13 de septiembre de 2017
A tres de los acusados en este proceso les impusieron penas de prisión en suspenso que van desde los dos a los tres años, como autores de los delitos de “peculado” y “fraude en perjuicio de la administración pública”. Una serie de hechos que cometieron en la unidad penal que está en la zona rural de General Alvear fueron tratados en este debate. Las penas para los penitenciarios incluyeron también inhabilitaciones perpetuas para ejercer cargos públicos.
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Tres empleados del Servicio Penitenciario Bonaerense fueron condenados en un juicio que se hizo en un Tribunal de esta ciudad, al ser hallados autores de diferentes maniobras de defraudación en perjuicio del Estado provincial, las cuales cometieron mientras desempeñaban funciones en la Unidad 14 que tiene sede en General Alvear.
Escenario de este debate había sido el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul, que para este proceso integraron los jueces Joaquín Duba, Martín Céspedes y Aníbal Álvarez, informaron ayer fuentes judiciales.
En el marco de este debate cuyo fallo se había anunciado el pasado viernes por la tarde, uno de los condenados fue identificado como Mario Alberto Díaz, de 46 años y oriundo de General Alvear, a quien le fueron impuestas las siguientes penas: tres años de prisión en suspenso, “inhabilitación absoluta y especial perpetuas para ejercer cargos públicos y multa de veinte mil pesos”-
En la causa principal materia de este juicio fue hallado autor de los delitos de peculado y fraude en perjuicio de la administración pública en concurso ideal. Además, también fue condenado por otro de los sumarios penales tratados en este debate.
Así, a los ilícitos ya referidos anteriormente se sumó la comisión, “en concurso real”, de los delitos de peculado, falsificación ideológica de documento público y fraude en perjuicio de la administración pública en concurso ideal, en ese caso en “calidad de coautor penalmente responsable”.
Otro de los encausados que fue condenado en esta primera instancia se llama Gustavo Luis Lavirgen.
Nacido en Bahía Blanca, con actual domicilio en General Alvear y de 50 años, por la causa principal tratada en este debate fue hallado autor penalmente del delito de peculado y los jueces le impusieron las siguientes penas: dos años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa de diez mil pesos.
El tercero de los empleados del SPB condenado en este proceso se llama Lucas Sebastián Ortiz, de 37 años de edad y -al igual que Díaz- nacido en General Alvear.
En su caso, le impusieron una pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional. También, “inhabilitación absoluta y especial para ejercer cargos públicos perpetuas y multa de quince mil pesos”.
En la causa principal materia de este juicio, Ortiz fue hallado coautor penalmente responsable de los delitos de peculado, falsificación ideológica de documento público y fraude en perjuicio de la administración pública, en concurso ideal.
Teniendo en cuenta que las penas que les impusieron a estos tres empleados del SPB son en suspenso, los jueces les fijaron diferentes pautas de conductas que deberán cumplir durante el tiempo en que duren sus respectivas condenas, con el fin de que no se les revoque la condicionalidad de dichas sanciones.
Esas obligaciones implican que deberán fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados de los lugares donde viven.
“La carencia de antecedentes penales computables y demás circunstancias de las previstas por los artículos 40 y 41 del Código Penal, demuestran la inconveniencia de aplicarles efectivamente a Díaz, Lavirgen y Ortíz la privación de libertad”, escribió el juez Duba -el primero en votar a las cuestiones planteadas en la resolución- en el fallo, considerando así apropiado imponerles a los encausados esas pautas de conducta ya señaladas.
Los hechos
La Unidad 14 se encuentra ubicada en la zona rural de General Alvear. La cárcel está distante a aproximadamente unos 20 kilómetros de esa ciudad, es de régimen abierto y se la conoce como una “unidad penitenciaria productiva” que alberga en la actualidad a entre 150 y 200 reclusos.
Según lo que quedó demostrado en este juicio, ese establecimiento penal fue el lugar donde se cometieron las maniobras de defraudación contra el Estado bonaerense, en momentos que los tres imputados que fueron condenados en esta primera instancia desempeñaban funciones en esa unidad.
Uno de los hechos que se dieron por probados ocurrió el 20 de julio de 2007.
Para ese entonces Díaz era Jefe de Talleres de la Unidad 14 y tenía a su cargo “la administración y custodia de toda la producción de la misma”.
En esas circunstancias, se mencionó en el fallo, “ordenó a un subordinado la no registración en el libro de guardia del Puesto 1 del egreso por venta de al menos 30 hormas grandes de queso elaboradas en el establecimiento al señor Marcelo Palau, sustrayéndolas de esa forma y procurando y obteniendo un lucro indebido para sí, en perjuicio de la administración pública provincial a través de la cobranza de los mismos al nombrado, que realizó otro funcionario penitenciario que prestaba funciones en la sección Vigilancia y Tratamiento –a su pedido- quien fue el que lo presentara y acompañara en la adquisición de los quesos”.
En el otro hecho por el que los empleados del SPB fueron condenados intervinieron, además del ya mencionado Díaz, Ortiz y Lavirgen.
Al respecto, en el fallo el juez Duba escribió: “Al menos entre los días 20 al 26 de marzo, 23 al 29 de abril y 5 y 6 de mayo, todos del año 2007, el Director de la Unidad Penitenciaria 14 de General Alvear, Marcelo Fernández y dos sujetos de sexo masculino, que se desempeñaban también como personal penitenciario de jerarquía en la referida Unidad, como Jefe y Subjefe de la Sección Talleres, encargados de la registración, administración, conservación y venta de la producción, falsearon -procurando un lucro indebido para sí y para terceros- los datos correspondientes a la producción de quesos y lácteos y no realizaron la registración correspondiente a la venta de los mismos, apartándose de la legislación interna, sustrayendo con esa maniobra, entre los meses de marzo y agosto de 2007, parte de tales productos y/o el dinero de la venta de los quesos antes mencionados, ocasionando un claro perjuicio al patrimonio de la Administración Pública”.
Además, en ese mismo período de tiempo “otro sujeto, Subdirector de Administración de la mencionada Unidad Penal, ordenó en varias oportunidades a personal a su cargo que trasladaran entre 5 a 10 litros de leche cada vez producidos en el tambo de la mencionada cárcel a su vivienda particular y a su local comercial del rubro panadería, los que de esta manera eran sustraídos”.
El dato
Las carencias de antecedentes penales de los condenados fueron valoradas por el Tribunal como atenuantes a las sanciones que les impusieron. Como agravantes se computaron las siguientes circunstancias para Díaz, Lavirgen y Ortiz: las jerarquías que los tres acusados tenían dentro del Servicio Penitenciario Bonaerense, “lo que facilitaba la comisión del ilícito, a lo cual debe adunarse el mayor apego que debían a la ley en razón del cargo que poseían”.
Cristian Citterio, el representante del Ministerio Público Fiscal en este debate cuyo fallo se anunció el pasado viernes. El funcionario judicial dijo ayer que apelará una de las causas por las cuales hubo absoluciones para los acusados en este proceso llevado a cabo en el TOC 1 de Azul.El torneo de Primera División, organizado por la Liga de Fútbol de Azul, afrontará mañana una jornada decisiva con la disputa de la duodécima fecha. La programación se adelantó por el Día de la Madre y tendrá varios encuentros importantes, tanto en la pelea por el liderazgo como en la lucha por ingresar a los cuartos de final.
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