7 de septiembre de 2019
Un juicio abreviado finalizó con la condena para un transportista y mecánico azuleño a una pena de cuatro años y ocho meses de prisión, después de que fuera hallado autor de una infracción a la Ley de Estupefacientes.
Ese proceso se había tramitado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 con asiento en el Palacio de Justicia local y voceros judiciales identificaron al encausado y condenado en esta primera instancia como Cristian Andrés Abelenda, un hombre que actualmente tiene 35 años de edad.
Magdalena Forbes, jueza de Garantías que de manera subrogante está integrando el TOC 2, intervino en ese juicio abreviado donde el imputado fue hallado autor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas al consumidor.
Allanamiento y aprehensión
El 3 de octubre del año pasado Abelenda, alias “el Ruso”, había sido arrestado durante un allanamiento que policías realizaron en su domicilio, ubicado en la calle Libertad entre Salta y Amado Diab de Villa Piazza Norte.
Aquel día, poco antes de la hora 19, ese procedimiento sirvió para dar por demostrado en este proceso judicial que el hombre “tenía ilegítimamente bajo su guarda y disposición, con fines de comercialización en dosis fraccionadas”, varias dosis de cocaína.
Según lo mencionado en la resolución, envoltorios de nylon con ese tipo de sustancia estupefaciente se encontraron “arriba de una alacena”, los cuales en total arrojaron un peso de cinco gramos de cocaína.
Además, en una de las habitaciones del domicilio, arriba de un mueble, policías secuestraron una lata que tenía “trece envoltorios de nylon color blanco” con clorhidrato de cocaína. Esas pequeñas dosis, en total, habían pesado 8,9 gramos.
El procedimiento en el inmueble del mecánico y transportista ahora condenado en este juicio abreviado incluyó, además, que aquel día en que fue aprehendido se secuestraran dinero en efectivo y un teléfono celular. También, elementos presuntamente usados para fraccionar la droga. En este caso en particular, recortes de nylon y otros que fueron considerados “demostrativos de la ultrafinalidad de comercialización de estupefacientes con que era ilegítimamente poseída la droga” incautada aquel día en poder de Abelenda.
Desde mediados de noviembre de 2.017 se estaba llevando adelante una investigación penal desde la UFI 22 -en ese entonces a cargo del fiscal David Carballo- que ese día ya mencionado de octubre del año pasado derivó en el allanamiento y en la aprehensión del hombre que resultara condenado en este juicio abreviado.
Según declaraciones de policías incorporadas a esta investigación penal y mencionadas en el fallo, Abelenda vendía estupefacientes desde su domicilio. Además, en otras ocasiones, efectuaba la entrega de dicha droga a los consumidores “en lugares preacordados”.
Efectivos pertenecientes a la Delegación Departamental de Investigaciones de Tráfico de Drogas Ilícitas y Crimen Organizado de Azul habían realizado aquel procedimiento, ordenado en ese entonces por Juan José Suárez, el titular del Juzgado de Garantías número 3 con asiento en Tribunales.
“Una excusa”
Cuando el ahora condenado en esta primera instancia fue trasladado a sede judicial para ser indagado, en aquella audiencia declaró.
Según lo que se menciona en el fallo, en esa indagatoria afirmó que la droga secuestrada en su casa era “para consumo personal” y que esas dosis de cocaína incautadas en la habitación matrimonial no eran suyas ni de su esposa.
Pero la jueza que lo condenó recientemente, consideró a aquellos dichos del imputado como “una excusa”, ya que las evidencias reunidas en torno a esta investigación penal servían para demostrar con el grado de certeza requerido que el hombre se dedicaba a la venta de estupefacientes al menudeo.
Entre esas pruebas para condenar a este azuleño se hizo mención a observaciones de personal policial de los movimientos que se registraban en su casa, teniendo en cuenta que personas iban a comprarle la droga, y escuchas telefónicas.
Elementos ambos que, según la jueza Forbes escribió en el fallo, “dan cuenta claramente de que Abelenda tenía la sustancia estupefaciente para comercializarla, sin perjuicio de que, además, la consumiera”.
En cuanto a la calificación a escala penal otorgada a los hechos por los que el transportista fuera condenado -tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas al consumidor- en la resolución la magistrada que intervino en este juicio abreviado señaló: “Se ha justificado, sin lugar a dudas, la ultrafinalidad que la norma legal requiere”.
“No otra cosa -agregó Forbes- son las frases que se han receptado en las escuchas telefónicas en las que le preguntan a Abelenda si tiene algo para vender, la concertación de un precio y la forma de entrega”.
“Así también, contribuyen a justificar la ultrafinalidad típica las observaciones efectuadas por los funcionarios policiales” en esa vivienda después convertida en escenario del allanamiento que, en octubre del año pasado, derivó en la aprehensión del hombre condenado por esta infracción a la Ley 23.737.
El torneo de Primera División, organizado por la Liga de Fútbol de Azul, afrontará mañana una jornada decisiva con la disputa de la duodécima fecha. La programación se adelantó por el Día de la Madre y tendrá varios encuentros importantes, tanto en la pelea por el liderazgo como en la lucha por ingresar a los cuartos de final.
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