FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO
Seis años de prisión fue la condena que una jueza le dictó a un hombre que en reiteradas ocasiones había sometido sexualmente a una mujer mientras ella era su esposa, hechos ocurridos durante el tiempo en que ambos convivieron en un inmueble de la ciudad de Olavarría.
28 de febrero de 2024
Un juicio abreviado tramitado ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 con sede en el Palacio de Justicia de Azul derivó en la imposición de la referida sanción para el encausado, identificado en el fallo como José Oscar Lado y actualmente de 43 años de edad.
"Abuso Sexual con acceso carnal reiterado" fue el delito que -de acuerdo con lo que quedara probado- ese hombre cometió y se tradujo en la imposición del veredicto condenatorio, según refirió Alejandra Raverta, la jueza del TOC 2 que intervino en este proceso.
En la resolución se menciona que los hechos materia de este juicio abreviado sucedieron durante el transcurso del año 2016 y el 20 de abril de 2017. También, que en ambos casos víctima de los mismos fue una mujer que para la época referida era la esposa del investigado y convivía con él en una casa situada en la vecina ciudad de Olavarría.
Los abusos implicaron que el ahora condenado en esta primera instancia sometiera sexualmente a la mujer mediante el uso de la fuerza, logrando de esa manera accederla carnalmente contra su voluntad.
Como agravantes potenciadoras de la pena dictada al olavarriense la magistrada Raverta hizo mención a las siguientes circunstancias: "La vulnerabilidad de la víctima en razón del género y el aprovechamiento del lazo de confianza que los unía", teniendo en cuenta que Lado y esa mujer a la que violó en reiteradas ocasiones estaban casados. Y como una atenuante para el encausado se tuvo en cuenta "la sujeción al procedimiento abreviado", según se refiere textualmente en el fallo.
La víctima de estos hechos de abuso sexual había denunciado a su actual ex marido, iniciándose de esa manera la investigación penal que años atrás derivara en la detención del imputado y que ahora se tradujo en el dictado de esta condena para él.
"El claro y contundente relato de los hechos prestado por la víctima, tanto en la denuncia como en las posteriores declaraciones testimoniales, donde efectuó la directa sindicación de autoría (de Lado), describió el momento cronológico en que sucedieron los hechos y el lugar donde ocurrieron", fue valorado por la Jueza del TOC 2 como una de las evidencias fundamentales para dar por demostrado lo que pasó y pronunciarse a favor del dictado de la condena para el abusador de quien fuera su esposa.
A través de lo referenciado, la mujer víctima había dado cuenta de que sufría "violencia psicológica" desde siempre por parte de su ex marido y que, a pesar de negarse a mantener relaciones sexuales, el hombre siempre la sometía por la fuerza.
El monto de la pena impuesto al encausado fue el mismo que las partes que intervinieron en este proceso acordaron, en la previa a que desde la Acusación fuera formulado ante el TOC 2 el pedido para la realización del juicio abreviado.
Tal como sucede cuando una persona resulta condenada por este tipo de ilícitos, de quedar firme el fallo se le deberán tomar "muestras o evidencias biológicas" a José Oscar Lado para que sea inscripto en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a los delitos contra la integridad sexual, según lo estipulado a través de la Ley 26.879.
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