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El Gobierno buscará multar a empresas que sigan cobrando tasas municipales

El objetivo es hacer cumplir la resolución que limita la inclusión de cargos extras en las facturas de luz y gas. El tema está judicializado.

26 de septiembre de 2024

El Gobierno de Javier Milei está decidido a dar una batalla contra los intendentes, en especial del conurbano bonaerense, que se valen del instrumento de cobrar tasas municipales en las facturas de empresas privadas.

Por eso, y pese a que el tema está judicializado, la administración libertaria avanza con el objetivo de aplicar desde mediados de octubre sumarios e inclusive multas a las compañías que se nieguen a eliminar tasas e impuestos de municipios y de gobiernos provinciales de las facturas de los servicios esenciales, como la luz y el gas, que prestan a sus clientes.

La medida, que incluye penalidades por montos de entre $374.129 y $1.571.343.900, busca el cumplimiento de la resolución 267/24 de la Secretaría de Industria y Comercio y que no sólo cosechó críticas de intendentes, sino un límite del Gobierno de Axel Kicillof y un rechazo en la Justicia.

Las sanciones, según la ley 24.240 y sus modificatorias de Defensa del Consumidor que aplica en este caso, son el apercibimiento; la multa de 0,5 a 2100 canastas básicas total para el hogar 3 ($748.259 en agosto); el decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción; la clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta 30 días; la suspensión de hasta 5 años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado; y la pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales.

La estrategia del Gobierno es hacer cumplir la resolución del 11 de septiembre en la que el Gobierno buscó limitar esa herramienta recaudatoria a las comunas. En ella aduce: "La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor".

La Secretaría de Industria y Comercio quiere hacer cumplir la resolución desde el 11 de octubre, lo que podría agravar el conflicto judicial con los intendentes. Actualmente hay un fallo del juez federal de Zárate Campana, Adrián González Charbay, que suspendió la aplicación de la resolución que prohíbe al municipio de Pilar aplicar una tasa municipal en las boletas de electricidad de Edenor y de gas de Naturgy BAN, al hacer lugar a una medida cautelar solicitada por la comuna, hasta tanto decida si es constitucional o no la resolución del Gobierno.

Pese a la decisión del Gobierno nacional, desde el Organismo de Control de la Energía bonaerense (Oceba) se dejó en claro que en la provincia de Buenos Aires, al menos en una parte de ella, las empresas distribuidoras están habilitadas a incluir conceptos ajenos al de electricidad en las liquidaciones mensuales.

¿Por qué pasa esto? En principio porque se aduce que una resolución de una secretaría nacional no puede ir por encima de una ley provincial. Y eso es lo que marcan en la gestión de Axel Kicillof para asegurar que, al menos, las prestadoras y cooperativas del interior bonaerense van a poder seguir cobrando esos "plus" que aparecen en la boleta. (DIB) FD

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