EN PRIMERA INSTANCIA

EN PRIMERA INSTANCIA

Fue rechazado un pedido de prisión domiciliaria para un azuleño

Está preso en la Unidad 7. Había sido detenido en diciembre del año pasado por la supuesta comisión de varias estafas telefónicas. Esos "cuentos del tío" fueron perpetrados por una presunta "asociación ilícita" que, al parecer, integraba junto a familiares suyos.

20 de mayo de 2020

Un juez de Garantías rechazó un pedido de morigeración de prisión para un azuleño de 28 años identificado como Enzo Paul Enrique Gorosito, quien está acusado de formar parte de una organización delictiva que se dedicaba a cometer estafas por medio de "cuentos del tío", hechos por los cuales está preso en la Unidad 7 luego de que había sido detenido en diciembre del año pasado.

Si bien el magistrado que se opuso a otorgar dicho beneficio consideró que el imputado, a causa de una afección cardíaca que padece, se halla dentro del grupo de riesgo de personas que podrían contraer coronavirus, entendió que dicha patología "se encuentra debidamente controlada y tratada en el establecimiento carcelario donde se halla alojado".

En primera instancia, el pedido de arresto domiciliario para el interno -definido en el fallo como una solicitud "de atenuación y/o alternativa a la prisión preventiva"- había sido presentado por su abogado defensor, Néstor Adrián Castro.

Juan José Suárez, el magistrado a cargo del Juzgado de Garantías número 3 con asiento en el Palacio de Justicia local, a través de un fallo dado a conocer ayer martes se opuso a otorgarle ese beneficio al recluso, que actualmente permanece en la cárcel de varones de esta ciudad perteneciente al Servicio Penitenciario Bonaerense.

En el escrito que presentó ante el titular de Garantías 3 para que a su cliente le otorgaran prisión domiciliaria en medio de la actual pandemia de coronavirus, el Defensor Particular sostenía que Gorosito "presentaría problemas respiratorios, leptopirosis y antecedentes de diabetes", algo que ubicaba al joven dentro de las excepciones que le permitían gozar del mencionado beneficio.

El informe médico requerido por el magistrado no sirvió para demostrar que el recluso presentara las patologías citadas por su abogado defensor; aunque sí se determinó que Gorosito padece una afección cardíaca.

No vinculante

Según el Juez de Garantías sostuvo, "la circunstancia de que un galeno incluya a un detenido dentro del denominado grupo de riesgo no resulta vinculante para la decisión del magistrado, quien debe analizar ésa junto con las restantes circunstancias que hacen al cuadro de situación del encartado. Lo contrario significaría afirmar que la decisión de la concesión de un beneficio como el pretendido estaría en manos de los médicos que realizan los exámenes y no en quienes han sido embestidos de tal responsabilidad por imperio de la Constitución".

En este caso, Suárez valoró también que la patología cardíaca que el encausado presenta "se encuentra atendida y controlada en el establecimiento carcelario" donde está preso.

"A ello debe sumarse -agregó el Juez en otro tramo de lo resuelto- que en la Unidad se han tomado medidas de prevención en materia de bioseguridad, en especial en materia de desinfección y en relación al personal penitenciario que tenga contacto con la población carcelaria. Lugar donde no se han registrado casos confirmados o sospechados de la patología en cuestión (es decir, coronavirus) en ningún individuo que asiste y habita la misma".

A modo de conclusión, el magistrado también sostuvo: "Si bien es cierto que el nombrado se halla dentro del grupo de riesgo por poseer un antecedente que surge a partir de la lectura de la Historia Clínica del mismo, también lo es que se trata de una persona joven que actualmente no registra ninguna alteración".

"Por ello, considero que la situación del encartado no reviste una entidad de tal relevancia sopesando tales circunstancias con los peligros procesales sobre los que me he expedido con anterioridad, que conduzca a la imperiosa necesidad de morigerar o atenuar la medida de coerción impuesta ante la existencia de un grave e inminente riesgo a su salud".

"Por lo tanto, considero que no corresponde en esta instancia, donde todavía resta la producción del juicio oral, la aplicación de una medida alternativa o morigerativa de la prisión preventiva", indicó el juez Suárez sobre este caso en particular.

Riesgos procesales que se mantienen

Yendo específicamente a los delitos que le están imputando a Gorosito, más allá de que -tal como se mencionó en el fallo- el joven podría "encontrarse inmerso en un grupo que muestre cierta vulnerabilidad por encima de la media poblacional en caso de contraer COVID-19", el juez Suárez entendió que "se mantienen vigentes en el caso los riesgos procesales que concurrieron al momento del dictado de la prisión preventiva y que a la fecha mantienen plena vigencia, lo cual debe llevar a extremar los cuidados sanitarios, y revaluar la presente si se advirtieren casos concretos ulteriores que pudieren mostrar un riesgo cierto, que a la fecha sólo luce carácter hipotético".

En ese contexto, para oponerse también al otorgamiento del beneficio requerido el magistrado valoró "la pena en expectativa ante una posible condena" que podría caberle al joven azuleño, que está procesado por los delitos de "estafa, estafa en grado de tentativa y asociación ilícita", hechos todos considerados como cometidos "en concurso real de acciones".

Según el Juez de Garantías, el "peligro de entorpecimiento" del proceso en caso de que Gorosito recupere la libertad todavía "persiste" y "no resulta evitado por la aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado".

"Cuentos del tío"

Un sumario penal instruido desde la UFI 13 a cargo del fiscal Adrián Peiretti -quien también se había opuesto a que Gorosito gozara de una morigeración de prisión- lo tiene al encausado privado de la libertad desde el pasado 22 de diciembre.

Aquel día el joven fue detenido en Azul, durante un allanamiento realizado en un departamento de un complejo habitacional ubicado sobre las calles Alvear y Sarmiento.

En su poder, personal policial incautó telefonía celular, un automóvil Chevrolet Corsa y más de diez gramos de marihuana.

De manera simultánea, procedimientos similares se habían llevado a cabo ese día en localidades del conurbano bonaerense.

La supuesta organización criminal de la que formaba parte Gorosito quedó desbarata aquel domingo, después de que también se hicieran efectivos los arrestos de dos varones y de una mujer; en una localidad del Partido de Moreno y en la ciudad de San Miguel.

Los demás acusados que tiene esta investigación penal habían sido identificados por voceros judiciales y policiales como Francisco Jorge De Trueba; su pareja Rosa Daniela Iacobucci, de 48 años de edad; y Víctor Carlos De Trueba, un comerciante de 51 años.

Según se había informado, Gorosito es familiar de los De Trueba, uno de los cuales es considerado el líder de esta organización delictiva.

Formando parte de esta presunta "asociación ilícita", en noviembre del año pasado el azuleño que está preso en la Unidad 7 se habría hecho presente en una vivienda de esta ciudad para apoderarse de manera ilegítima de unos cincuenta mil pesos, después de que a una vecina le hicieron creer, al llamarla por teléfono, que esa plata se la tenía que dar a "un amigo de confianza de su hijo" para cambiarla por billetes nuevos en el banco.

Las pruebas reunidas en esta investigación penal señalan que los integrantes de esta supuesta organización criminal se dedicaban a cometer estafas telefónicas que tenían como víctimas a personas de la Tercera Edad, ilícitos llevados a cabo en Moreno, en otras localidades del Gran Buenos Aires y en Azul.

"Mediante ardid" y "fingiendo ser familiares" de quienes atendían esos llamados, en la causa se menciona que los imputados lograban que las víctimas les entregaran dinero en efectivo.

EL DATO

El Juez de Garantías que se opuso al otorgamiento de esta prisión domiciliaria exhortó al actual titular de la Unidad 7 a que "extreme los cuidados sanitarios respecto" de Gorosito, "efectuando revisiones médicas y proveyendo sin excepción la totalidad de los medicamentos que el facultativo prescriba". Además, desde la cárcel se debe "informar periódicamente a este Juzgado respecto del estado de salud y evolución de la patología que sufre el interno".

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