20 de mayo de 2015
Desde el Gobierno Municipal, se intima a los comerciantes para que, en un plazo de 5 días, procedan a la renovación fuera de término de la licencia para la comercialización de bebidas alcohólicas de la Provincia de Buenos Aires bajo apercibimiento de proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 13.178 (Dto. Regl. 828/04) por infracción al artículo 2 del mismo texto legal.
A la Presidencia del legislativo local se elevó un informe por parte de la concejal representante del Concejo Deliberante en el EMTUR (Ente Mixto de Turismo). La edil Natalia Colomé, de esa manera, dio cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza N° 5286 del 2026.
16 de octubre de 2026
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