FALLOS DE DOS JUICIOS ABREVIADOS

FALLOS DE DOS JUICIOS ABREVIADOS

Condenas por violencia de género

Uno de los encausados fue sentenciado a un año de prisión en suspenso por hechos cometidos en perjuicio de quien tiempo atrás había sido su concubina. El otro azuleño juzgado, también por episodios que tuvieron como víctima a su ex pareja, debe purgar seis meses de prisión. Pero como ya registraba otra condena, la pena que ahora le fue impuesta es de efectivo cumplimiento.

27 de abril de 2023

Juicios abreviados relacionados con hechos de violencia de género finalizaron con las imposiciones de respectivas condenas para los dos imputados.

De acuerdo con lo informado a EL TIEMPO, uno de ellos fue sentenciado a un año de prisión de ejecución condicional y el otro a seis meses de prisión, pero de efectivo cumplimiento teniendo en cuenta un antecedente condenatorio que desde tiempo antes ese hombre registraba.

Ambos procesos se tramitaron a través del Juzgado Correccional 2 que está a cargo del magistrado Héctor Rodolfo Torrens.

Voceros judiciales identificaron a los condenados como Iñaki Emanuel Fuchila, oriundo de esta ciudad y de 32 años, y Marcelo Fabián Gutiérrez, que también es nacido en Azul y actualmente tiene 50 años de edad.

En suspenso

A través de uno de estos procesos abreviados, Iñaki Emanuel Fuchila fue sentenciado a esa pena ya referida de un año de prisión de ejecución condicional como autor de tres hechos que quedaron definidos -respectivamente- por los delitos de amenazas agravadas; desobediencia y lesiones leves agravadas. Ilícitos todos que ese hombre cometiera "en concurso real entre sí", según se señala textualmente en el fallo.

Además de esa pena, el juez Torrens le impuso al encausado -por el plazo de dos años- las siguientes obligaciones: "Fijar domicilio, someterse al cuidado del Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires y evitar situaciones conflictivas" con quien resultara víctima de estos hechos de violencia de género. Esa mujer era su pareja para la época en que todos esos episodios delictivos ocurrieron.

De no cumplir con esas pautas de conducta, al ahora condenado en esta primera instancia le sería revocada la condicionalidad de la pena dictada.

La causa principal tratada en este juicio abreviado se relaciona con un hecho que se produjo después del mediodía del 3 de febrero de 2020.

Una vivienda de esta ciudad se convirtió aquel día en el lugar donde Fuchila "amenazó con una cuchilla de aproximadamente 30 centímetros con mango de madera" -se refiere en el fallo- a quien era su pareja.

En esas circunstancias, le apoyó el arma blanca en el cuello a la mujer, para luego arrinconarla contra una pared e insultarla.

Posteriormente, el agresor tomó otro cuchillo más pequeño y, al guardar esa arma blanca en el bolsillo de un pantalón con el que estaba vestido, le expresó que iba a esperar la llegada del hermano de la víctima, teniendo en cuenta que ese varón había sido llamado por teléfono para que viniera en ayuda de ella.

El episodio referido fue enmarcado por parte del Juez que intervino en este proceso como sucedido "en un claro contexto de maltrato habitual y violencia de género".

Una de las causas acumuladas por las que también el azuleño fue condenado está vinculada con una situación sucedida desde fines de abril de 2020 hasta el 28 de julio de ese mismo año, cuando Fuchila convivió con la víctima de estos hechos de violencia de género "desobedeciendo con su accionar la orden de prohibición de acercamiento, perímetro y prohibición de comunicación mutua por cualquier medio entre su persona" y esa mujer.

La manda judicial había sido dictada desde el Juzgado de Familia que en Azul está a cargo del magistrado Federico Berlingieri y para esa época se encontraba vigente.

Aquella perimetral, además, a causa de la emergencia sanitaria decretada en aquel entonces por la pandemia de coronavirus había sido prorrogada por medio de una resolución que en su momento se diera a conocer desde la Suprema Corte de Justicia.

En tanto, el tercero de los hechos por los que el azuleño fue condenado en este juicio abreviado ocurrió el 28 de julio de 2020, cuando agredió físicamente a quien era su pareja.

Ese ataque incluyó que Fuchila la tomara del cuello, "mientras que la insultaba y la escupía en el rostro, aplicándole luego una cachetada" y que, "tomándola nuevamente del cuello", continuara insultándola.

Durante aquella agresión le provocó a la mujer lesiones que después fueron definidas como "de carácter leve" y ese incidente también -se menciona en el fallo- se produjo "en un claro contexto de violencia de género y maltrato habitual".

"En cuanto al monto de la sanción privativa de libertad a aplicar, teniendo en cuenta la calificación legal, la atenuante (que el acusado no registraba hasta ahora antecedentes penales) y el imperativo legal -que impide a un juez dictar una pena superior a la acordada por las partes cuando se trata de un juicio abreviado-, estimo apropiado imponer a Iñaki Emanuel Fuchila la pena pactada de un año de prisión; con costas", refirió el magistrado Torrens en lo resuelto.

A cumplir

El otro juicio abreviado por violencia de género, tal lo referido, había finalizado con la imposición de una condena a seis meses de prisión de efectivo cumplimiento para un azuleño llamado Marcelo Fabián Gutiérrez.

A través de un proceso tramitado también ante el Juzgado Correccional 2, ese hombre fue declarado autor de los delitos de desobediencia y amenazas por dos hechos que cometiera "en concurso real de acciones" y que -en ambos casos- durante 2020 tuvieron como víctima a su ex pareja.

A "comienzos del mes de febrero" de aquel año fue situado como ocurrido uno de esos episodios delictivos, cuando la ex pareja de Gutiérrez se trasladaba en una moto por la vía pública.

Al llegar al cruce de la Avenida Mitre con la calle 1° de Mayo, el encausado interceptó a esa mujer y desde ahí comenzó a seguirla hasta el Barrio Güemes.

Una vez que ella detuvo la marcha del rodado, en el fallo se señala que el condenado en este juicio abreviado le pidió retomar la relación que entre ambos se había cortado. Pero ante la negativa de la víctima, el hombre le quitó las llaves de la moto y las arrojó hacia una plaza, para después retirarse del lugar.

Aquel incidente Gutiérrez lo protagonizó estando vigente una perimetral que desobedeció y le prohibía mantener cualquier tipo de contacto con quien hasta tiempo antes había sido su pareja.

También ese hombre fue condenado por un hecho sucedido a comienzos de marzo de 2020, cuando le expresó a quien había sido su pareja que "iba a prender fuego la casa" donde ella y los demás miembros de su grupo familiar vivían.

El juez Torrens refirió en el fallo de este proceso abreviado que esa pena de seis meses de prisión que le dictara al encausado debía ser "necesariamente de cumplimiento efectivo por el antecedente condenatorio que registra".

Dicha circunstancia se relaciona con una pena de "cuatro años y tres meses de prisión" y el pago de una multa que a Gutiérrez le habían sido impuestos el 31 de marzo de 2017, cuando en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul fue juzgado y declarado autor de los delitos de "tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y hurto simple", los cuales cometiera en esta ciudad -respectivamente- los días 12 y 19 de febrero de 2015.

Dada la modalidad de la ejecución de la pena impuesta al declarado autor de esos hechos de violencia de género, tras el acuerdo para la realización de este juicio abreviado había sido solicitado desde su Defensa Oficial que dicha sanción la cumpliera bajo arresto domiciliario y beneficiado también con salidas laborales.

EL DATO

Las penas para los autores de estos hechos de violencia de género por parte del Juez que intervino en ambos procesos fueron las mismas que las partes acordaron. En los dos juicios abreviados representó al Ministerio Público Fiscal Marcelo Fernández. Y fueron defensores oficiales quienes patrocinaron a los encausados: Adriana Hernández a Iñaki Emauel Fuchila y Diego Prado a Marcelo Fabián Gutiérrez.

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