31 de marzo de 2026

LO JUZGÓ UN JURADO POPULAR

LO JUZGÓ UN JURADO POPULAR. Un azuleño fue condenado a una pena única: seis años y tres meses de prisión

Autor de un caso de violencia de género en perjuicio de la mujer que fue su pareja, los ciudadanos que intervinieron en este debate sólo lo declararon "culpable" del delito de "privación ilegítima de la libertad agravada por violencia o amenazas". El hombre había llegado al proceso acusado también del intento de femicidio de la víctima. Pero para los civiles no quedó demostrado que el encausado cometiera ese otro ilícito. Una condena que ya registraba se tradujo en el dictado de la pena unificada que lo sigue teniendo privado de su libertad.

Pablo César Silva es azuleño, tiene 56 años y está privado de su libertad desde el 12 de mayo de 2023 por un caso de violencia de género que, aquel día en que policías lo aprehendieron, había tenido como víctima a la mujer que fue su pareja.

Este jueves que pasó, tras haber escogido que por lo ocurrido lo juzgara un jurado de civiles, fue sentenciado a "cuatro años y seis meses de prisión" por el hecho tratado en ese debate. Y en el mismo proceso, considerando que ya poseía una condena anterior -pero de prisión en suspenso y a dos años y tres meses, la cual le fuera dictada en un juzgado Correccional en junio de 2022- recibió también una pena única de seis años y tres meses de prisión comprensiva de ambas sanciones.

Eso implicó, además, que le fuera revocada la condicionalidad de la primera condena que registraba.

En el marco de lo que fuera este debate -que había comenzado a desarrollarse días pasados en el Palacio de Justicia de Azul y contó con la intervención, desde el Tribunal Oral en lo Criminal número 2, de la jueza Karina Gennuso- el encausado llegó al proceso acusado de más delitos.

Además del ilícito de privación ilegítima de la libertad agravada por violencia o amenazas por el que terminó siendo declarado "culpable", en el inicio de este juicio con jurados se le atribuía haber cometido un intento de femicidio aquel 12 de mayo de 2023 en que agredió a la víctima en un inmueble de Azul.

Pero el jurado de civiles, cuando anunciara días atrás el veredicto para el azuleño, sólo le atribuyó responsabilidad a título penal en lo ocurrido por el delito ya mencionado.

Si bien los ciudadanos que intervienen en este tipo de debates no hacen públicos los fundamentos de las decisiones a las que arriban, considerando el resultado del proceso quedó descartado que el agresor haya actuado con dolo homicida cuando, aquel día en que cometió este ataque, intentó también ahorcar a su pareja con una pequeña cadena que -según se describía en las actuaciones penales iniciadas por este caso de violencia de género- se trató de "una linga de acero plateada, confeccionada de argollas entrelazadas con dos esmerillones en uno de sus extremos".

Ese elemento personal policial lo incautó en la vivienda convertida en escenario de este incidente aquel 12 de mayo de 2023 en que también se hiciera efectiva la aprehensión del agresor.

El hecho y lo que se resolvió

Poco antes de la medianoche de ese día referido, a través de lo investigado se había determinado que Silva se hizo presente en la casa donde la víctima residía con el hijo menor de edad que ambos tienen: un nene que se convirtió en el principal testigo de lo sucedido.

Lo primero que hizo el condenado en este juicio con jurados fue agredir a la madre de su hijo, causándole diferentes lesiones por las que después esa mujer -que declaró en el debate- tuvo que ser llevada al Hospital Pintos para recibir asistencia.

Silva utilizó esa cadena que luego le sería incautada. Y teniéndola enrollada en una de sus manos, la usó para darle trompadas a su pareja mientras la insultaba y amenazaba.

Después también quiso ahorcarla; aunque la resistencia que opuso la víctima evitó que su agresor lograra asfixiarla.

Mientras era atacada, la mujer logró salir de su casa a la calle para pedir auxilio. Pero Silva la persiguió y la introdujo nuevamente en el interior del inmueble por la fuerza, hasta que la llegada de efectivos del Comando de Patrullas de Azul derivó en su arresto, a pesar de la oposición que evidenciara al accionar de los policías, quienes finalmente lograron reducirlo y esposarlo para trasladarlo en carácter de aprehendido a la Seccional Primera local.

Marcelo Fernández, el titular de la Fiscalía especializada en Violencia Familiar y de Género, llevó adelante la instrucción de esta causa por la que a Pablo César Silva le imputó los delitos de "amenazas, lesiones leves agravadas, privación ilegítima de la libertad agravada y homicidio calificado por ser cometido contra una mujer mediando violencia de género en grado de tentativa, todo ello en concurso real".

Ese mismo Fiscal representó a la Acusación en el juicio, buscando -a través de la hipótesis planteada- que el autor de estos hechos de violencia de género fuera declarado por el jurado "culpable" de la totalidad de los delitos que le atribuyera durante la tramitación del sumario penal.

Pero, tal lo ya referido, los civiles concluyeron que Silva debía ser condenado sólo por haber privado de la libertad a la víctima ejerciendo violencia sobre ella. Y por amenazarla mientras aquella dramática situación sucedía.

Considerando lo concluido por el jurado, la jueza Gennuso le impuso hace tres días las mencionadas penas al agresor, que continúa privado de su libertad.

Viviana Spitale y Santiago Etchetto fueron los abogados que "actuaron en forma conjunta en la defensa del imputado", según se menciona en el fallo.

Entre las varias hipótesis escuchadas en el debate, finalmente prosperó una de las impulsadas por la Defensa Particular de Silva, que indicaba que la Acusación no había podido demostrar que el agresor haya tenido intención de matar a su pareja cuando utilizó la cadena para ahorcarla.

Considerando lo referido en lo resuelto, aquel día en que el azuleño atacó a la madre de su hijo "privó arbitraria e ilegalmente" a esa mujer "de su libertad personal, impidiéndole retirarse del lugar donde se hallaba o trasladándola en contra de su voluntad y, además, concretó esa conducta mediante el uso de la violencia física y de la intimidación o amenaza".

El dato

"El marco de violencia de género en que tuvieron lugar los sucesos"; "el alto grado de disvalor de la conducta desplegada por el causante"; "la intensa afectación" que sufrió su pequeño hijo al presenciar lo ocurrido y "el desprecio de Silva por la seria advertencia que constituía la condena anterior de prisión en suspenso" que registraba al momento de ser sometido a este debate fueron circunstancias agravantes valoradas para el agresor por parte de la Jueza que lo condenó.

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