27 de septiembre de 2015

. "El alto monto de pena esperable", un motivo para denegarle la excarcelación al veterinario

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“El alto monto de pena esperable como resultado del presente proceso torna operativa la presunción de que el encausado Vitale pueda profugarse o entorpecer la pesquisa”, sostuvieron los magistrados Eduardo Uhalde y José Luis Piñeiro cuando el miércoles pasado rechazaron por “improcedente” un pedido que un abogado había hecho para que el veterinario azuleño recuperara la libertad. Implicado en un presunto caso de pedofilia, Marcelo “Yeye” Vitale está detenido desde el pasado miércoles 16 del corriente mes, luego de que no prosperara para él una eximición de prisión ni que, en segunda instancia, se diera lugar a su excarcelación.

 

“Un elevado monto de pena en expectativa permite presumir la existencia de peligros procesales”, sostuvieron el pasado miércoles los jueces de la Cámara Penal de Azul cuando se pronunciaron a favor de no hacer lugar a la libertad provisoria del veterinario que está acusado de haber abusado sexualmente de dos nenas.

De esa manera, al igual que en primera instancia no había prosperado un pedido de eximición de prisión presentado por el abogado del encausado ante un juez de Garantías, lo mismo sucedió con los jueces de la Cámara cuando la Defensa recurrió aquella denegatoria, aunque tratada ahora como una solicitud de excarcelación.

Acusado de los delitos abuso sexual con acceso carnal (un hecho) en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante reiterado; y abuso sexual con acceso carnal (cinco hechos) en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante reiterado, César Marcelo “Yeye” Vitale está detenido desde el pasado miércoles 16 del corriente mes.

Su detención, en el marco de dos denuncias que investiga el fiscal Luis Palomares -titular de la UFI 13-, había sido ordenada el día 8. Pero para ese entonces el veterinario, de 44 años de edad, ya no estaba en Azul.

Durante esos ocho días en los que estuvo prófugo, no había prosperado el pedido que el abogado Dino Dátola -un marplatense que está defendiendo al imputado- le hizo al juez de Garantías Federico Barberena para que le otorgara la eximición de prisión a su cliente.

El miércoles de la semana que pasó, sobre una solicitud similar, aunque teniendo en cuenta que ahora Vitale estaba detenido la Cámara la trató como una “pretensión excarcelatoria”, los jueces Eduardo Uhalde y José Luis Piñeiro no hicieron lugar al recurso interpuesto, lo que se tradujo en que ese pedido de libertad provisoria para el azuleño de 44 años de edad fuera rechazado también en esta segunda instancia.

Argumentos que no prosperaron

Según el Dr. Dino Dátola había señalado en el recurso de apelación ante la Cámara, el titular del Juzgado de Garantías número 2 que había denegado la eximición de prisión a Vitale “no ha calificado ‘en lo más mínimo’ el delito imputado a su defendido para el análisis de la eximición solicitada, sino que, por el contrario, ha hecho suya la subsunción legal ‘completamente desmedida y prematura’ que efectuara el Ministerio Público Fiscal”.

Sostuvo también que el veterinario estaba intentando ejercer “su derecho de defensa en juicio desde el 10 de septiembre de 2015”, algo a lo que el fiscal no había hecho caso, “esperando hasta pedir una medida de coerción”, la misma que el abogado consideró “totalmente injusta”, ya que la orden de detención que fuera pedida y aceptada para Vitale intentaba “privarlo de su libertad sin haberle concedido el derecho de prestar declaración”.

En la apelación ante la Cámara, el abogado Dátola había señalado que su defendido se fue de Azul el pasado 24 de agosto “por haber recibido amenazas por parte del padre de una de las supuestas víctimas”.

Y atacó también en el recurso la calificación de los hechos que se le atribuyen a Vitale, por entender que “el abuso sexual gravemente ultrajante es una figura intermedia entre el abuso sexual simple y el abuso sexual con acceso carnal”, aunque a pesar de eso el fiscal había calificado el mismo hecho con “dos tipos penales”.

Además, dijo que la regla de la libertad de su cliente durante el trámite de la causa penal era una garantía que no se estaba cumpliendo debido a que los hechos, a criterio del abogado, habían sido calificados “de manera desmesurada al solo efecto de poder solicitar una medida de coerción”.

Según el penalista, no hacía falta que Vitale estuviera privado de la libertad, ya que a su entender había colaborado con la investigación que lo involucra,  después de que se presentara en Tribunales el pasado miércoles 16 del corriente mes, cuando quedó detenido ocho días después a que le fuera dictada esa medida cautelar.

 La respuesta de los jueces de la Cámara

Los Drs. Eduardo Uhalde y José Luis Piñeiro, desde la Cámara, consideraron que el juez de Garantías Federico Barberena había hecho un adecuado encuadre legal de los ilícitos que se le imputan al veterinario, tanto al ordenar su detención como al rechazar la eximición de prisión.

En ese contexto, se indicó que el criterio de la Cámara indica que “no es en principio propio y específico de la cuestión procesal circunscripta al otorgamiento o no de una libertad provisoria por excarcelación el tratamiento de la calificación otorgada al hecho, salvo la existencia de arbitrariedad o ilegalidad”.

“En el período que va desde la detención hasta la eventual prisión preventiva, el tratamiento de la calificación legal excede el marco de la excarcelación salvo arbitrariedad manifiesta, ya que ésta cuenta con términos mas acotados y es dable esperar que se vayan incorporando distintos elementos acreditativos,  lo que convierte en prematura y aleatoria una resolución sobre la calificación legal”, agregaron los camaristas.

“Sólo en el supuesto de que la resolución impugnada fuera ostensiblemente arbitraria, correspondería ingresar a la consideración del cambio del marco legal, lo que no advierto que ocurra en la presente causa”, escribió el juez Uhalde.

Y agregó: “Concretamente, y ciñéndome a la queja esbozada en este punto por el recurrente, de las actuaciones principales se desprende que se le imputan al causante hechos diferenciados de los de abuso sexual con acceso carnal que también se le enrostran, cuya existencia aparece -en principio- avalada por los testimonios de las menores víctimas, por lo cual no se vislumbra absurdo ni arbitrariedad en la calificación legal cuestionada”.

Citando lo sostenido en otras causas, se indicó en otro párrafo de lo dispuesto: “Este Tribunal entiende que para que proceda la excarcelación ordinaria en el supuesto de concurso de delitos se requiere -por un lado- que, considerados individualmente, ninguno de los ilícitos imputados supere en el máximo de su escala la pena de ocho años de prisión y, por otro, que en el caso concreto, mediante una valoración de las constancias de la causa, pueda afirmarse que la pena que corresponderá aplicar al imputado no será superior a los ocho años de prisión”.

En el caso de los ilícitos por los que Vitale está detenido, “exceden el límite establecido” para una excarcelación, “dado que el máximo de su escala punitiva es, respectivamente, de quince y diez años de prisión”, se explicó.

Y por último, antes de pronunciarse desde la Cámara Penal por el rechazo de ese pedido para que el veterinario fuera excarcelado, se recordó que “es criterio de este Tribunal -sostenido en plurales pronunciamientos- que un elevado monto de pena en expectativa permite presumir la existencia de peligros procesales”.

“Bajo tales parámetros, el alto monto de pena esperable como resultado del presente proceso torna operativa la presunción de que el encausado Vitale pueda profugarse o entorpecer la pesquisa”, por lo que el recurso terminó siendo rechazado desde la Cámara “por improcedente”.

El dato

Desde mediados de la semana anterior Marcelo Vitale está detenido en la Alcaidía de la Unidad 2 del SPB, en Sierra Chica. Ni bien se presentara en Tribunales el pasado día 16 el corriente mes, había estado privado de la libertad en la Estación de Policía Comunal de Tapalqué.

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