16 de julio de 2025
La comisión de hechos de violencia familiar y de género derivó en que recibiera esa sanción, que es de ejecución condicional. En el mismo proceso, al encausado le fueran fijadas varias pautas de conducta.
Según lo señalado por voceros oficiales a EL TIEMPO, un juicio abreviado que se tramitó ante el Juzgado Correccional 1 -que en el Palacio de Justicia local conduce el magistrado Aníbal Álvarez- se tradujo en la imposición del veredicto condenatorio para el encausado.
A través de lo resuelto, ese hombre fue identificado como Juan Gabriel Contreras.
Oriundo de Azul y de 40 años de edad, el declarado autor de la totalidad de estos episodios delictivos figura actualmente radicado en Concordia, la ciudad ubicada en la provincia de Entre Ríos, se refiere en el fallo del juicio abreviado.
Contando con el acuerdo entre las partes que intervinieron en ese proceso, el hombre fue declarado responsable de tres hechos que a título penal quedaron definidos respectivamente como "daño", "amenazas" y "coacción agravada".
En "concurso real de acciones", a los mencionados ilícitos los había cometido en perjuicio de mujeres familiares suyas, una de ellas menor de edad, cuando estaba aún radicado en Azul. Específicamente, durante los días 18 de agosto de 2021, 13 de enero y 6 de septiembre de 2022.
Dos primas y una menor, las víctimas
El primero de aquellos hechos que Contreras cometiera data como sucedido en horas de la tarde de ese ya referido 18 de agosto de 2021.
En aquel entonces, el condenado en esta primera instancia "derribó varios bloques" de una edificación que su prima y damnificada por lo ocurrido estaba haciendo dentro de un predio que ambos compartían, el cual está situado sobre las calles Miñana y República de Italia.
Específicamente, se trataba de una pared en la que iba a ser amurada una puerta de una habitación que estaba construyendo esa mujer familiar de Contreras, se detalla en lo resuelto.
Ambos en ese entonces compartían un mismo terreno situado en las calles ya mencionadas. Y en aquellas circunstancias el hombre ahora condenado en esta primera instancia, según quedó probado, derribó la construcción edilicia de su prima, que después lo denunció por lo sucedido a causa del perjuicio económico que implicó para ella reparar esa pared.
"Vos cerrá el culo. Esto es todo mío", le había expresado Contreras a la damnificada cuando le preguntó qué era lo que había hecho al derribar esa construcción que ella estaba edificando.
Aquel mismo día de sucedido este "daño" contra su propiedad, la mujer llamó al 911 y después denunció en sede policial lo ocurrido con su primo.
En tanto, ese ya referido 13 de enero de 2022 Juan Gabriel Contreras protagonizó otro de los hechos por los que firmó este juicio abreviado donde terminó siendo condenado a esa pena de tres años de prisión en suspenso.
Cuando era alrededor de la hora 19, se hizo presente en el domicilio de otra prima suya que también residía en el predio ya mencionado.
A esa mujer, textualmente, le expresó: "Gorda puta, te voy a matar, te voy a hacer meter presa", intimidación que concreto "con la clara intención de amedrentarla", puede leerse en el fallo.
A través de la denuncia que la víctima luego radicó por aquel incidente, esa mujer refirió que eran "de vieja data" los problemas que venía teniendo con su primo; que no era la primera vez que el encausado reaccionaba de la manera en que lo hizo aquel día con ella y que el agresivo accionar evidenciado por Contreras le provocaba temor. No sólo por ella, sino también por sus hijos menores de edad.
A su vez, el tercero de los hechos por los que el imputado fue condenado en este proceso abreviado data como sucedido alrededor de la hora 19 del 6 de septiembre de 2022.
En lo resuelto se señala que ese día Contreras amenazó en la vía pública a la hija de su prima, una adolescente que en aquella época tenía 15 años de edad. Y que "sosteniendo un machete la persiguió", para después decirle a esa menor: "No quiero que cruces más por mi cuadra, si pasas de nuevo te voy a matar".
Al igual que con el incidente anterior mencionado, el encausado actuó ante esta otra víctima "con la clara intención de amedrentarla".
Todas las causas penales iniciadas por estos hechos se habían tramitado desde la Fiscalía especializada en Violencia Familiar y de Género que está a cargo de Marcelo Fernández.
Ese Fiscal representó a la Acusación en este juicio abreviado. Un proceso donde, contando con el acuerdo del titular de la UFI 1 con la Defensa del encausado, el denunciado terminó recibiendo a modo de condena -por parte del titular del Juzgado Correccional 1- el mismo monto de pena que fuera pactado entre ambas partes.
Además, considerando que la sanción dictada a Contreras no es de efectivo cumplimiento, le fueron fijadas diferentes reglas de conducta que debe cumplir durante tres años.
Esas obligaciones consisten en "fijar residencia y someterse al control del Patronato de Liberados que por jurisdicción corresponda".
También, el azuleño encausado debe "abstenerse de generar nuevos inconvenientes" con las tres mujeres que resultaron víctimas de estos hechos. Todas ellas, familiares suyas.
Finalmente, el juez Álvarez valoró para el condenado en este proceso abreviado dos circunstancias.
Ambas de tipo agravantes, esas situaciones estuvieron relacionadas con la "pluralidad" de hechos que Contreras cometió y que todos ellos tuvieron a mujeres como víctimas.
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