9 de febrero de 2018
En mayo del año pasado un jurado popular había declarado “culpable” del crimen a un changarín y un juez después lo condenó a prisión perpetua. Lo ahora dispuesto desde la Sala Cuarta del Tribunal de Alzada fue en respuesta a un recurso de apelación presentado por el Defensor Oficial del imputado, que fue rechazado “por improcedente”. La víctima había sido hallada asesinada en el Monte Zabalza de Chillar en agosto de 2015. Era la ex concubina del autor de este brutal homicidio.
Luis Ángel Torres, el autor de este femicidio ocurrido en Chillar. Casación confirmó el fallo que lo había condenado, en mayo del año pasado, a prisión perpetua por el crimen de su ex pareja.
NACHO CORREA/ARCHIVO/EL TIEMPO
El Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó el fallo que el año pasado condenó a prisión perpetua a un hombre al que un jurado popular había declarado “culpable” de asesinar a su ex concubina, femicidio ocurrido en el Monte Zabalza de Chillar a fines de julio del año 2015.
De acuerdo con lo referido ayer a EL TIEMPO por fuentes judiciales, la ratificación de lo que había sido aquel dictamen de primera instancia fue en respuesta a un recurso de apelación presentado por el Defensor Oficial del autor de este brutal homicidio ante el Tribunal de Alzada con sede en La Plata.
En la causa intervinieron los jueces Mario Kohan y Carlos Natiello, integrantes de la Sala Cuarta, quienes el pasado martes rechazaron “por improcedente” ese recurso que a favor del encausado había presentado el defensor Oficial Martín Marcelli.
Luis Ángel Torres tiene 62 años y está preso desde agosto de 2015, cuando el cadáver de su ex concubina, que se llamaba Nancy Beatriz González, fue hallado en el Monte Zabalza de Chillar.
En mayo del año pasado había sido sometido a un juicio con jurados en el Palacio de Justicia local, debate donde fue representado por el mismo Defensor Oficial que después apeló ante Casación lo dispuesto en aquella primera instancia.
El rechazo a los argumentos planteados por el abogado Marcelli para revertir aquel fallo con veredicto condenatorio para su defendido implicó, al mismo tiempo, que los dos jueces de la Sala Cuarta del Tribunal de Alzada confirmaran en todos sus términos lo que en aquel debate realizado el año pasado había dispuesto ese jurado integrado por doce ciudadanos que declaró “culpable” a Torres por el femicidio de su ex pareja.
Eso después se tradujo en que el juez Gustavo Borghi, que en representación del TOC 1 de Azul intervino en el juicio, condenara al changarín a la ya mencionada pena de prisión perpetua.
Para declararlo “culpable”, el jurado había considerado a Torres autor de un delito continuado de secuestro coactivo agravado por haber logrado su propósito y homicidio triplemente calificado, por su comisión respecto a la persona con quien mantuvo una relación de pareja, con alevosía y por la perpetración de un hombre contra una mujer mediando violencia de género, en concurso real de acciones.
Y una semana después a que se anunciara ese veredicto, el 16 de mayo del año pasado se conoció el fallo del juez Borghi donde el changarín chillarense era condenado a prisión perpetua, la misma pena que había solicitado el fiscal del debate, Guillermo Vaticano, cuando días antes se realizó la audiencia de cesura de ese juicio con jurados.
En esa audiencia el defensor Oficial Marcelli esgrimió los mismos argumentos con los cuales después apeló el fallo en Casación que el pasado martes fue rechazado por los jueces de la Sala Cuarta.
El funcionario judicial sostenía que su defendido era inimputable. Y también había objetado, por considerarla “anticonstitucional”, a esa pena de prisión perpetua que le fuera dictada como autor de este femicidio.
Pero ambos argumentos tampoco prosperaron en esta segunda instancia.
Teniendo en cuenta lo expresado en el debate por la psicóloga y la psiquiatra que intervinieron como peritos en la causa penal, para rechazar una de las manifestaciones esgrimidas por el Defensor Oficial en el recurso los jueces de Casación escribieron: “Sin perjuicio de observar un nivel moderado de disfunción en la actividad mediacional, ello no implicaba que Torres tuviera alguna incapacidad que le hiciera no poder comprender lo que estaba ocurriendo. Es decir, que no pudiera comprender la criminalidad de su conducta y dirigirla”.
El dato
Al igual que en primera instancia, en Casación también fue desestimado ese planteo de inconstitucionalidad de la Defensa por la pena impuesta a Torres, sanción que actualmente lo tiene preso en la Unidad 2, una de las cárceles del SPB que está en Sierra Chica.
El torneo de Primera División, organizado por la Liga de Fútbol de Azul, afrontará mañana una jornada decisiva con la disputa de la duodécima fecha. La programación se adelantó por el Día de la Madre y tendrá varios encuentros importantes, tanto en la pelea por el liderazgo como en la lucha por ingresar a los cuartos de final.
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