28 de junio de 2019
Voceros judiciales informaron que el condenado en esta primera instancia es un azuleño identificado como Cruz Emmanuel Santillán, actualmente de 30 años de edad.
Gustavo Borghi, uno de los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal número 1, intervino en este proceso donde el encausado fue hallado autor del delito de robo calificado por su comisión en poblado y en banda, agravado por su comisión con la intervención de menores de dieciocho años de edad, en grado de tentativa.
El hecho materia de este juicio abreviado había ocurrido el 20 de enero de 2013 y tuvo como escenario una vivienda que está ubicada en 9 de Julio entre Laprida y Comandante Franco.
En ese entonces dicho inmueble estaba desocupado y -según lo referido en el fallo- este intento de robo se produjo cuando era alrededor de la hora 18 del día ya mencionado.
El juez Borghi dio por acreditado que en esas circunstancias el encausado y “dos menores de dieciocho años de edad”, con quienes el hombre condenado en este proceso “se puso de acuerdo”, se hicieron presentes con fines de robo en la vivienda señalada.
Mientras que uno de los adolescentes se había subido al techo del inmueble para apoderarse de las chapas, los demás implicados en el ilícito “permanecieron en el interior del predio para asegurar el plan de acción programado”.
Pero aquella tarde no lograron consumar el robo, ya que la presencia de policías en el lugar derivó en que el hombre condenado y los dos menores de edad fueran aprehendidos.
El propietario del inmueble había expresado que el día en que el hecho se produjo recibió un llamado telefónico de un vecino, comunicación donde le informaba que “había ingresado gente a su domicilio”.
Según el testimonio del damnificado, uno de los menores implicados en ese intento de robo ocurrido en su vivienda era vecino suyo. Un adolescente al que, en ocasiones anteriores, ya había denunciado en varias oportunidades por la comisión de ilícitos similares que también había tenido como escenario a su propiedad.
La inexistencia de antecedentes condenatorios del imputado se convirtió para el juez que intervino en este juicio abreviado en una atenuante. Esa fue la única circunstancia que valoró el magistrado al momento de condenar en esta primera instancia a Santillán.
Dicha condena para el azuleño se dio “en virtud a lo acordado” por las partes que intervinieron en este proceso: el fiscal David Carballo y la defensora Oficial Mariana Mocciaro. También, sobre la base de lo dispuesto en el Artículo 399 del Código Procesal Penal, que establece que en un juicio abreviado “no se podrá imponer una sanción superior a la solicitada por el Fiscal”.
Por lo tanto, quedó fijada en esos “dos años de prisión de ejecución condicional y costas” la sanción para el hombre.
De la mano de esa pena de prisión en suspenso, el juez ordenó que cuando este fallo adquiera rango de firmeza Santillán, a modo de pautas de conducta y por el plazo de dos años, se someta al cuidado del Patronato de Liberados, se abstenga de usar estupefacientes, “de abusar de bebidas alcohólicas y de tener cualquier tipo de contacto con la víctima”.
El torneo de Primera División, organizado por la Liga de Fútbol de Azul, afrontará mañana una jornada decisiva con la disputa de la duodécima fecha. La programación se adelantó por el Día de la Madre y tendrá varios encuentros importantes, tanto en la pelea por el liderazgo como en la lucha por ingresar a los cuartos de final.
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