 'Ley de Víctimas'), corresponde admitir el mismo", escribió el magistrado Joaquín Duba en el fallo.
Desde el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 con sede en el primer piso del Palacio de Justicia local, ese magistrado intervino en este juicio abreviado donde terminó condenando al tapicero.
Tal lo que EL TIEMPO informara en su edición papel de ayer domingo, el declarado autor de estos hechos tiene 70 años de edad y se llama Héctor Alfredo Correa.
Actualmente ese hombre sigue preso en la Unidad 38, una de las cárceles del Servicio Penitenciario Bonaerense que tiene su asiento en la localidad olavarriense de Sierra Chica, refirieron voceros judiciales.
En representación de las partes intervinieron en el juicio abreviado el fiscal Adrián Peiretti -que también había tenido a su cargo instruir este sumario penal- y el defensor Oficial Diego Prado.
La pena dictada a Correa, que de acuerdo con lo que la norma señala no puede ser superior a la pactada, fue la misma que las referidas partes acordaron, en la previa a que desde la Acusación se solicitara la realización de este juicio abreviado ante el TOC 1. Un proceso del que también fuera informada la víctima, al igual que de sus alcances.
De acuerdo con lo que quedara demostrado, cuando la denunciante -que ya es mayor de edad- tenía entre diez y doce años comenzó a ser abusada por Correa, a través de diferentes episodios que sucedían en la tapicería que el hombre tenía y también en su domicilio particular.
Esos ocho años y medio de prisión dictados al azuleño surgieron después de que, por los hechos que cometiera, fuera declarado autor del delito de "abuso sexual reiterado gravemente ultrajante por su duración y por las circunstancias de realización, agravado por ser cometido por el encargado de la guarda de la víctima", se menciona en lo resuelto.
Si bien la chica no había sido accedida carnalmente por su abusador, a quien conocía desde tiempo antes de ocurridos aquellos hechos porque eran vecinos y solía quedar bajo su tutela, esas ocasiones en que Correa la sometía implicaron que se viera obligada "a tolerar conductas que implicaron una evidente degradación y humillación" para ella, puede leerse en el fallo.
Dichas circunstancias, consideró el Juez que intervino en este proceso abreviado, estuvieron relacionadas con la "muy corta edad" que ella tenía cuando comenzó a ser abusada por el tapicero -a través de hechos sucedidos entre los años 2015 y 2017- y con "la situación de dominación" a que ese hombre la sometía.
Cuando la víctima tenía 15 años de edad, a través de un llamado al 911 de la Policía se convirtió en la denunciante de aquellos episodios de abuso sexual que cometiera el tapicero en perjuicio de ella.
De esa manera, una vez iniciada esta investigación penal Héctor Alfredo Correa resultó detenido durante un procedimiento que personal de la DDI Azul realizara en esta ciudad el 19 de octubre de 2021.
Desde aquel entonces el hombre permanece privado de la libertad. Pero ahora, con un fallo de primera instancia con veredicto condenatorio para él por esos abusos de índole sexual que, según quedara probado, cometiera en perjuicio de la víctima cuando ella era una nena.
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