24 de mayo de 2018

. Condenan a IOMA a garantizar el tratamiento a una azuleña


En dos oportunidades en lo que va del año, una afiliada a la obra social del Estado Provincial debió interrumpir el tratamiento prescripto para atender el cáncer que padece, por el incumplimiento en la entrega de un medicamento por parte de la obra social estatal bonaerense. El lunes, un juez local falló a favor de la mujer condenando a la obra social a proveerle el fármaco y a garantizar y sostener la continuidad del tratamiento.
El último lunes, un juez de esta ciudad falló a favor de la docente azuleña a la que IOMA le ha negado la entrega contínua de uno de los medicamentos recetados para tratar el cáncer de mama con metástasis que le fue diagnosticado el año pasado. En ese sentido, el magistrado condenó a la obra social del Estado Provincial a garantizarle la continuidad del tratamiento y sostenerlo todo el tiempo que lo necesite.
La historia fue reflejada por este diario en enero y en abril de este año. En enero una docente azuleña de 43 años -de quien se preserva su nombre por su expreso pedido- recurrió a la justicia de la mano de su abogado Ignacio Gayani para interponer una acción de amparo ante el incumplimiento de la obra social provincial -que a los dos meses se repetiría- porque no le entregó uno de los tres medicamentos recetados para tratar el cáncer de mama con metástasis ósea y pulmonar que padece. De esa manera, tanto en enero como en abril la paciente debió interrumpir el tratamiento.
En su momento, la justicia dictó una medida cautelar ante la urgencia que el caso requería ordenando a IOMA a proveerle el medicamento, orden que la obra social incumplió. El proceso judicial continuó y ahora tiene sentencia: ya no ordena sino que  condena a que entregue el fármaco en tiempo y forma, y mientras dure su prescripción. Si bien IOMA había hecho su descargo, negando y rechazando incumplimiento o ilegalidad en su accionar, el titular del Juzgado de Familia, Federico Berlingieri, donde había quedado radicado el amparo, no lo entendió así. Al momento de dictar sentencia, el funcionario judicial hizo especial hincapié en que el incumplimiento de la obra social puso en riesgo la vida y la salud de la docente. Cabe señalar que la sentencia no está firme, por lo que IOMA puede apelar a una instancia superior.
La sentencia 
El 6 de enero la docente promovió con su abogado una acción de amparo contra IOMA para que se le provea durante todo su tratamiento la medicación necesaria para el tratamiento del cáncer que padece, la que debe suministrarse mensualmente. El lunes 21 pasado, Berlingieri resolvió hacer lugar a esa acción y condenar a la Obra Social Instituto Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires (IOMA) a que en el plazo de cinco días de notificada provea el medicamento Palbociclib 125 miligramos, debiendo garantizar la inmediata continuidad del tratamiento y sostenerla por todo el tiempo que la accionante la necesite, con la cantidad y frecuencia que determina la profesional tratante. De esta manera, la paciente no deberá volver a vivir lo que vivió a causa del incumplimiento de IOMA, con todo lo que ello le generó.
Fundamentos del dictamen 
En la sentencia, el juez advirtió que “la Constitución de ámbito local impone a la provincia el deber de garantizar a todos los habitantes el acceso a la salud en los aspectos preventivos, asistenciales y terapéuticos.  Mencionó además en ese sentido, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros, los cuales consagran el derecho a la salud. Asimismo, en el fallo señaló el padecimiento de la docente, el riesgo que le generó no continuar con la medicación en tiempo y forma, y advirtió la necesidad de resolver el tema de manera rápida. Por esto, teniendo en cuenta que en enero “la provisión del medicamento resultó claramente extemporánea”, que lo mismo sucedió en abril cortando por segunda vez en dos meses el tratamiento, concluyó que IOMA “puso en serio riesgo la vida y la salud de la afiliada con la no entrega del medicamento”.
Siguiendo con la fundamentación, subrayó que “las particulares circunstancias que rodean al presente caso, hacen que se encuentren comprometidas prerrogativas constitucionales que atañen al derecho a la salud y a la vida. No resulta razonable ni fundado impedir la continuidad de un procedimiento o tratamiento cuyo objeto es lograr soluciones o razonables mejoramientos para las dolencias que afectan al interesado que por razones de celeridad y el peligro que acarrearía para la salud de la actora (la docente), hace viable la presente acción judicial de amparo, por ser la única vía idónea en este estadio para satisfacer una necesidad imperiosa y vital de sus derechos”.
En uno de los últimos párrafos el juez advirtió que “a todas luces la actora es la parte más débil y vulnerable de la relación obra social-afiliado, y que si a ello se suma su estado de salud, ello le causa un desmedro en sus derechos constitucionales, como a la vida y la salud, que deben ser subsanados rápidamente por medio del presente amparo”. En ese marco, Berlingieri marcó que “la obra social IOMA deberá articular a su costo los medios necesarios para otorgar en tiempo y forma oportunos la prestación médica requerida” por su afiliada.
IDAS Y VUELTAS 
En septiembre del año pasado, a la docente azuleña le detectaron cáncer de mama con metástasis ósea y pulmonar. A partir de allí, se puso en manos de una médica de la ciudad de La Plata especializada en esa enfermedad, la que le prescribió la toma de tres fármacos como parte de un tratamiento prolongado sin fecha de finalización. Ni bien tuvo la prescripción, la mujer de 43 años entregó la documentación a IOMA requiriendo la entrega de los tres medicamentos. Luego de muchas idas y vueltas, el 10 de diciembre IOMA le proveyó dos de los tres fármacos. El tercero, curiosamente el más costoso -tiene un valor aproximado de más de 100 mil pesos- no lo entregó. El tiempo pasó sin novedades, por lo que decidió buscar asesoramiento legal en Ignacio Gayani, quien el 18 de diciembre pasado presentó una nota intimando a IOMA a la provisión del medicamento faltante. El 22 de diciembre, la obra social le entregó una caja de 21 comprimidos del fármaco que faltaba y así pudo empezar su tratamiento. Para obtener la segunda caja, la docente presentó toda la documentación con anticipación: el 27 de diciembre de 2017, pero IOMA ni siquiera tomó el pedido ni respondió. El 6 de enero, ante la falta de respuestas, presentaron una acción de amparo contra IOMA y pidieron una medida cautelar para acelerar la entrega. El juez subrogante que intervino, Luis Surget, hizo lugar a la medida cautelar y ordenó a IOMA a que en cinco días entregase el medicamento, pero la obra social incumplió con esa orden. Por esto, se volvieron a presentar en la justicia y el juez Joaquín Duba intimó a IOMA para que en 8 horas entregase el medicamento. Pero la obra social tampoco cumplió con la intimación y la paciente debió cortar el tratamiento. Situación similar ocurrió en abril. Pese a haber realizado todos los trámites con anticipación, no logró tener el medicamento a tiempo y una vez más, pese a una nueva intimación de la justicia, tuvo que interrumpir su tratamiento, que lo retomó días después. Ahora, el juez Berlingieri condenó a IOMA a entregar el fármaco y garantizar la continuidad del tratamiento por el tiempo que sea necesario.

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