16 de junio de 2025

DEPORTES

DEPORTES. El Tribunal de Disciplina no hizo lugar a la protesta de Alumni

En un anexo del boletín oficial de la Liga de Fútbol de Azul dio a conocer que el Tribunal de Disciplina de esa entidad no dio a lugar a la protesta presentada por Alumni Azuleño, en relación al partido frente a Sarmiento de Tapalqué que terminó igualado en tres y que correspondió a la undécima fecha del Apertura.

Además, en su parte resolutiva, el HTD expresó que "notificar al Comité Ejecutivo de la Liga de Fútbol de Azul, a fin de que evalúe las medidas que correspondan respecto a la impericia y/o negligencia y/o imprudencia en el desempeño de su rol del árbitro Esteban Ricardo Lucero tras aplicar una normativa sin vigencia para AFA".

Recordemos que el albinegro había presentado por protesta el pasado 6 de junio porque su rival había realizado un sexto cambio, que al no estar contemplado aún en el reglamento de la Asociación del Fútbol Argentino.

En esos momentos, a los 83', la "cebra" se imponía por 3 a 2, la estrellita realizó la sustitución de Ramón Fernández por Hernán Trueba. El primero de ellos sufrió, luego diagnosticado en el Hospital Dr. Ángel Pintos, un traumatismo craneoencefálico sin pérdida de conocimiento.

En su protesta Alumni Azuleño señaló que "se ha producido una infracción reglamentaria grave que vicia de nulidad parcial el desarrollo del encuentro, afectando el principio de igualdad deportiva y generando un beneficio al otro equipo, y un perjuicio concreto a nuestro representado atento a que durante el período que participo el jugador n° 13 Inhabilitado (por haberse realizado los 5 cambios con anterioridad) desde el minuto 83 hasta el 94 donde fue expulsado, el club Sarmiento de Tapalqué realizo el tercer gol empatando el partido"

Ante esta circunstancia, los albinegros solicitaron que "Dar por perdido el partido al Club Sarmiento de Tapalqué, adjudicando los tres (3) puntos correspondientes al Club Alumni Azuleño, en aplicación de las normas disciplinarias y reglamentarias aplicables al caso (artículo 107 inc. a del RTyP del CF: "Pérdida de partido cuando el equipo fuera integrado: A) por jugador inhabilitado por cualquier causa")

Que analizadas las presentaciones el Tribunal entendió que "en primer lugar, el jugador N°13, Hernán Trueba no es un jugador inhabilitado. Cabe destacar que se entiende por jugador inhabilitado, conforme el art. 27 del Reglamento de Transgresiones y Penas", a los que agregó que "con lo cual resulta inaplicable el art. 107 del RTyP tal como lo pretende el club Alumni Azuleño. Jugador que, además, se encuentra cumpliendo sanción de tres fechas tras la expulsión en el encuentro en cuestión".

Continúo expresando que "respecto a la Regla de juego N° 3 refiere la cual hace referencia a la cantidad de jugadores y a sus sustituciones, La "The International Football Association Board (IFAB) en el año 2024 incorporó a la misma el "Protocolo de las sustituciones adicionales permanentes por conmoción cerebral permitiendo una sustitución adicional permanente".

Luego de las consultas, el HTD determinó que "la Asociación del Futbol Argentino, entidad madre de nuestro futbol, a través de su Mesa Directiva y dentro sus facultades estableció, con fecha 4 de abril del corriente año, que las modificaciones a la Regla del Juego, incluyendo la N° 3 -conmoción cerebral-, entrarán en vigor en la fecha posterior al primero de junio del 2025"

"Es decir, el cambio adicional por conmoción cerebral No tenía vigencia al momento del encuentro disputado entre Alumni Azuleño y Sarmiento de Tapalqué por la fecha 11 del Torneo Apertura 2025 que organiza la Liga de Futbol de Azul", acotó el tribunal.

A lo que agregó que "en consecuencia se desprende que fue error arbitral de Esteban Ricardo Lucero, aplicar la mencionada modificación y permitir realizar un sexto cambio por "conmoción Cerebral" sin encontrarse vigente para nuestra entidad madre, A.F.A".

Prosiguió diciendo que "no obstante, este Tribunal entiende que el mencionado error en la aplicación de las reglas del juego por parte del árbitro principal, Sr. Esteban Ricardo Lucero, no ha incidido en el resultado del encuentro y no genero perjuicio ni beneficio alguno a los clubes que disputaban el mismo".

Luego de esta decisión Alumni Azuleño podrá apelar este fallo al Tribunal de Disciplina del Consejo Federal. Si esto llega a suceder seguramente se detendrá, antes del inicio de los cuartos de final, el fútbol local hasta que quede definido este episodio.

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