AYER SE ANUNCIÓ LA PENA
El pasado 11 de julio un jurado de civiles lo declaró "culpable" de estos hechos, que quedaron definidos por el delito de "abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la convivencia preexistente con la menor y por ser el encargado de la guarda". Como situaciones potenciadoras de la sanción que el militar encausado recibió, el Juez que intervino en este debate hizo alusión a varias circunstancias. Entre ellas, la escasa edad que la víctima tenía cuando comenzó a ser abusada y las secuelas que padeció.
2 de agosto de 2024
El militar al que semanas atrás un jurado declaró "culpable" de haber abusado sexualmente en varias ocasiones de una menor de edad fue sentenciado ayer a trece años de prisión.
La pena para el encausado se anunció en horas del mediodía desde el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 con sede en el Palacio de Justicia local y se la impuso Martín Céspedes, el juez que intervino en este juicio con jurados que había comenzado a desarrollarse el mes anterior.
El azuleño condenado en esta primera instancia había sido identificado por voceros allegados a la tramitación de esa causa penal convertida en materia de un debate como Juan Alejandro Bermúdez.
Tal lo que EL TIEMPO ha venido informando con relación al caso, actualmente tiene 32 años de edad y desempeñaba tareas como suboficial en el Ejército cuando, luego de que fuera denunciado por lo ocurrido, había sido detenido en esta ciudad.
Aquella medida cautelar la llevaron a cabo policías de la DDI Azul el 13 de julio de 2022 y desde aquel entonces Bermúdez permanece privado de su libertad.
Actualmente sigue preso en la Unidad 2, una de las cárceles del SPB situada en la localidad olavarriense de Sierra Chica.
Pero tras conocerse lo que fuera ese veredicto de culpabilidad para él por estos hechos y la pena impuesta ayer, ahora sobre el militar pesa un fallo de primera instancia de carácter condenatorio.
Contando con el encuadre a título penal que el jurado de civiles hiciera el pasado 11 de julio al declararlo autor de los episodios tratados en el debate, cuando este jueves se conoció que Bermúdez era sentenciado a esos trece años de prisión fue como autor de un caso de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la convivencia preexistente con la menor y por ser el encargado de la guarda de esa chica a la que convirtiera en víctima de lo sucedido.
Según quedó probado en este juicio, los abusos que Bermúdez cometió tuvieron como escenario un inmueble de Azul y se extendieron desde diciembre de 2019 hasta mayo de 2021.
Durante ese período de tiempo el condenado en esta primera instancia mantuvo un vínculo de pareja con la madre de la víctima.
De esa manera, convivía también con la menor y quedaba a su cuidado cada vez que la agredía sexualmente.
De acuerdo con lo demostrado también en el debate, al menos fue en diez ocasiones que el encausado sometió a la menor.
Para la época en que comenzó a sufrir esos hechos -que no implicaron que su agresor la accediera carnalmente; pero sí que la tocara en diferentes partes de su cuerpo, por debajo de su ropa y en contra de su voluntad- la chica tenía tan sólo once años de edad.
Adrián Peiretti, mismo fiscal que desde la UFI 13 instruyó este sumario penal, representó a la Acusación en el juicio. Y luego de que su hipótesis de lo sucedido fuera avalada por el jurado de civiles, durante la audiencia de cesura de este proceso había pedido que Bermúdez fuera sentenciado a dieciséis años de cárcel.
En tanto, en el debate patrocinó al militar el abogado olavarriense Marcelo Fuche, quien a través de su alegación final ante los doce ciudadanos que formaron parte del juicio como jurados intentó demostrar -sin lograrlo- la no culpabilidad de su cliente en este caso de abuso sexual.
En subsidio planteó que -de ser declarado culpable tal como finalmente sucedió- Bermúdez fuera considerado autor de un delito de abuso sexual menos grave a ese otro que el jurado avaló.
Además, durante la audiencia de cesura el Defensor Particular del militar había solicitado la imposición de un monto de pena inferior a esos trece años de prisión dictados ayer para su defendido.
Varias agravantes
En el fallo que se tradujo para el militar en que recibiera esos trece años de prisión como el autor de estos abusos en perjuicio de la menor, el juez Martín Céspedes tuvo en cuenta varias agravantes potenciadoras de la pena que le dictó al encausado.
A través de lo resuelto, el magistrado del TOC 1 hizo alusión a "la vulnerabilidad de la víctima"; quien "desde los 11 a los 13 años estuvo viviendo en un contexto de extrema agresión", ya que "además de ser sometida a constantes abusos" en un principio no podía referir lo que sufría porque "el propio imputado le manifestaba que no debía hablar" y la amenazaba, al expresarle que si lo hacía "le ocurriría algo a ella" o a demás miembros de su familia.
Las secuelas que la víctima padeció a causa de estos abusos fueron valoradas como otra agravante.
De esas situaciones especialistas habían dado cuenta durante el juicio, cuando fueron convocados para declarar en carácter de testigos.
"La violencia intrafamiliar" que la menor sufrió para el tiempo en que era abusada fue considerada como otra circunstancia que potenciaba el monto de la pena para el azuleño que la sometía sexualmente.
Sobre dicha cuestión también se hizo mención en lo resuelto, contando con lo que la propia víctima y familiares suyos declararan.
Esas versiones ubicaban a Bermúdez -algo que el mismo condenado también reconoció- como alguien que sometía a quienes convivían con él a "un régimen militar" para la época en que estos hechos ocurrieron, teniendo en cuenta que por su ocupación él "estaba acostumbrado" a eso.
"La escasa edad" de la chica cuando comenzó a sufrir estos abusos fue una agravante más a la que el juez Céspedes hizo mención en el fallo por el que ayer sentenció a trece años de prisión al encausado.
Al respecto, considerando que la víctima tenía once años al momento en que el militar la sometió sexualmente por primera vez, a causa de su desarrollo cognitivo en aquel entonces "sus posibilidades de defenderse fueron ampliamente inferiores" e implicaron "un alto grado de vulnerabilidad y una mayor dosis de injusto".
Finalmente, los antecedentes penales que el azuleño registra se tuvieron en cuenta también como otra agravante.
Años atrás Bermúdez había sido condenado a una pena de prisión en suspenso, tras haber amenazado a los padres biológicos de la menor a la que sometió sexualmente a través de esos abusos por los que ayer recibió trece años de prisión.
En tanto, como una única circunstancia atenuante el Juez del TOC 1 valoró para el militar "el buen concepto" que refirieron de él algunos de los testigos que pasaron por este debate.
El dato
Una vez que adquiera rango de firmeza este fallo, conforme con lo que estipula la ley deberán tomársele al militar condenado ayer "muestras o evidencias biológicas" para que figure inscripto en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados con los llamados "delitos contra la integridad sexual".
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