12 de enero de 2022

EN SEGUNDA INSTANCIA

EN SEGUNDA INSTANCIA . Sobreseyeron a una mujer acusada de vender drogas con su pareja, que continúa en prisión

Desde la Cámara Penal sólo fue confirmado el procesamiento del hombre, que sigue alojado en la Unidad 7. Ambos habían sido arrestados durante un allanamiento que la Policía realizara el 30 de julio de 2020. En aquel procedimiento se hallaron cocaína y elementos utilizados para la venta al menudeo de ese tipo de sustancia estupefaciente. Y tuvo como escenarios el departamento donde la pareja vivía y la fiambrería que la ahora ex imputada posee, en un mismo inmueble, en la zona céntrica de Azul.

Los jueces de la Cámara Penal sobreseyeron a una mujer que era investigada junto con su concubino, que sigue en prisión, por una infracción a la Ley 23.737, según lo informado a EL TIEMPO.

El 30 de julio de 2020 esa pesquisa había finalizado con las aprehensiones de ambos, luego de que personal policial allanara una fiambrería y el departamento donde la pareja se domicilia.

Esos inmuebles están ubicados en la zona céntrica de Azul; y durante los procedimientos realizados en ese entonces se habían incautado cocaína y elementos presumiblemente utilizados para la venta al menudeo de ese tipo de droga.

En el último día hábil previo a la actual feria judicial de verano, la decisión de sobreseer en esta segunda instancia a la hasta ese entonces acusada implicó también que, en el caso de su pareja, desde la Alzada departamental se resolviera confirmar su procesamiento y, en consecuencia, elevar a juicio esta investigación penal que llevara adelante desde la UFI 22 con asiento en los tribunales locales el fiscal Lucas Moyano.

A través de un fallo fechado el pasado 30 de diciembre y firmado por los camaristas Carlos Pagliere (h), Damián Cini y Agustín Echevarría, la mujer que fuera sobreseída en esta causa se llama Araceli Fabiana Larios y tiene 31 años.

A diferencia de lo sucedido con su pareja Ernesto Edelmiro Quintana -quien está privado de la libertad desde que el allanamiento en el inmueble donde ambos viven se llevara a cabo a fines de julio de 2020- la mujer sólo cumplió, y en un principio, arresto en su casa.

Esa medida cautelar había sido dictada por Magdalena Forbes, la titular del Juzgado de Garantías 1. Y obedeció a que Larios tenía en aquel entonces hijos pequeños a su cuidado.

Posteriormente, la detención en su domicilio no se tradujo en la conversión de esa medida cautelar en prisión preventiva, situación que le permitió recuperar la libertad hasta que hace diez días se conoció que era sobreseída por los jueces de la Cámara Penal con asiento en el tercer piso del Palacio de Justicia de Azul.

Esa decisión fue ordenada en respuesta a un recurso de apelación que formulara Luciano Di Pietro, el defensor Particular de la pareja del hombre que ahora figura como el único procesado en esta investigación penal que, según se confirmó, se convertirá en materia de un juicio.

Pero en segunda instancia no sucedió lo mismo con el recurso que presentara Germán Senn, el abogado que patrocina a Quintana, la pareja de Larios.

En ese caso, desde la Alzada departamental se rechazó un pedido para que el hombre fuera sobreseído por esta infracción a la ley de estupefacientes que le continúan atribuyendo a título de autor, lo que en consecuencia derivó en que se confirmara la elevación a debate de este sumario.

Lo resuelto

Carlos Pagliere (h) fue el primero en votar en esta resolución, que de manera unánime derivó desde la Cámara Penal en la anulación del procesamiento para Larios y en la confirmación de esa medida para su pareja Quintana.

Además del pedido de sobreseimiento para el hombre, que también había sido rechazado en primera instancia, su abogado solicitaba -sin que tampoco prosperara- un cambio de calificación de esta investigación penal ya concluida.

El objetivo de Germán Senn era que a su cliente le imputaran un delito menos gravoso -"tenencia simple de estupefacientes"- para que ahora se ordenara su excarcelación, algo que no sucedió.

"En lo que respecta a Ernesto Quintana, he de adelantar que concuerdo con la Jueza Garante en que, con los elementos colectados, es posible demostrar, con el grado de probabilidad requerido en esta etapa, el hecho objeto de imputación, su tipicidad (dentro de uno de los artículos de la Ley 23.737) y la autoría penalmente responsable del nombrado; lo que obliga el tránsito de la causa a la etapa de juicio", puede leerse en un párrafo de la resolución más reciente vinculada con esta causa.

Concretamente, lo investigado lo ubica hasta el momento a ese hombre vendiendo drogas al menudeo desde su domicilio en la zona céntrica de Azul. Algo que había podido detectarse cuando -aquel ya referido 30 de julio de 2020- policías llevaron a cabo el procedimiento que se tradujo en su arresto y también en la imputación, que ahora quedó sin efecto, para su pareja.

En aquel entonces Quintana resultó aprehendido tras comprobarse que le vendió cocaína a un consumidor con el que se había encontrado cerca de ese inmueble donde están situados la fiambrería que atiende su pareja y, en la planta alta, el departamento donde los dos vivían, sobre Avenida 25 de Mayo entre Yrigoyen y San Martín.

"Por el contrario, en lo que hace a la situación de Araceli Fabiana Larios, hallo que el recurso resulta procedente", señaló el camarista Pagliere (h).

A esa conclusión, sostenida también por los demás miembros de la Alzada, se llegó en segunda instancia valorando los elementos reunidos en esta investigación penal, que a diferencia de lo sucedido con Quintana no servían para demostrar que Larios formaba parte también de esa venta de estupefacientes al menudeo que ahora sólo le imputan a título de autor al hombre.

"Los elementos de convicción mencionados no permiten tener por verificada -ni siquiera en grado de sospecha o de duda superable- la participación de Larios en los hechos que se le endilgan, toda vez que, en primer lugar, de las constancias de la causa no surge que la misma hubiera realizado conductas compatibles con la comercialización de estupefacientes", se mencionó en el fallo para después ordenar su sobreseimiento en esta segunda instancia.

"Por otro lado, tampoco se encuentra justificada la participación de Larios en el delito de tenencia de estupefacientes -con fines de comercialización- por cuanto, independientemente de que tuviera o no conocimiento de la existencia de la droga y de la actividad ilícita que desarrollaba Quintana, no es posible afirmar que ella detentara bajo su dominio los estupefacientes hallados en los inmuebles que ocupaba en común con su pareja, siendo que del expediente se desprende que era él quien los tenía y comercializaba", se concluyó en lo resuelto.

EL DATO

Ernesto Edelmiro Quintana, que es oriundo de Tres Arroyos, hace tiempo que se encuentra radicado en Azul y tiene 66 años, sigue preso en la Unidad 7 de Azul. En esa causa que ahora se confirmó que irá a juicio figura acusado de "comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas destinadas al consumidor en concurso ideal con tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas al consumidor". Registra antecedentes penales computables, ya que anteriormente había sido condenado por otra infracción a la Ley 23.737 y, también, por un homicidio ocurrido en Azul en agosto de 2005.

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Está en la Unidad 7. De nacionalidad paraguaya, había sido aprehendido en Azul por personal policial el 30 de agosto de 2024, cuando guiaba una Renault Duster en cuyo interior se encontró la droga. En lo resuelto se menciona que el encausado poseía con fines de comercialización el ladrillo de cocaína que le fuera incautado.

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