10 de mayo de 2015

. "Con esta medida se intenta evitar que el enfermo vea agravado su estado de salud"

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Lo afirmó en su dictamen la jueza que el pasado martes le otorgó ese beneficio al ex titular del Sindicato de Trabajadores Municipales de Azul, que ahora cumple en su casa esa pena de cinco años de prisión que le impusieran como autor de varias estafas y otro tipo de defraudaciones. La medida todavía no está firme y desde la Fiscalía actuante en el caso ya se adelantó que será apelada.

 

Para la Jueza de Ejecución que el martes pasado le otorgó el arresto domiciliario a Omar Varela, que debe cumplir una pena de cinco años de prisión por varias estafas y otras defraudaciones, existen elementos que demuestran “debidamente” que el ex titular del Sindicato de Trabajadores Municipales de Azul “presenta un cuadro médico complejo, con serios riesgos de sufrir complicaciones”.

En su dictamen la jueza Adriana Bianco -titular del Juzgado de Ejecución Penal número 2 perteneciente al Departamento Judicial Azul y que funciona en la ciudad de General Alvear- tuvo en cuenta también para otorgarle el arresto domiciliario a Varela que desde la comisión del hecho y el dictado de la sentencia para el gremialista transcurrieron varios años, tiempo durante el cual estuvo en libertad “mostrando un estricto cumplimiento a las condiciones oportunamente impuestas”.

Esas condiciones a las que la funcionaria judicial se refirió tienen que ver con que, más allá de la condena que Omar Varela recibiera, primero de seis años de prisión y luego -apelaciones mediante- reducida a cinco años de cárcel, quien fuera Secretario General del Sindicato de Trabajadores Municipales de Azul estuvo en todo momento en esta ciudad y nunca se fugó.

Con esos y otros antecedentes valorados, la Jueza de Ejecución concluyó: “Entiendo que en el caso de autos se encuentran dadas las condiciones de hecho para que el penado pueda acceder al beneficio del arresto domiciliario, remitiendo a consideraciones eminentemente humanitarias, consagradas con máxima jerarquía normativa en nuestro ordenamiento jurídico”.

Y así fue que el martes pasado resolvió concederle al gremialista de 61 años de edad la prisión domiciliaria.

La medida se hizo efectiva ese mismo día, cuando Omar Varela fue trasladado desde el Hospital Municipal “Dr. Héctor Cura” de la ciudad de Olavarría, el centro asistencial donde estaba internado a causa de los problemas cardíacos que padece, hasta su casa en esta ciudad.

De esa manera, actualmente se encuentra cumpliendo en su vivienda con esa ya señalada pena de cinco años de prisión por aquellas estafas y otro tipo de defraudaciones que, según quedara probado en un juicio que se hizo en Azul en el año 2009, cometió contra afiliados al gremio que conducía, al hacerles contraer préstamos con una financiera, los cuales luego nunca fueron pagados e implicaron que a esos trabajadores municipales les embargaran sus sueldos.

La resolución implica que Varela debe permanecer ahora en su casa ubicada en la calle Honduras del Barrio Dorrego, “de donde no podrá ausentarse” sin la autorización expresa de la misma jueza que le ha otorgado este arresto domiciliario.

El Patronato de Liberados y la Seccional Primera de Policía de Azul son ahora quienes deben supervisar en forma conjunta “el fiel cumplimiento de las pautas impuestas, informando mensualmente a estos Estrados, tal circunstancia”.

Además, la jueza Bianco dispuso que Omar Varela “deberá tener asistencia psicológica regular y, en caso de necesitarlo, asistencia psiquiátrica”.

No está firme

A pesar de que Omar Varela ya está en su casa, la medida dispuesta por la jueza Adriana Bianco todavía no está firme. Y no adquirirá rango de firmeza en lo inmediato porque, según señalaron fuentes judiciales a EL TIEMPO, el arresto domiciliario del gremialista será apelado desde la fiscalía actuante en el caso, la que está a cargo del Dr. Javier Barda.

Ni bien el pedido de arresto domiciliario había sido presentado por el abogado defensor de Varela -el Dr. Daniel Pérez Guedes- en el Juzgado de Ejecución a cargo de la Dra. Bianco, el fiscal Barda se opuso a esa medida.

Y teniendo en cuenta lo dispuesto el pasado martes por la funcionaria judicial,  se ha decidido apelar en el transcurso de los próximos días, ante la Cámara Penal, el arresto domiciliario del gremialista.

En diciembre del año 2009 el Tribunal Oral en lo Criminal de Tandil, integrado por los jueces Pablo Galli, Guillermo Arecha y Cecilia Desiata, durante un juicio que se hiciera en Azul, había condenado a Omar Varela a una pena de seis años de prisión como autor penalmente responsable de treinta y nueve hechos de estafa y seis hechos de defraudación por retención indebida, en concurso real.

Pero pasaron varios años y un sinfín de apelaciones ante diferentes instancias judiciales, que incluyeron hasta la Corte Suprema de Justicia, para que ese fallo quedara firme.

Según lo mencionado por la jueza Adriana Bianco en su dictamen, esa sentencia adquirió rango de firmeza recién el 17 de julio del año 2013.

Para aquel entonces, el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, al confirmar parcialmente el fallo de primera instancia al año siguiente de realizado el juicio en Azul, le había reducido la condena al gremialista a cinco años de prisión.

Lo concreto fue que recién el 11 de marzo de este año Omar Varela fue detenido para cumplir con la pena impuesta.

La orden había sido dispuesta, al comprobarse que la condena ya estaba firme, por el mismo Tribunal de Tandil que lo había juzgado en primera instancia.

Aquel día el ex titular del STMA fue detenido cuando regresaba a su casa. E inmediatamente lo trasladaron a la comisaría primera local.

La idea era que desde la seccional policial ubicada en una de las esquinas de Belgrano y Las Flores se hiciera efectivo su traslado a una unidad penal.

Pero Varela nunca pudo ser remitido a una cárcel. A poco de haber sido llevado a la comisaría primera, sufrió una descompensación a causa de los problemas cardíacos que padece. Y eso derivó en que los médicos que lo atendieron aquel día concluyeran que lo mejor para él era trasladarlo a un centro asistencial de salud.

Contando con el aval del Tribunal que había dispuesto su detención, Varela pasó su primera noche, en carácter de penado, privado de la libertad y con custodia policial en el Sanatorio Azul.

Desde la clínica privada situada en una de las esquinas de Lavalle y Mitre, en los días siguientes se decidió trasladarlo al Hospital Municipal “Dr. Héctor Cura”.

Y en ese centro asistencial municipal de la vecina ciudad de Olavarría estuvo internado, también preso y con custodia policial, hasta que el pasado martes la jueza de Ejecución que ahora interviene en su situación le otorgó ese arresto domiciliario que está cumpliendo, teniendo en cuenta para ello el estado de salud que presenta, con antecedentes cardíacos que datan desde años atrás y que -incluso- lo llevaron a que sufriera un infarto.

Evitar que su estado de salud se agrave

Todos esos antecedentes cardíacos fueron valorados por la jueza Bianco para inclinarse finalmente por otorgarle el arresto domiciliario.

Incluso, mientras estaba en el Hospital Cura de Olavarría, Varela fue traído a Azul para que en la Asesoría Pericial, el pasado 10 de abril, lo sometieran a una pericia médica.

El informe del médico que lo revisó no indicaba que, en caso de que lo trasladaran a la cárcel, su situación podría empeorar.

“El representante del Ministerio Público Fiscal en el responde a la vista conferida, se opone a la concesión de la prisión domiciliaria, por no cumplimentar ninguno de los supuestos previstos por el Artículo 10 del Código Penal. Funda lo expuesto, en razón que si bien el causante padece una enfermedad, constatada por el perito médico Dr. Soriani, concluye que no están dadas las condiciones para el otorgamiento de la prisión domiciliaria, considerando que la patología que presenta puede ser tratada directamente en la Unidad Penitenciaria, no siendo necesario continuar con la internación hospitalaria, por encontrarse actualmente compensado”, citó la jueza en el dictamen.

Y después señaló: “Analizando el presente caso advierto a priori, que de los antecedentes médicos del penado, reseñados por el perito médico Dr. Soriani, de los cuales se colige, como bien lo advierte el Fiscal la existencia de una enfermedad cardiaca, no se desprende como deducción lógica y razonada la conclusión arribada, ya que el único argumento acogido para definir "que no están cumplidas las previsiones del Artículo 10 del CP" resultaría su afirmación que no hay indicación quirúrgica de urgencia, soslayando los antecedentes arduo citados por el mismo”.

Más adelante, citó lo mencionado en otro caso por la Cámara de Apelación  y Garantías en lo Penal de Azul: “Asimismo, es necesario destacar que es el órgano jurisdiccional y no el perito médico quien se encuentra facultado, exclusiva y excluyentemente, a decidir si se encuentran reunidas las condiciones que la ley penal reclama para la incorporación del encartado a un beneficio como el que se reclama”.

Y agregó la Dra. Bianco: “No es requisito sine qua non para la concesión de este beneficio que el interno se encuentre con un diagnóstico de muerte segura, sino que, por el contrario, lo que con esta medida se intenta evitar es que el enfermo vea agravado su estado de salud”.

“En el presente caso, ha quedado debidamente acreditado que Varela Blando presenta un cuadro médico complejo, con serios riesgos de sufrir complicaciones”, lo que para la jueza derivó en que lo más adecuado era que esa pena de cinco años de prisión ahora la cumpla en su casa, bajo la modalidad de ese arresto domiciliario que le ha concedido.

 

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