9 de septiembre de 2024
A través de una normativa que emitió en marzo la Secretaría de Comercio, se obliga a los comercios a ofrecer posnet inalámbricos.
La Secretaría de Comercio puso en plena vigencia desde este lunes la resolución 87/2024 publicada en marzo el Boletín Oficial, que estableció que todos los comercios que operen con tarjetas de compra, crédito o débito deberán poner a disposición de los usuarios una terminal de pago inalámbrica a la vista del cliente.
De esta manera, se buscan que los clientes estén en permanente contacto con su tarjeta hasta la completa finalización del pago y esto reducirá la posibilidad de maniobras de vulneración de datos y estafas.
El organismo encabezado por Pablo Lavigne informó que en caso de no cumplir con esta Resolución, los comercios podrán ser sancionados de acuerdo a las multas que prevé la Ley de Defensa del Consumidor. En caso de inconvenientes, las denuncias pueden realizarse ingresando a argentina.gob.ar/reclamosconsumidor o a través las redes sociales de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor: @DNDConsumidor, tanto en la cuenta de la red social "X", como en Instragram y Facebook.
La Cámara de Tarjetas de Crédito y Compra emitió un comunicado, en el que manifestó su apoyo a la Resolución al resaltar que "esta decisión refleja prácticas ya habituales en los mercados más avanzados, donde la seguridad del consumidor y la eficiencia de las transacciones son prioritarias".
"Al prevenir la manipulación de tarjetas de crédito, débito o prepagas por parte de los comerciantes, se disminuye considerablemente la probabilidad de fraude. Esto, a su vez, salvaguarda los intereses financieros y la reputación tanto de los consumidores como de los comerciantes", indicaron.
"Apoyamos esta iniciativa y colaboraremos activamente con las autoridades y los comercios para asegurar una implementación efectiva de la resolución, contribuyendo así a un ecosistema de pagos más seguro y eficiente para todos", agregó la cámara sectorial. (DIB)
La cantidad de usuarios en mora registrada en el servicio eléctrico alcanza unos 4.000, mientras que se eleva a más de 10.000 en el caso del servicio sanitario. En el primero de los casos, el monto asciende a 415 millones de pesos, mientras que el segundo supera los 4.001 millones. En cuanto a las suspensiones de suministros, desde la entidad cooperativa se remarcó que "se aplican estrictamente como última instancia reglamentaria".
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