18 de junio de 2020
Lo anunció el presidente Alberto Fernández. La medida comenzará a regir desde el viernes con el fin de restringir la circulación de personas.
El presidente Alberto Fernández anunció anoche que a partir del viernes caducarán todos los permisos vigentes de usuarios del transporte público para garantizar que sólo viajen los trabajadores esenciales, y abogó por restringir la circulación en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) ante el aumento de casos de coronavirus.
"A partir de las 0 horas de mañana, solamente van a poder utilizar el transporte público los que sean trabajadores esenciales, y van a caducar los permisos en las aplicaciones", anticipó el mandatario.
Si bien esta medida ya estaba en vigencia, el gobierno decidió que todos los usuarios que sean trabajadores esenciales vuelvan a tramitar sus permisos, para un mayor control debido al incremento de la circulación entre el conurbano y la ciudad de Buenos Aires.
Tras el anuncio, que tuvo como marco una entrevista por Telefé Noticias, fuentes oficiales indicaron que mañana se informará cómo se instrumentará el trámite para la revalidación del permiso de los trabajadores esenciales.
Fernández sostuvo que acordó esta medida junto al gobernador bonaerense, Axel Kicillof, y el vicejefe de Gobierno porteño, Diego Santilli, durante la reunión que mantuvieron ayer en Olivos, donde los tres coincidieron en que "lo que pasa en la Ciudad es exactamente igual a lo que pasa en la provincia de Buenos Aires".
El jefe de Estado justificó esta decisión ante la necesidad de hacer "entender" a la sociedad que "la circulación potencia el riesgo y el contagio", además de que "la mayor preocupación viene porque hay un mayor nivel de ocupación de camas" en el sistema de salud por "enfermedades propias del invierno".
"El 95% de coronavirus está concentrado en el AMBA, y cuando aumentó la circulación, aumentaron los contagios", enfatizó Fernández durante una entrevista concedida al canal Telefe.
El mandatario definió el encuentro en Olivos como "muy fructífero" y aseguró con ironía que "lo que falta" entre los mandatarios de las tres jurisdicciones es "tensión", en respuesta a los medios que hoy hablaban de tirantez en ese encuentro.
El jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, no asistió a la reunión como medida de prevención después de haber compartido un almuerzo, la semana pasada, con la exgobernadora bonaerense María Eugenia Vidal, quien ayer fue diagnosticada con coronavirus.
Fernández señaló que ante el crecimiento de los casos lo que queda es "protegernos y tratar de evitar el contacto humano" e insistió en que "en la medida que podamos quedarnos en casa, es el mejor remedio".
Como parte de la medida que comenzará a regir el viernes, se reforzarán a través del Ministerio de Seguridad y las fuerzas de cada jurisdicción los controles para garantizar que solamente podrán utilizar el transporte público los trabajadores esenciales, sin excepción.
Carácter de esencial: las 24 actividades contempladas en el Decreto 297/2020 (https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/aislamiento/exceptuados). El resto de los trabajadores (exceptuados) pueden seguir circulando e ir a trabajar. Pero no pueden tomar transporte público. Quien administra y modificará y dará de baja los no esenciales es la Secretaría de Innovación, dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros. Quien controla los permisos son las fuerzas de seguridad de la Nación y las diferentes jurisdicciones.
Los trabajadores esenciales son (incluye casos de fuerza mayor):
(Decreto 297/2020 - ARTÍCULO 6º.)- Quedan exceptuadas del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios:
1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
10. Personal afectado a obra pública.
11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
20. Servicios de lavandería.
21. Servicios postales y de distribución de paquetería.
22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
24. S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
El torneo de Primera División, organizado por la Liga de Fútbol de Azul, afrontará mañana una jornada decisiva con la disputa de la duodécima fecha. La programación se adelantó por el Día de la Madre y tendrá varios encuentros importantes, tanto en la pelea por el liderazgo como en la lucha por ingresar a los cuartos de final.
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