21 de febrero de 2019
ENERGÍA ELÉCTRICA
El ex intendente de Azul e integrante del Directorio del Organismo de Control de Energía Eléctrica de Buenos Aires envió una nota a este diario a propósito de la Resolución que autoriza a que las empresas y cooperativas recuperen a través de un cargo extra que deberán pagar todos los usuarios, las diferencias por el costo de la distribución de energía. En ese sentido, y a partir de una publicación de este diario, señaló que la Resolución mencionada emitida desde el OCEBA fue “para hacer efectiva la instrumentación del ICT, autorizando dicho concepto en la facturación”.
El integrante del Directorio del OCEBA, Omar Duclós, indicó que ese organismo “emitió la Resolución 39/19 para hacer efectivo la instrumentación del ICT, autorizando dicho concepto en la facturación, con la metodología que se fija”. ARCHIVO/EL TIEMPO/NACHO CORREA
El último viernes, en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires se publicó la Resolución 39/19 del Organismo de Control de Energía Eléctrica de Buenos Aires -OCEBA- que autoriza la instrumentación de un nuevo concepto -Incremento de Costos Tarifarios (ICT)- en la facturación de la luz. Es decir, otro aumento que recibirán los contribuyentes en las boletas de marzo.
Esa Resolución fue firmada, tal como se informó en la edición del domingo, por cuatro de los cinco integrantes del Directorio de ese Organismo, entre ellos el ex intendente de Azul y dirigente del GEN Omar Duclós, quien luego de leer la nota de este diario pidió hacer algunas aclaraciones.
En ese sentido, se le ofreció hacer una entrevista pero prefirió presentar el tema por escrito. Entre otras cuestiones, planteó que al OCEBA sólo le corresponde establecer la modalidad de incorporación del nuevo concepto ICT en la facturación y verificar que los montos que se cobren sean los que legalmente corresponde. En síntesis, Duclós aseguró que no es el Organismo de Control el que dispuso el nuevo incremento.
La instrumentación del ICT
A continuación, se reproduce textualmente la nota enviada por Omar Duclós a este diario:
“Considerando que el artículo que publica diario El Tiempo (página 5 de la edición del domingo) titulado ‘El Gobierno Provincial y el OCEBA autorizaron un aumento extra en la luz’, puede dar lugar a confusión respecto a las competencias y responsabilidades de los distintos organismos del Estado intervinientes, es necesario realizar las siguientes aclaraciones.
El costo de la energía mayorista (potencia y transporte) es determinado por el gobierno nacional y le corresponde al gobierno de la Provincia la fijación del costo de distribución y la definición del cuadro tarifario aplicable finalmente a los usuarios.
OCEBA, como organismo autárquico de control, se encarga de verificar la correcta aplicación de los cuadros tarifarios vigentes, además del control del cumplimiento del suministro, con los estándares de calidad previstos en los contratos de concesión.
Cuando se produce un descalce entre el momento en que las distribuidoras deben asumir mayores costos en la compra de la energía y la oportunidad en que el gobierno de la Provincia (Ministerio de Infraestructura) autoriza los nuevos cuadros tarifarios, se dispone por parte de éste el recupero de la diferencia acumulada a través del concepto Incremento sobre el Costo Mayorista de Compra (ICM). Así ha ocurrido en diversas oportunidades en que fue necesario.
El 30 de enero de 2019 a través de la Resolución 186/19, el Ministerio de Infraestructura de la Provincia dispuso la actualización de las tarifas eléctricas en territorio bonaerense y en su Artículo 5 resolvió la creación y aplicación del Incremento de Costos Tarifarios (ICT), que absorbe el anterior ICM y agrega el recupero por el descalce entre el aumento del costo de distribución dispuesto en septiembre del año pasado (con traslado parcial a los usuarios en ese momento) y la mencionada resolución que recién autorizó trasladar a los usuarios (el saldo restante).
Es decir, el ICT es el mecanismo de compensación temporario (en este caso durante seis meses), que permite a los distribuidores recuperar en su facturación además de las diferencias en la aplicación de los costos mayoristas de electricidad, las diferencias generadas en el costo propio de distribución, conforme los montos que en cada oportunidad determine la Autoridad de Aplicación a través de la Dirección Provincial de Servicios Públicos.
Esta Resolución, en el Artículo 6 le encomienda a OCEBA ‘...que adopte las medidas conducentes para la adecuada implementación del mencionado mecanismo de compensación, y de la metodología de aplicación y control’.
Como corolario de lo antes expuesto, una vez adoptadas las decisiones políticas antes mencionadas por parte del Ministerio de Infraestructura, OCEBA emitió la semana pasada la Resolución 39/19 para hacer efectivo la instrumentación del ICT, autorizando dicho concepto en la facturación, con la metodología que se fija.
Por lo que sólo le corresponde al Organismo de Control establecer la modalidad de incorporación de este concepto en la factura y verificar que los montos fijados para el recupero en cada caso sean los que legalmente corresponde.
Debe reafirmarse entonces que OCEBA no dispone las actualizaciones de tarifas, sólo interviene para emitir las disposiciones que determinan los aspectos instrumentales y metodológicos de facturación y verifica que su aplicación sea la correcta”.
El torneo de Primera División, organizado por la Liga de Fútbol de Azul, afrontará mañana una jornada decisiva con la disputa de la duodécima fecha. La programación se adelantó por el Día de la Madre y tendrá varios encuentros importantes, tanto en la pelea por el liderazgo como en la lucha por ingresar a los cuartos de final.
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