Le impusieron ayer esa pena por una sucesión de graves y aberrantes hechos que durante varios años ocurrieron en Tapalqué y también en Azul, los cuales tuvieron como víctima a una joven desde que era menor de edad. Al hombre, un tandilense de 46 años de edad, lo hallaron autor de los siguientes delitos: “estupro calificado por ser cometido por un ministro de un culto reconocido o no, reducción a la servidumbre, abuso sexual calificado por mediar acceso carnal contra una menor de dieciocho años y aprovechando la convivencia previa, corrupción de menores calificada por mediar violencias y amenazas y por ser cometido por la persona conviviente y desobediencia, todos en concurso real de acciones”. [gallery ids="87788,87790"]
Jorge Antonio Torres, el ex Testigo de Jehová que fue juzgado por cometer varios y graves delitos que tuvieron como víctima a una joven, fue condenado ayer en un Tribunal azuleño a una pena de
quince años de prisión.
En la sala del Tribunal Oral en lo Criminal número 2, la misma que fuera escenario de este proceso desde el pasado 1 de septiembre, minutos después de la hora 13 de ayer se leyó la parte resolutiva del veredicto condenatorio para este hombre, un tandilense de 46 años de edad que está preso desde agosto de 2013, cuando fuera detenido en Tapalqué al mes siguiente de que la víctima lo denunciara.
Actualmente de 20 años de edad, la joven que -luego de que fuera captada por Torres para la religión a la que el hombre pertenecía cuando ella era una adolescente- fue abusada sexualmente y reducida a la servidumbre, entre otros ilícitos, sí estuvo presente ayer en la sala escenario de este debate.
También estuvieron las partes, representadas en este caso por la fiscal Laura Margaretic y por el defensor del encausado, el penalista tandilense Mario Argeri.
La representante del Ministerio Público Fiscal había pedido en su alegato que Torres, actualmente preso en la Unidad 37 de Barker, fuera condenado a cuarenta y cinco años de prisión. El Defensor Particular, que lo absolvieran.
Pero para los jueces Gustavo Abudarham, Alejandra Raverta y Carlos Pagliere (h), que resolvieron por unanimidad todas y cada una de las cuestiones planteadas en el fallo, ninguno de ambos pedidos prosperaron.
Para los jueces no hubo “secuestro coactivo”Torres fue condenado como autor penalmente responsable de los siguientes delitos:
estupro calificado por ser cometido por un ministro de un culto reconocido o no, reducción a la servidumbre, abuso sexual calificado por mediar acceso carnal contra una menor de dieciocho años y aprovechando la convivencia previa, corrupción de menores calificada por mediar violencias y amenazas y por ser cometido por la persona conviviente y desobediencia, todos en concurso real de acciones.“La Sra. Agente Fiscal ha solicitado la imposición al encausado Jorge Antonio Torres de una pena de 45 años de prisión. El Tribunal se aparta de dicha pretensión y estima que corresponde aplicar una pena significativamente menor, en consonancia con la falta de acreditación del delito de secuestro coactivo que se le imputaba al encausado”, escribió en el fallo el juez Abudarham, el primero en votar a todas las cuestiones planteadas en lo resuelto ayer por los magistrados que integran el TOC 2.
“En particular, de las probanzas producidas en el debate se desprende que el atrapamiento de la víctima no ha sido con sujeción física absoluta y permanente, sino que lo que ha habido es un atrapamiento predominantemente psíquico, como consecuencia de una sujeción física simbólica y discontinua, y de una sujeción mental basada en constantes amenazas, maltrato, vigilancia e intimidación”, agregó el actual presidente del Tribunal azuleño.
“Esta distinción es de enorme relevancia, por cuanto la víctima -más allá de su percepción personal, comprensible dada la situación- no ha tenido impedimentos materiales absolutos y permanentes para escapar del encausado Torres, al punto de haberlo hecho en dos oportunidades previo a la última vez que dio inicio a esta causa”.“La víctima también contaba, aunque se encontrara psíquicamente impedida de aprovecharlas, con múltiples ocasiones para requerir auxilio, ya que tenía un contacto periódico con familiares, con los cuales por momentos tenía trato en privado. Además, el encausado la dejaba en el domicilio a solas durante horas, momento durante el cual podía pedir auxilio desde dentro de la vivienda. Y por último, en las salidas que efectuaba con Torres lo hacía sin estar corporalmente sujeta, momento en los que bastaba con correr para darse a la fuga”.Tras descartar la existencia de la figura penal de
“secuestro coactivo” en este caso, el juez Abudarham indicó:
“Corresponde imponer a Jorge Antonio Torres una pena de mucha entidad (15 años), en vista de que ha ejercido un férreo dominio a través de un atrapamiento físico simbólico y discontinuo y de un atrapamiento psíquico por maltrato, vigilancia, amenazas e intimidación, lo que generó y mantuvo un estado de supresión de la libertad en la víctima, doblegándola y forzándola a sus pravos designios, siendo que ella no ha podido consentir libremente las reprobables y degradantes situaciones a las que fue sometida”.“Pero la mensuración de la pena no debe superar la gravedad de la conducta del encausado Torres, ya que el sometimiento que ha ejercido no ha llegado al grado sumo de configurar una privación de la libertad bajo la modalidad de un encerramiento físico absoluto y permanente, habiendo sido posible para la víctima -al menos en teoría y desde un punto de vista material (aunque no psicológico)- sustraerse de su situación mediante la fuga o el pedido de auxilio”.Los hechos A lo largo de una historia que comenzó cuando la víctima era menor de edad y vivía en Tapalqué con sus padres, ocasión en la que conoció a Torres, que por ese entonces era uno de los referentes de los Testigos de Jehová en esa ciudad y la captó para la organización religiosa de la que él formaba parte, en el juicio quedaron probados un total de tres hechos por los que el tandilense ayer fue condenado.
El primero de esos hechos ocurrió durante el año 2008, cuando Torres abusó por primera vez de la víctima, que por entonces sólo tenía catorce años de edad.
El encausado tenía en ese entonces 37 años y, según los jueces, se aprovechó de la inmadurez sexual de la chica. También, para abusar sexualmente de ella -lo que implicó que en una ocasión la violara en una camioneta de su propiedad- se valió de su
“preeminencia” respecto de ella,
“en virtud de revestir el carácter de Anciano de la religión local de Testigos de Jehová que ambos profesaban”. Pero más grave se tornó la situación para la joven en el lapso comprendido entre diciembre de 2011 y julio de 2013, hasta que se pudo escapar de la fábrica de chacinados del encausado a la que él la había llevado a limpiar.
Aquel día,, tras ser ayudada en la calle por varios vecinos que declararon en el debate, la chica logró llegar a la Estación de Policía Comunal de Tapalqué para denunciarlo.
Durante todos esos meses, los jueces dieron por probado que Torres en su casa, la misma en la que vivió hasta separarse con su esposa y su pequeña hija, redujo a la servidumbre a la víctima.
Según los magistrados, el hombre ejerció sobre ella
“no sólo una dominación física sino sobre todo psíquica, menoscabando su dignidad como persona, obligándola a mantener relaciones sexuales diarias (tres veces por día), a realizar los quehaceres domésticos, a no tener libertad de acceso a ningún medio de comunicación, a no tener la posibilidad de establecer vínculos sociales, a no concurrir a un establecimiento educativo y demás conductas propias del atrapamiento al que este sujeto la mantenía sometida”.Los abusos que la víctima sufrió -
“mediante violencia y amenazas”- se iniciaron siendo ella menor y continuaron cuando ya era mayor de edad, aprovechando el encausado
“esa situación de convivencia con ella”.Y esos abusos incluyeron que la joven también fuera violada por otras personas que Torres elegía al azar,
“ultrajes” ocurridos en ocasión de que la traía por la fuerza a Azul en un auto.
Todo aquello fue generando en la joven
“un grave daño a la salud física y emocional”, según señalaron los jueces en el fallo.
Esos actos sexuales a los que sometía a la víctima fueron considerados por los jueces, teniendo en cuenta sus especiales y aberrantes características, como
“corruptores, prematuros y perversos”. E incluyeron también prácticas de zoofilia.
Además, cuando era obligada a mantener ocasionales relaciones sexuales con sujetos que Torres elegía al azar, la joven tenía que ofrecerse
“en la vía pública por orden y bajo la coacción física y psicológica que ejercía sobre ella el aquí imputado”, se indicó en otro tramo de lo resuelto ayer.
El tandilense fue condenado también por el delito de
desobediencia porque el 22 de julio de 2013, ya para cuando la joven lo había denunciado y pesaba sobre él una orden judicial que le permitía acercarse a ella, le envió una carta y un teléfono celular, no acatando a lo que se había dispuesto de no mantener ningún tipo de contacto con la víctima.
El principal elemento para dar por probados todos estos hechos tuvo que ver con el testimonio que la joven brindara ni bien este juicio se iniciara, más allá de que el abogado del encausado -en ocasión de alegar y pedir que lo absuelvan- había objetado que sólo se haya tenido en cuenta su versión de los hechos para procesar a su defendido y, finalmente ayer, condenarlo.
El dato
Las circunstancias agravantes consideradas para Torres al momento de ser condenado fueron varias. En ese contexto, los jueces tuvieron en cuenta “la modalidad empleada en la comisión de los hechos”, teniendo en cuenta que la víctima “ha sido sometida a malos tratos que implicaban golpes con elementos contundentes, azotes con cintos mientras se encontraba atada y lesiones en su cuerpo”; como así también que fuera sometida a “prácticas corruptoras de su sexualidad”. Y sobre esta última cuestión, se mencionó que en el marco de esas prácticas la joven fue expuesta a un peligro para su salud.