FALLO DE UN JUICIO ORAL

FALLO DE UN JUICIO ORAL

Prisión en suspenso para un hombre por difundir foto de una menor siendo víctima de abuso sexual

A través de su cuenta en la red social Facebook, el encausado había reproducido dicha imagen, según quedó probado en un debate realizado en Tandil donde fue condenado a un año y medio de prisión de ejecución condicional. Además, el Juez que intervino en ese proceso le impuso diferentes obligaciones que debe cumplir por el plazo de dos años. Entre ellas, no mantener contacto por redes sociales con menores de edad.

18 de agosto de 2022

Declarado autor del delito de facilitación y/o distribución de representaciones de menores de 18 años dedicados a actividades sexuales explícitas y/o de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales por un hecho que, según quedara probado, cometiera en marzo de 2017, un hombre fue condenado a un año y seis meses de prisión condicional, informaron ayer voceros judiciales a EL TIEMPO.

Identificado como Oscar Alejandro Dei, oriundo de Lanús, de 41 años de edad y domiciliado actualmente en Tandil, en esa vecina ciudad serrana donde el hecho se produjo años atrás había sido sometido a este juicio oral que finalizó con la imposición de una condena a una pena de prisión en suspenso para él.

Escenario de este debate fue el Juzgado Correccional a cargo de Carlos Pocorena, quien teniendo en cuenta esa sanción de ejecución condicional que le dictara al acusado en esta instancia, le impuso también diferentes pautas de conducta que deberá cumplir por el plazo dos años.

Esas obligaciones, señaló el magistrado en el fallo, implican que Dei no tiene que cometer "nuevos delitos en general y, en particular, vinculados con la difusión de material con contenido de abuso sexual infantil", fijar domicilio y -una vez que este fallo adquiera rango de firmeza- "presentarse mensualmente ante la Delegación del Patronato de Liberados de Tandil".

Además, el encausado no puede mantener "contacto por redes sociales con personas menores de edad ni enviar imágenes de contenido de abuso sexual infantil" y deberá ser sometido -por parte de especialistas pertenecientes a la Asesoría Pericial del Departamento Judicial Azul- a un estudio psicológico y psiquiátrico, con la finalidad de que se determine "si padece alguna patología" por la cual sea necesario que tenga que recibir un determinado tratamiento.

Condenado

El pasado viernes se había conocido el veredicto condenatorio para Oscar Alejandro Dei, luego de que desde semanas antes había estado siendo sometido a este juicio oral en el ya referido Juzgado Correccional perteneciente al Departamento Judicial Azul y con sede en Tandil.

El hecho que se tradujo en que resultara condenado, según lo que quedara demostrado, había sucedido el 6 de marzo de 2017 en la vecina ciudad serrana.

Teniendo en cuenta diferentes pruebas incorporadas al juicio y lo declarado en ese debate por testigos, el Juez Correccional dio por probado que aquel día mencionado el encausado, desde su perfil de la red social Facebook, "distribuyó y/o facilitó a otro usuario, mediante un mensaje privado -a través de Messenger- una fotografía de contenido de material de abuso sexual infantil, en la cual puede observarse a una menor de edad recostada sobre una cama mostrando sus senos, cadera y glúteos desnudos, con fines predominantemente sexuales".

La situación había podido ser detectada, tal como habitualmente sucede en estos casos, a través de un reporte enviado a la Justicia local desde el Centro Nacional para Niños Explotados y Desaparecidos (National Center for Missing & Exploited Children), una organización privada de origen estadounidense sin fines de lucro creada con fines de investigación "para colaborar con la Policía, los proveedores de servicio de Internet y al servicio de pago electrónico", con la finalidad de "reducir la distribución de imágenes de explotación sexual infantil y videos a través de Internet".

A partir del referido reporte se iniciaron desde la UFI 22 con asiento en los tribunales de Azul -la fiscalía a cargo de Lucas Moyano, mismo funcionario judicial que representó a la Acusación en este debate- las actuaciones penales que permitieron identificar al hombre ahora declarado autor de ese hecho.

Sobre la referida imagen que el encausado difundiera, en el fallo el Juez que lo condenó señaló que la misma "resulta ser de material de abuso sexual infantil, en tanto se observa una niña menor de dieciocho años de edad exhibiendo sus genitales con claro contenido sexual".

Al respecto, una médica pediatra que se desempeña como perito en la Justicia y fuera convocada a este proceso había referido que esa menor "puede tener una edad compatible con 12 a 13 años aproximadamente", se refirió también en la resolución de este juicio oral.

"Considero que claramente se puede observar en la fotografía bajo análisis que se trata de una menor de edad, la cual sin perjuicio de lo estático de la imagen resulta ser una representación sexual explícita con fines sexuales, observándose a una menor acostada sobre una cama, sin bombacha, con la remera levantada a la que se le ven sus senos, encontrándose aparentemente dormida, lo que implica un mayor avasallamiento de su vulnerabilidad y de su cosificación en la máxima expresión", concluyó el Juez Correccional que condenó al declarado autor de este hecho, quien durante el debate estuvo siendo representado por el defensor Oficial Pablo Molina.

"Tal representación de la sexualidad de la niña de la imagen -escribió también el magistrado Pocorena en el fallo- entraña una degradación de la menor para la satisfacción de terceros. En el caso, la niña de la imagen ha sido utilizada como

'objeto' con fines predominantemente sexuales", en los términos de lo que señala el artículo 128 del Código Penal, la norma que condena a quienes cometen este tipo de hechos de abuso sexual infantil.

En el marco de la investigación penal que en su momento se llevara adelante, el domicilio en Tandil donde reside el encausado había sido allanado, diligencia que derivó en los hallazgos y posteriores secuestros de varios dispositivos de tipo informático.

En una notebook propiedad de ese hombre, a pesar de que había eliminado los archivos, peritos que analizaron esa computadora portátil pudieron recuperar y encontrar muchos videos "de contenido de abuso sexual infantil".

Esa situación fue valorada por parte del Juez para el imputado como una circunstancia de tipo agravante y potenciadora de la sanción que le dictara, luego de que también tuviera en cuenta -pero como una atenuante- que hasta el momento de ser sometido a este juicio oral el hombre no registraba "antecedentes penales computables".

EL DATO

Para cuando Oscar Alejandro Dei cometiera este ilícito, se menciona también en el fallo, trabajaba como enfermero particular cuidando a una persona en la casa desde donde, a través de un dispositivo de tipo informático, difundiera por redes sociales esa imagen de una menor siendo víctima de explotación sexual.

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