18 de enero de 2026
Los cuatro imputados por estafas a la Cooperativa y a comerciantes con pagos truchos de facturas del servicio de energía eléctrica seguirán presos. En segunda instancia no prosperaron las apelaciones de sus abogados. Los encausados continúan siendo considerados miembros de una "asociación ilícita" que cometió estas maniobras de defraudación por una suma total estimada en unos 160.000.000 de pesos.
En la Cámara Penal departamental, la totalidad de los recursos de apelación que habían sido presentados desde las defensas particulares de los encausados terminó siendo desestimada, luego de que las detenciones de todos ellos fueran convertidas en una primera instancia en prisiones preventivas el pasado 4 de noviembre.
En consecuencia, ahora quedaron confirmadas aquellas medidas cautelares que -hace ya más de dos meses- ordenara el juez de Garantías Federico Barberena para el matrimonio de empleados de la Cooperativa Eléctrica de Azul Limitada que conforman Matías Horacio Rosas y María Laura Calandra y para los comerciantes Neefer Eduardo González y Mario Miguel Garavelli.
Este jueves que pasó, a través de un extenso interlocutorio, se conoció la decisión de los integrantes de la Alzada, quienes de manera unánime concluyeron en lo resuelto que la totalidad de los imputados deberá continuar privado de la libertad de la misma forma que ha venido sucediendo hasta ahora. Concretamente, desde que resultaran detenidos a principios de octubre del año anterior en el marco de esta investigación penal, medidas ordenadas a través de la instrucción de una causa que continúa radicada en la UFI 6 a cargo de la fiscal Paula Serrano.
Esas cautelares implican hasta el momento que tres de los acusados continúen en unidades penales de Azul -Rosas y Garavelli permanecen en la Unidad 7 y Calandra lo hace en la 52- y que el cuarto de los investigados -González- siga en la Unidad 38, una de las cárceles que está en Sierra Chica.
Mientras tanto, todavía está pendiente de resolución para el dueño de la heladería "Coppelia", en un principio por parte del Juez de Garantías que entiende en este sumario penal, un pedido de morigeración de su prisión preventiva formulado por sus abogados, con el objetivo de que cumpla arresto domiciliario por supuestos problemas de salud que padece.
"Asociación ilícita" y el "modus operandi"
"Se encuentra acreditado, con el grado de probabilidad positiva propio de esta etapa, la existencia de un acuerdo previo -al menos tácito- entre todos los partícipes para tomar parte de la asociación ilícita (en el caso, destinada a cometer estafas indeterminadas a los comerciantes de Azul y, simultáneamente, a la CEAL)", escribió el camarista Carlos Pagliere (h) en lo decidido.
El actual Vocal de la Alzada fue el primero en votar en esa extensa resolución que terminó desestimando las pretensiones de los abogados de los encausados y que, al mismo tiempo, se tradujo en las ratificaciones de las prisiones preventivas que fueran ordenadas meses atrás para los cuatro investigados.
También sostuvo ese Juez -y a lo afirmado por Carlos Pagliere (h) adhirieron con sus respetivos votos Agustín Echevarría y Damián Cini, los demás miembros de la Cámara Penal- que la concreción de esas maniobras de tipo defraudatorio por parte de los investigados tuvo "un cierto grado de permanencia". Específicamente, por "la existencia de un contexto delictivo plural tendiente a la producción de hechos ilícitos con continuidad en el tiempo (desde julio de 2024 a enero de 2025 en que se desbarató la maniobra)". Y afirmó el magistrado que, además, existió "un grado mínimo de organización con reparto de roles" entre los acusados, ya que "Rosas dirigía toda la operación y defraudaba a la CEAL"; mientras que "Calandra coordinaba la asociación y, junto con Garavelli y González, captaba víctimas entre los comerciantes y recaudaba los pagos, sin perjuicio de una eventual superposición de roles".
De esa manera, el matrimonio de empleados de la Cooperativa y los dos comerciantes, "contando con la logística necesaria para llevar a cabo los propósitos delictivos" y "teniendo como plan común la comisión de delitos indeterminados (estafas a comerciantes y a la CEAL)", fueron "sumando ilícitos y víctimas de modo constante".
"Obran en la causa -puede leerse también en lo resuelto hace tres días- distintas testimoniales brindadas por los damnificados, de las que surge una pluralidad de conductas ilícitas realizadas por el conjunto de los sujetos imputados y que dan cuenta del modus operandi de la asociación, donde primero se abordaba a los distintos comerciantes -cuyos nombres eran aportados por cualquiera de los miembros- y mediante diferentes ardides -buenos contribuyentes, cambios de categoría, por la confianza generada por ser clientes de los comerciantes estafados, que para determinados usuarios se hacían los descuentos que ofertaban, por afinidad, etc.- conseguían que les confiaran el pago de las facturas -mayormente de luz, aunque también en algunos casos de agua- para quedarse con el dinero producido en diferentes porcentajes".
"Luego, y a los fines de brindar mayor credibilidad a sus dichos y sostener el ingreso de divisas ilegales, que no sólo no se rindió ante la CEAL, sino que incluso los comerciantes damnificados debieron posteriormente regularizar su situación ante dicha institución, se les entregaban tickets de pago y en algunos casos una impresión de 'libre de deuda' realizados a imagen y semejanza de los otorgados por la CEAL".
Según ha podido determinarse a través de lo investigado, durante los meses en que se concretaron estas estafas los imputados habrían logrado recaudar unos 160.000.000 de pesos, perjudicando con dicho accionar a comerciantes y al patrimonio de la Cooperativa.
Desde la Cámara Penal se concluyó también que "el plexo probatorio analizado da cuenta de la existencia de una organización con división interna de roles en la que Calandra, González y Garavelli eran quienes se desempeñaban como recaudadores captando comerciantes; ejerciendo Calandra también el rol de coordinadora; y Rosas, al tener acceso informático a la facturación de la CEAL, además de ser quien disponía el monto de descuentos a ofrecer y diseñar la estrategia de abordaje en algunos casos -también en esta instancia de revisión de la causa sigue siendo considerado "jefe de la organización"- era quien registraba las notas de crédito, para luego clonar los tickets de pago e imprimir los libres de deuda que posteriormente eran entregados a las víctimas por los imputados mencionados en primer término".
Al quedar confirmadas las prisiones preventivas de los cuatro encausados se dio por acreditado "el perjuicio económico irrogado a los damnificados (comerciantes), además de a la propia CEAL, a cuyas arcas nunca ingresó el dinero recaudado, por quedar en poder de los imputados".
Además fue referido que "se encuentra verificado que tales conductas se mantuvieron a lo largo del tiempo -desde agosto de 2024 hasta febrero del 2025- y sumando periódicamente nuevas víctimas, lo que demuestra que sus integrantes se habían propuesto la comisión de un número indeterminado de delitos".
"En resumidas cuentas, la valoración conjunta de los indicios antes citados... permite tener por acreditada -con el grado de probabilidad positiva que esta etapa exige- la materialidad y la autoría penalmente responsable de Rosas, Calandra, González y Garavelli en el hecho de asociación ilícita cuya comisión les es imputada", concluyó el camarista Pagliere (h) para desestimar las pretensiones defensistas de los investigados, tendientes a que dejaran de atribuirles ese tipo de delito a los tres varones y a la mujer que siguen presos.
Del mismo modo que lo sostuviera el Juez de la causa, en la Cámara Penal se concluyó que "los diversos elementos de juicio colectados a lo largo del expediente permiten tener por acreditado que en el caso la reiteración de estafas no es casual ni eventual, sino que constituye la expresión de una banda criminal organizada, con medios, roles y un plan de acción permanente que trasciende cada maniobra particular y supera la mera complicidad criminal en uno o varios hechos".
En ese esquema delictivo Rosas, Calandra, González y Garavelli "se relacionan de modo estable, con medios, roles, jerarquía y un plan permanente para defraudar a terceros, siendo la pluralidad de estafas el medio de ejecución del plan, no su contenido jurídico esencial, trascendiendo el perjuicio patrimonial de los damnificados en particular, para así haber perturbado la seguridad pública".
"Es que, además de los comercios afectados, particularmente también se vio afectado el patrimonio de la Cooperativa Eléctrica de Azul que brinda los servicios de luz y agua a la mencionada ciudad -los que, no huelga señalar, son esenciales en la dinámica de una sociedad-. Ello demuestra la trascendencia del accionar de los encartados, en tanto tuvo la potencialidad de perjudicar a mucha gente en la medida que dicha institución se financia con los pagos que por dichos servicios realizan los contribuyentes", escribió en un tramo de lo resuelto el camarista Pagliere (h) para sostener que en lo sucedido era aplicable la figura penal de la ya mencionada "asociación ilícita".
En este caso en particular, a través de una organización conformada por los encausados que, "hasta que fue desbaratada, se mantuvo en funcionamiento durante varios meses".
Los roles de cada uno de los cuatro
Para los jueces de la Alzada tampoco quedan dudas de que Matías Horacio Rosas era el "jefe de la organización" a la que le imputan estas estafas.
"Independientemente de que tuviera el cargo de Jefe de la oficina comercial a cargo de la facturación dentro de la CEAL -lo cual posibilitaba la tarea de confección de los recibos-, también era quien disponía los porcentajes de descuentos a realizar a cada 'cliente' y quien fijaba la estrategia que debía emplearse para la persuasión de los eventuales comerciantes captados".
Al respecto, en lo decidido el pasado jueves se citaron los contenidos de los chats entre Rosas y su esposa Calandra, hallados en el teléfono celular del empleado de la Cooperativa imputado, en ocasión de que se realizara uno de los primeros allanamientos ordenados en el marco de la instrucción de esta causa.
"No otra cosa que lo antes dicho es lo que demuestran los diálogos mantenidos con Calandra respecto de la organización, desarrollo e individualización de eventuales comerciantes a ser captados por sus consumos, más la distribución de tareas a los imputados en el plan delictivo delineado", puede leerse sobre esas conversaciones entre el matrimonio.
De las charlas por WhatsApp con su esposa y de más elementos incorporados como pruebas a este sumario continúa dándose por demostrado que Rosas "era quien tenía acceso al sistema informático de facturación de la CEAL, sin el cual no se podrían haber realizado las maniobras fraudulentas; siendo además él quien ideó toda la modalidad defraudatoria y quien identificaba los potenciales clientes conforme los montos de gastos de energía y agua".
"Por otro lado, él 'clonaba' e imprimía los tickets de pago que posteriormente eran entregados a los comerciantes victimados a los efectos de perfeccionar el ardid empleado, además de ocuparse de insertar en el sistema las notas de crédito que anulaban las deudas de consumo del servicio de luz -y eventualmente de agua- a los efectos del registro informático de los libre de deuda (que en algunos casos también imprimía para entregar a los comerciantes)".
"Finalmente, era quien decidía el monto que se les cobraría a los comerciantes y el dinero con el cuál se quedarían él y su mujer -más la comisión correspondiente a González y Garavelli-, a la vez que, incluso, brindaba datos específicos para contactar a algunos de los clientes a fin de mantener activo el ingreso ilegal de divisas".
"Rosas era jefe y organizador de la asociación ilícita, por cuanto en todo momento tomó las decisiones trascendentales vinculadas a la formación, funcionamiento, distribución de roles y decisión sobre los delitos a cometer", se indicó en esta segunda instancia para confirmar su prisión preventiva.
También sobre lo observado en los chats entre el matrimonio de empleados de la CEAL se concluyó ahora que María Laura Calandra, Neefer Eduardo González y Mario Miguel Garavelli "oficiaban de ejecutores y recaudadores de la organización diseñada por Rosas".
En el caso de los comerciantes -además- "sabían de la existencia de alguien con más poder dentro de la CEAL para llevar adelante la empresa delictiva, y que lo identificaban -por ser público y notorio-como 'el marido de Calandra'".
González, a su vez, "tenía un contacto fluido con Calandra -y un vínculo cercano con Garavelli- y estaba en pleno conocimiento de las maniobras de la asociación ilícita. Prueba de ello es que, a sabiendas, esgrimía ardides y engaños, diciendo a los otros comerciantes deliberadas falsedades sobre resoluciones de la mesa directiva de la CEAL o que iba a ser futuro miembro del Consejo Directivo".
El propietario de la heladería -se sostuvo desde la Alzada- "sabía que el supuesto descuento de la CEAL era falso, porque él se quedaba con parte de lo pagado por las víctimas para la cancelación de la factura de luz o agua".
Con relación a Garavelli, para confirmar su prisión preventiva se mencionó desde la Cámara Penal que "también respondía a los cánones de la asociación, al reclutar eventuales contribuyentes y luego entregarles los comprobantes de pago, resultando un integrante fundamental de la empresa delictiva, pues se encargaba -entre otros- de la recaudación de los siete supermercados chinos de la ciudad, que -por el abultado consumo energético- representaba un incremento considerable en los ingresos".
"De los diálogos mantenidos por Calandra y Rosas -en esas conversaciones por WhatsApp- surge que el nombrado era el encargado de reclutar a los supermercados chinos".
"Garavelli -propietario de una agencia de loterías y quinielas- tenía un contacto fluido con Calandra y las maniobras de la asociación ilícita". Y "acudía a ardides para reclutar víctimas (vestía buzos con logo de la CEAL a pesar de no tener ninguna vinculación con dicha empresa)" y "sabía que el supuesto descuento de la CEAL era falso, porque se quedaba con parte de lo pagado por los comerciantes".
Sobre la base de las cuestiones ya referidas y de más evidencias incorporadas a esta causa penal, para confirmar estas cuatro prisiones preventivas se hizo alusión a que "de la escala penal prevista para los delitos endilgados a los encartados Rosas, Garavelli, Calandra y González surge una pena en expectativa que se erige como un peligro procesal de elusión del proceso". Específicamente, porque en caso de resultar condenados en un futuro juicio las sanciones que podrían recibir superan los tres años de prisión y, por lo tanto, no serán de ejecución condicional.
El dato
María Fernanda Giménez, que patrocina al matrimonio de empleados de la CEAL, Luciano Di Pietro -defensor Particular de Garavelli- y los abogados Luciano Zorrilla, Germán Diego Balaz y Manuel Cayuela -representantes de González- habían formulado los recursos de apelación que en la Cámara Penal terminaron siendo desestimados por "improcedentes". Los planteos defensistas tenían como denominador común que se descartara el delito de "asociación ilícita" en las imputaciones que pesan sobre sus respectivos clientes. Además, sin que tampoco prosperaran, para Rosas y Calandra se pidieron los dictados de sus sobreseimientos; para González, la libertad por "falta de mérito" o "la morigeración" de su prisión preventiva; y en favor de Garavelli, "medidas alternativas" a su actual encierro: la excarcelación con "la fijación de pautas de conducta a cumplir" y, a modo de "caución real", el pago de 50.000.000 de pesos.
Los delitos que les continúan imputando

Dos imágenes que datan del pasado 1 de octubre, cuando Matías Horacio Rosas y Neefer Eduardo González eran ingresados a la DDI Azul tras resultar arrestados aquel día, al igual que sucediera con María Laura Calandra. Mario Miguel Garavelli, el cuarto de los imputados, quedó detenido el 6 de octubre de 2025, cuando se presentó en sede policial para entregarse. FOTOS: DDI AZUL/ARCHIVO
A través de lo decidido el jueves pasado desde la Cámara Penal, al quedar confirmadas por unanimidad las prisiones preventivas de los cuatro encausados, el matrimonio de empleados de la CEAL y los dos comerciantes siguen siendo considerados responsables de los delitos de asociación ilícita, falsedad de documento privado y uso de documento falso y estafas reiteradas en concurso real entre sí.
En el caso de Matías Horacio Rosas -oriundo de Lobería y actualmente de 48 años de edad- es señalado como "jefe" de la asociación ilícita, "autor" de falsificación de documento y "coautor" de estafas reiteradas.
Su esposa María Laura Calandra -una azuleña que tiene 45 años- sigue presa por asociación ilícita "en carácter de miembro" y como "coautora" de los delitos de uso de documento falso y estafas reiteradas.
Los azuleños Neefer Eduardo González (66) y Mario Miguel Garavelli (50) continúan imputados por ser probables autores de asociación ilícita, también en calidad de "miembros".
Ese concurso de delitos que les atribuyen a ambos comerciantes está definido también por el de uso de documento falso y el de estafas reiteradas.
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