30 de noviembre de 2023

EL ENCAUSADO ESTÁ EN LIBERTAD

EL ENCAUSADO ESTÁ EN LIBERTAD . Condena para un joven por un caso de abigeato

De quedar firme en todos sus términos el fallo de un juicio desarrollado en el Palacio de Justicia de Azul, un joven que actualmente se encuentra en libertad deberá cumplir una pena de cinco años y siete meses de prisión.

Fuentes judiciales informaron a EL TIEMPO que en ese debate había sido declarado "coautor" de un caso de cuatrerismo y "autor" de uno de violencia de género.

Esos hechos quedaron respectivamente definidos por los delitos de "abigeato doblemente agravado por haber sido realizado el apoderamiento en las condiciones previstas en el artículo 164 del Código Penal y por la participación en el hecho de tres o más personas, calificado a su vez por la participación de un menor de edad" y de "desobediencia".

Ambos ilícitos, según se diera por probado en este juicio oral, el encausado los había cometido "en concurso real de acciones".

En el juicio, desarrollado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 y cuyo fallo se anunció este martes que pasó, por el hecho de cuatrerismo también le fue impuesto al condenado en esta primera instancia el pago de una multa.

Dicha sanción económica fue fijada por Joaquín Duba -juez que intervino en el debate- en 80.000 pesos. Una suma considerada "equivalente a cuatro veces" el valor que tenía el ganado del que se había apoderado de manera ilegítima el joven sometido a este proceso para la fecha en que el episodio delictivo sucedió: marzo de 2019.

Voceros allegados a la realización de este juicio -que desde la Acusación contó con la participación del fiscal Adrián Peiretti- identificaron al condenado como Gustavo Adrián Casal.

Oriundo de Rauch y actualmente de 27 años de edad, en ese debate desarrollado en el TOC 1 lo patrocinó la defensora Oficial Mariana Mocciaro.

Teniendo en cuenta que el joven actualmente se encuentra en libertad y que no se ordenó ni se pidió medida de coerción para él de la mano de lo que fue su condena, el magistrado que intervino en este proceso le impuso diferentes obligaciones.

De esa manera, hasta tanto este fallo quede firme tiene que presentarse siempre que sea citado desde el Tribunal donde fue juzgado y manifestar cuál es su domicilio real, del que no puede ausentarse del mismo "sin conocimiento ni autorización previa".

Además de constituir uno especial dentro de la provincia de Buenos Aires, está obligado a "denunciar las circunstancias que puedan imponerle una ausencia del domicilio por un término mayor" al permitido.

El caso de abigeato por el que Casal fue condenado había sucedido en la zona rural del Partido de Rauch "entre la noche del 13 de marzo de 2019" y la tarde del día siguiente.

De acuerdo con lo señalado en la resolución acerca de lo surgido en el debate en torno a lo que fuera la causa principal tratada en este juicio oral, en aquel entonces Casal formaba parte de "una banda organizada y con división funcional de tareas destinada a la comisión de hechos delictivos de abigeato con planificación previa".

Esa organización delictiva también la integraban dos condenados que ya tuvo aquel mismo hecho -identificados en las actuaciones penales como Juan Alfredo Sallete y Hugo Antonio Casal- y "al menos dos personas más": una menor de edad y otra apodada "Tuque".

Con fines de comercializar posteriormente los cortes obtenidos por este ilícito, entre todos los varones mencionados se habían apoderado de un vacuno que estaba en un campo llamado "La Chela", el cual se encuentra ubicado en el Cuartel XII del Partido de Rauch.

Concretamente, se trató de una vaquillona de unos dos años de edad raza "Aberdeen Angus" y color negra.

Tras matarla de un disparo con una carabina y faenarla en el establecimiento rural, los abigeos se llevaron los principales cortes de la vaquillona en bicicletas hacia Rauch, desde donde posteriormente el animal fue reducido para que sus partes cárnicas fueran vendidas al menudeo.

En el mismo debate Casal fue condenado también por un hecho de violencia de género sucedido el 27 de abril de 2018.

Alrededor de la hora 20.30 de aquel día -según se refiere en el fallo- el joven se hizo presente en la Maternidad del Hospital Municipal de Rauch, teniendo en cuenta que su ex pareja había sido mamá un día antes.

En esas circunstancias, y vulnerando una perimetral que le impedía mantener cualquier tipo de contacto con esa joven, ingresó "imprevistamente" a la habitación donde la mujer estaba con el bebé, incumpliendo de esa manera la referida manda judicial "de acercamiento y de contacto por cualquier medio" para con ella. Una prohibición que estaba vigente en ese entonces y que al encausado le había impuesto una jueza el 26 de abril de 2017.

"La carencia de antecedentes penales" del joven rauchense fue considerada como una circunstancia atenuante a la pena de prisión dictada en este debate. Y específicamente con relación al caso de abigeato, se tuvo en cuenta para Casal como una situación agravante "la organización y logística desplegadas" -señaló el juez Duba en lo resuelto- para llevar a cabo el hecho.

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