19 de diciembre de 2013
Un juicio oral desarrollado días pasados en un Juzgado Correccional local derivó en la absolución de un locutor, conductor y animador azuleño, quien había llegado a este proceso acusado de haber golpeado a otro hombre, según informaron ayer fuentes judiciales.
Escenario de este debate había sido el Juzgado Correccional número 1 que está a cargo del Dr. Aníbal Álvarez, resultando absuelto en el mencionado proceso un hombre llamado Juan Jesús Diorio, de 54 años de edad.
Diorio -habitual animador de la Fiesta de la Vaca y también conductor del ciclo televisivo "Fiesta Popular", que se emite por el canal de cable Somos Azul- había sido acusado del delito "lesiones leves".
Pero el beneficio de la duda y la versión dada en el debate por su hija sobre el incidente que el hombre protagonizara y fuera materia de este juicio, un hecho durante el cual habría sido víctima de una agresión ilegítima, hicieron que el magistrado se inclinara finalmente a favor de la absolución del imputado.
El 23 de marzo del año pasado ocurrió el hecho que fuera tratado en este juicio oral.
Ese día, en horas de la mañana, en las afueras de una agencia de autos que está en la prolongación Norte de la Avenida 25 de Mayo el propietario del local, un hombre llamado Oscar Pedro Castañares, protagonizó "un altercado con intercambio de golpes de puño" con Diorio.
Como resultado de ese incidente, Castañares resultó con lesiones de carácter leve que estuvieron localizadas en su rostro.
El juez Álvarez, según aclaró en el fallo, hizo una modificación a cómo el hecho fuera descripto en principio, al hacer referencia a "un altercado con intercambio de golpes y no a una acción unilateral desarrollada por el imputado".
En ese contexto, la Defensa de Diorio había señalado en su alegato que el hombre había actuado amparado en una causa justificada ante una agresión.
La pelea entre Castañares y el imputado que fuera absuelto había tenido su origen en el reclamo de un pago de unos cheques sin fondos por la venta de un auto que le hacía el denunciante del caso, al tiempo que Diorio le reclamaba por la documentación de dicho vehículo.
Mientras que Castañares contó que aquel día Diorio lo atacó, la versión de la hija del imputado, que presenció el hecho, fue bien distinta, ya que -según declaró en el debate- su padre fue insultado y agredido por el hombre que tiempo atrás le había vendido el auto.
Según el juez, el examen de los testimonios en torno a cómo el hecho se produjo permitió conocer dos versiones completamente diferentes.
Por un lado, la del hombre que en principio figuraba como víctima de esta agresión y, por el otro, la brindada por la hija de Diorio.
"El examen de las referidas declaraciones permite observar la existencia de dos versiones, una, la brindada por el denunciante Castañares, quien sostiene que fue agredido por Diorio, y la restante, dada por la hija del imputado, de la que surgiría que fue el denunciante quien primeramente agredió al imputado, y que éste sólo se defendió", escribió el juez Álvarez en el fallo.
"La apuntada orfandad probatoria, que no permite descartar la versión dada por la hija del imputado, determina que, en virtud de lo establecido en el Artículo 1 del Código Procesal Penal, deba estarse a lo que resulte más favorable al imputado", continuó diciendo el magistrado.
"Siendo así, y teniendo por válida la versión brindada por Carina Gabriela Diorio, considero que la conducta del causante se encontraría amparada por la justificante de la Legítima Defensa, ya que no habría existido provocación de su parte; estaría siendo víctima de una agresión ilegítima que no había cesado, y el medio empleado -golpes de puño- sería racional".
"A ello cabe agregar que si bien la existencia de las lesiones sufridas por Castañares fue acreditada por los dichos del médico que lo examinó -y también por dos testigos de la pelea- y las que habría sufrido Diorio sólo fueron mencionadas por su hija, lo cierto es que para la configuración de la causal de justificación sólo se requiere la existencia de la agresión, no siendo necesario que mediante ella se lesionara al destinatario de la misma".
Sobre la base de estas consideraciones hechas por el funcionario judicial, y también por el beneficio de la duda, Diorio fue absuelto del delito de "lesiones leves" que se le imputó en este juicio.
El torneo de Primera División, organizado por la Liga de Fútbol de Azul, afrontará mañana una jornada decisiva con la disputa de la duodécima fecha. La programación se adelantó por el Día de la Madre y tendrá varios encuentros importantes, tanto en la pelea por el liderazgo como en la lucha por ingresar a los cuartos de final.
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