17 de mayo de 2020

PABLO QUARANTA

PABLO QUARANTA . "No hubo liberación en masa de presos"

En medio de la pandemia por coronavirus, el Juez en lo Contencioso Administrativo y titular del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Departamento Judicial Azul dio su parecer sobre el fallo de Casación de Víctor Violini. También, de la resolución de la Suprema Corte que lo revocó. Pronunciamientos ambos relacionados con los otorgamientos de ciertos beneficios a reclusos por la actual crisis sanitaria.

-¿Tanto de un lado o del otro, políticamente hablando se puede decir que se hizo un uso malintencionado de lo que se perseguía con la resolución de Violini?

-Primero de todo, y antes de enumerar una matriz política, quiero manifestar que como Presidente del Colegio de Magistrados y Funcionarios Departamental, y juez contencioso administrativo, la visión que brindaré es una posición institucional. En esa inteligencia podemos decir que en toda resolución judicial, mucho más en un momento de pandemia e infodemia, que pueda afectar por una parte uno de los bienes más valiosos del ser humano, la libertad, y de otro modo la seguridad de los habitantes de la Provincia de Buenos Aires en sus diecinueve departamentos judiciales, siempre existe que quien imparte una orden debe tener presente que la matriz y proyección de la misma puede tener impacto social, tal como aconteció en este caso. Desde ese punto de vista, mi visión no es ni valorable sobre la mala intención o no de un fallo. Los pronunciamientos judiciales existen, se dimensionan, se valoran y se revisan. Ergo, por lo que hoy ya ocurrió la Suprema Corte de Justicia Bonaerense ha ajustado el mismo, ordenando nuevos parámetros, revisando diversos aspectos de ese fallo e, inclusive, exhortando a los otros poderes del Estado a tomar cartas en el asunto por vía de ley y de política carcelaria. Vaya la anécdota o dato que el Colegio Provincial sesionó un día domingo para evaluar el impacto que estaba generándose y emitió un comunicado sobre la superpoblación carcelaria. Y a posterior el máximo Tribunal, ese mismo lunes, emite un remedio provisorio que suspendió el fallo definitivo de la cuestión principal que finalmente definió varios aspectos, que imponían la revisión a los jueces de libertades morigeraciones o libertades domiciliarias, entre otras. Interpreto que el Tribunal de Casación provincial, con la rúbrica mencionada, hizo lugar a un habeas corpus colectivo interpuesto por los defensores oficiales. Pero cada juez ha evaluado a posterior cada caso concreto, sometiendo su decisión a la impugnación de las partes legitimadas para ello.

-¿A su entender el fallo planteaba deficiencias, se volvía inaplicable y lo dispuesto este lunes que pasó por la Corte sirvió para corregir esas eventuales falencias?

-Creo que todo fallo es perfectible. No soy quien para valorar deficiencias, pero sí debo rescatar, reitero, el carácter ordenador del fallo que reencauzó algunos aspectos del anterior del Tribunal de Casación Penal, donde se dispuso que con la celeridad de cada órgano inferior competente se ponderen nuevamente las prisiones preventivas, dando intervención a las víctimas, pidiendo nueva motivación a los jueces. Inclusive, confirmando partes del fallo de Tribunal de Casación en cuanto a la prohibición de alojar detenidos en comisarías que reúnan determinados requisitos: mayores de 65 años, menores de edad, personas enfermas y mujeres embarazadas.

-¿Uno de los, por llamarlo de alguna manera, errores del fallo de Violini fue generalizar de la mano de la pandemia sobre una situación en la cual es fundamental analizar cada caso en particular, algo que sólo por cuestiones naturales es potestad de los jueces que entienden en esas causas penales?

-Es una apreciación, no quisiera profundizar sobre cuestiones del fallo propiamente dicho. Cada caso, cada delito, cada circunstancia, cada imputado, cada víctima es un cosmos propio. Entiendo que por el COVID-19 los fallos son, esencialmente, a veces, ordenatorios. Siempre afectan intereses personales de los sujetos involucrados. La racionalidad de cada magistrado inferior ha interpretado que el análisis puntual, más allá de alguna recomendación, se impuso en todas y cada una de las circunstancias. Prueba de ello es que el universo poblacional carcelario no fue masivo en cuanto a morigeraciones domiciliarias o libertades en etapa de adquisición por transcurso de la pena. Y ahí se obró con la diligencia de las instancias inferiores. Creo yo, interpretando el espíritu expresado y sujeto a la valoración puntual de la ley.

-¿En el ámbito de los magistrados y funcionarios de la Provincia se esperaba que lo resuelto por la Corte sirviera para "reencauzar", tal como se dice, el fallo del juez de Casación Violini?

-Me remito un poco a los comentarios ya señalados, pero destacando que válidamente podría recurrirse ante la Corte Suprema de Justicia Nacional el propio fallo del máximo tribunal provincial, el que, a modo de ciudadano expectante e instruido, me agradó en muchos de sus aspectos. Ahora bien, de un confronte de cuestiones expresadas en nuestro comunicado del 3 de mayo, el Colegio de Magistrados fijó posición sobre la capacidad de plazas existentes y el doble de ocupación carcelaria, la cual depende del Poder Ejecutivo, expresando que las políticas públicas deben orientar y equilibrar el sistema. Destacando, también, la necesidad de mayor presupuesto para garantizar la sanidad en las unidades penitenciarias y construir más lugares de alojamiento. El Colegio de Magistrados no se pronunciaría jamás sobre un decisorio de un inferior o superior, de acuerdo a su visión subjetiva. No sería lo conducente a los fines de salvaguardar la raíz estatutaria del Asociacionismo. Cada juez puede y debe resolver, conforme a su leal saber y entender, y aplicar el derecho vigente.

-¿Decir que gracias al fallo Violini se produjeron liberaciones en masa en la provincia de Buenos Aires es a esta altura un mito? ¿Cuánto de real o no tiene esa afirmación?

-De acuerdo a lo que vengo expresando, intercambiando con los dieciocho restantes presidentes de las departamentales de toda la Provincia, la libertad, la autoridad y la igualdad son principios en tensión cuando el primero de ellos es el restringido. No presiento que el mito sea esa falsa realidad, sino que la única realidad fue el apego al derecho en un tiempo difícil, en el cual más que trascender quienes peticionan o juzgan trascendió la preocupación de una sociedad, afligida y preocupada por una situación que desde mis épocas de estudiante, hace ya más de tres décadas, ponía el acento en conjugar derechos y reclamar libertades. En definitiva, estamos en el año 2020 viendo que muchas demandas de hoy, como ayer, tocan transversalmente a la población bonaerense y a sus poderes del Estado. Y la trascendencia de sus decisiones. No hubo liberación en masa de presos. Sí hay preocupación en la gente, en la ciudadanía, en los poderes del Estado y en la Justicia por ser eficaz y laboriosa en modo silencioso para satisfacción de algo muy preciado: el bien común.

-¿En esa situación de superpoblación y hacinamiento en las cárceles que se viene denunciando desde tiempo antes a que estallara la pandemia, qué rol le cabe al Poder Judicial en el ámbito de la provincia de Buenos Aires para solucionar o al menos paliar dicha problemática?

-El Colegio de Magistrados que integro y forma parte de una Mesa Multidisciplinaria en materia carcelaria, semanal o quincenalmente tiene representatividad y efectúa propuestas de corto plazo para paliar la situación. Pero la inmensidad y profundidad del tema es complejo e intersectorial.

-¿Por qué el ámbito carcelario, con las deficiencias que presenta en la actualidad, puede convertirse en un elevado foco de contagio de coronavirus?

-La respuesta y los pactos internacionales implican que el hacinamiento y la superpoblación es un coctel explosivo.

-¿Se cuenta con guarismos que reflejen cuántos presos se vieron beneficiados con morigeraciones de prisión o excarcelaciones en el ámbito del Poder Judicial de Azul a causa de la pandemia de coronavirus?

-Escuchando hace pocos días a una colega asociada, y teniendo presente lo que vengo explayando, los beneficios acordados han sido muy ajustados y revisados. Y denegados u otorgados en el marco del análisis propio de cada caso. Más allá de lo departamental, una de las últimas estadísticas publicadas estableció que del 17 de marzo al 27 de abril de 2019 hubo 1741 presos liberados por motivos y resoluciones ajustadas a derechos. En el mismo plazo de este año 2020, en tanto, hubo 1607 internos con libertad asistida, libertad condicional o extinción de pena. Y sólo 637 de las morigeraciones fueron por COVID-19.

-¿Comparte la idea de sentar a las mesas de diálogo por la problemática carcelaria a los representantes de las víctimas de los delitos?

-Dejo la presente reflexión a los lectores, destacando que el cumplimiento de una condena es por un hecho objetivo penal. Como ciudadano y representante de un poder del Estado, creo que los actores sociales, todos, pueden tener en el marco del derecho su cabida, o no. Depende finalmente de la voluntad del pueblo de la provincia de Buenos Aires a través de sus legisladores, quienes podrán o no adherir a la Ley de Victimas, de acuerdo a su mejor leal saber y entender. Los jueces estamos para cumplir la ley, más que para opinar sobre un tema muy necesario para unos, y no necesario para otros. En una situación expectante, aguardamos el pronunciamiento de la Legislatura.

-¿Está de acuerdo con lo referido por el presidente de la Cámara de Diputados Sergio Massa, anunciando que iba a impulsar el juicio político a los jueces que "actuaron de manera irresponsable" en medio de toda esta situación?

-Los jueces somos parte de un sistema. Y dentro de ese sistema está la facultad de un ciudadano de denunciar. En cuanto a lo referido por el Presidente de la Cámara de Diputados, puede ser un derecho igualable al derecho de defensa de los asociados y jueces, que puedan ser materia de jury. Es una posibilidad, un derecho. Y obviamente puede ser ejercido. No creo que sea sobreabundante destacar que los jueces no deberíamos ser juzgados por nuestros fallos, toda vez que el Poder Judicial posee mecanismos de garantía de revisión y de ajustes como ningún otro poder del Estado.


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