18 de julio de 2015
Un juicio abreviado tramitado días pasados en un Tribunal azuleño finalizó con las condenas para tres colombianos que habían cometido un robo en una casa que está en General Alvear, aprovechando que en ese momento no había nadie, y que ese mismo día -en septiembre del año pasado- intentaron hacer lo mismo en una vivienda de Tapalqué, aunque instantes después de ocurrido ese segundo ilícito todos ellos habían sido aprehendidos.
La jueza Alejandra Raverta, desde el Tribunal Oral en lo Criminal número 2, intervino en este proceso donde uno de los encausados fue condenado a una pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento.
A los demás implicados en estos hechos les impusieron respectivas condenas de tres años y dos meses de prisión. En ambos casos, esas penas fueron de carácter único, ya que registraban antecedentes penales computables, según se indicó en el fallo.
En ese juicio abreviado tramitado a través del TOC 2 los encausados fueron hallados coautores de los delitos robo agravado por su comisión con efracción -por el hecho ocurrido en General Alvear- y robo agravado por su comisión con efracción en grado de tentativa -en este caso perpetrado en una vivienda de Tapalqué- en concurso real.
El colombiano condenado a tres años de prisión fue identificado como Luis Eduardo Ninco Quesada, oriundo de Nueva Huila y de 30 años de edad.
Los otros dos, también nacidos en Nueva Huila, fueron identificados desde el Tribunal donde los juzgaron como Jonathan Vargas Roas, de 29 años de edad; y Franky Javier Vargas, de 32 años.
Ambos registraban, a modo de antecedente delictivo computable, una sanción de un mes de prisión en suspenso que les había sido impuesta desde un Juzgado de Dolores, condicionalidad que les fue revocada al ser condenados en este juicio abreviado por estos hechos ocurridos en General Alvear y Tapalqué.
“Escruches”
Bajo la modalidad delictiva conocida en la jerga policial como “escruche”, los colombianos condenados en este juicio abreviado ingresaron a robar a dos viviendas aprovechando que sus moradores no estaban, hechos que cometieron el 17 de septiembre del año pasado. Primero, en una casa ubicada en General Alvear. Después, en otra que está en Tapalqué, la ciudad donde finalmente ese mismo día los aprehendieron.
En cuanto a la existencia material del primer hecho, la jueza Raverta escribió en el fallo que los delincuentes desvalijaron una casa situada en la calle Pellegrini de General Alvear, propiedad de una mujer llamada Alicia Beatriz Páez, la damnificada por ese robo.
Ese ya señalado 17 de septiembre del año pasado, entre las 9.30 y las 11.15 horas -lapso de tiempo en el que los delincuentes cometieron el robo- en la casa no había nadie.
Mientras que uno de los colombianos condenados en este juicio ingresó a la vivienda luego de violentar y romper la ventana del comedor, los otros lo aguardaron en el auto en el que se movilizaban ese día, un Fiat Idea.
El robo consistió en el apoderamiento ilegítimo de varias alhajas, dinero en efectivo y otros efectos personales de la dueña de la casa.
Luego de ese primer ilícito, los tres colombianos condenados en este juicio abreviado se dirigieron en el auto en el que andaban hasta Tapalqué, ciudad en la que llevaron a cabo un episodio delictivo similar, aunque instantes después todos fueron aprehendidos.
Ese segundo robo se produjo en una casa situada en Cazenave Mirande entre Alem y Almafuerte de Tapalqué. En momentos que no había nadie, uno de los colombianos rompió el vidrio de una ventana de la propiedad para ingresar a cometer el ilícito.
Joyas fueron los elementos que intentaron sustraer en esa casa propiedad de una mujer llamada María Andrea Díaz.
Pero en esa segunda oportunidad no pudieron consumar el robo, ya que en cercanías del lugar uno de los ladrones fue interceptado por un civil. Y a los otros dos los aprehendieron, en una estación de servicio situada sobre la Ruta 51, después de que el auto en el que se daban a la fuga se despistó.
Autorías demostradas
Las autorías en estos hechos de los tres colombianos condenados quedaron demostradas en “la circunstancia de haber sido aprehendidos escasas horas después en la ciudad de Tapalqué al momento que cometían el ilícito (de idéntico modo de comisión al que resultara víctima Alicia Páez) donde resultara víctima Andrea Marina Díaz”, sostuvo la jueza Raverta en la resolución.
Otro indicio de autoría valorado para condenar a los encausados estuvo relacionado con la “inmediatez” entre el robo en Alvear y el intento de robo en Tapalqué, siendo en esa segunda ocasión “la misma modalidad desplegada, aprovechando la ausencia de moradores y violentando y rompiendo una de las ventanas para poder acceder a las viviendas”, indicó la magistrada que intervino en este juicio abreviado.
“De todo lo expuesto -escribió también en el fallo la Dra. Raverta- considero que existió un plan común entre los imputados, con una distribución de roles. Entiendo que los tres sujetos se pusieron de acuerdo con anterioridad al hecho, paro una vez cometido el mismo intentar asegurar la evasión del lugar de una manera rápida. Ello lleva a interpretar la existencia de un acuerdo previo, y su posterior ejecución, propio de la coautoría funcional; por lo que considero que Luis Eduardo Ninco Quesada, Jonathan Vargas Roas y Franky Javier Vargas, han sido coautores penalmente responsables de los hechos descriptos”.
Como agravantes para los tres condenados se valoraron las siguientes circunstancias: “La organización previa para el obrar delictual y la actitud evasiva manifestada luego de haber ocurrido los hechos”.
El torneo de Primera División, organizado por la Liga de Fútbol de Azul, afrontará mañana una jornada decisiva con la disputa de la duodécima fecha. La programación se adelantó por el Día de la Madre y tendrá varios encuentros importantes, tanto en la pelea por el liderazgo como en la lucha por ingresar a los cuartos de final.
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