23 de octubre de 2026
A través de lo concluido en la Alzada departamental, también se ordenó que el arresto domiciliario pretendido para el imputado, por medio de una morigeración de prisión que solicitara su abogada por los problemas de salud que al parecer Mele padece, se resuelva desde el TOC 2. En ese tribunal oral ya se encuentra radicada esta causa penal para el futuro juicio al transportista, que sigue acusado del "homicidio con dolo eventual" del conductor de una moto, hecho ocurrido en Azul el 8 de noviembre de 2025 durante una discusión de tránsito.
En la Cámara Penal fue rechazado un habeas corpus presentado en favor de Miguel Jorge Mele, el transportista que sigue preso en la Unidad 2 de Sierra Chica a la espera de ser juzgado por lo ocurrido el 8 de noviembre del año pasado en Azul, cuando con su camión atropelló y mató al conductor de una moto durante una discusión de tránsito.
Formulada por su abogada María Elizabeth Gasaro, la acción que terminó siendo desestimada desde la Alzada departamental apuntaba a que, por cuestiones de salud, al acusado del homicidio simple "con dolo eventual" de Diego Maximiliano Marianache le fuera concedida una morigeración de su prisión preventiva.
Su Defensora Particular pretendía que el transportista pasara a cumplir arresto domiciliario en la casa de esta ciudad donde residía hasta lo que había sido su detención, concretada un día después de que se produjera el ilícito que le continúan atribuyendo a título de autor.
Dicha acción de habeas corpus fue rechazada a través de una resolución que data de ayer jueves, contando para ello con lo concluido por dos de los actuales integrantes de la Alzada departamental con asiento en el tercer piso del edificio central de los tribunales de Azul: Carlos Pagliere (h) y Damián Cini.
Los respectivos Vicepresidente y Presidente de la Cámara votaron en ese orden a la única cuestión planteada para pronunciarse de manera unánime a favor de desestimar lo solicitado para Mele por su abogada.
Sin llegar a tratarse la cuestión de fondo, a través de lo decidido se ordenó que las actuaciones iniciadas en procura de un eventual otorgamiento de una morigeración de prisión para el azuleño de 59 años acusado de este homicidio se remitan al Tribunal Oral en lo Criminal número 2 que también tiene su sede en el Palacio de Justicia de Azul.
El objetivo es que se resuelva en el TOC 2 "de manera muy urgente" lo pretendido por su Defensora Particular para el transportista que continúa encarcelado, "en atención a la situación de salud invocada". Algo que -de acuerdo con lo que esa abogada sostiene- hace adecuado que Mele permanezca bajo arresto domiciliario y con control de sus movimientos desde el Servicio Penitenciario Bonaerense, mediante la colocación de un dispositivo electrónico.
Que desde el TOC 2 se resuelva la situación planteada obedece a que en ese tribunal oral ya está radicada la causa penal que se convertirá en materia de un futuro juicio al transportista.
Si bien todavía no tiene fecha confirmada de realización, dicho proceso incluirá la intervención de un jurado de ciudadanos, tal como EL TIEMPO ha venido informando con relación al caso.
A través de lo resuelto por los camaristas Carlos Pagliere (h) y Damián Cini, se mencionó que esa acción de tipo excepcional presentada en favor de Miguel Mele no podía prosperar mientras se encuentra en trámite una incidencia de morigeración de su prisión preventiva que tiene el mismo objeto que el planteo presentado ante la Alzada.
Sobre ese pedido, que ahora tiene que resolverse en el Tribunal 2, la abogada María Elizabeth Gasaro había cuestionado la demora en su definición, considerando que lo presentó el 10 de septiembre pasado, cuando todavía en esta causa penal intervenía desde Garantías 3 el juez Juan José Suárez.
En una primera instancia, ese magistrado había dado lugar a la requisitoria de elevación a juicio de este expediente judicial -que se tramitó desde la UFI 2 a cargo del fiscal David Carballo- el 10 de abril de este año.
Lo resuelto por el Juez garante sería confirmado en la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental el pasado 18 de septiembre, siendo desestimados una vez más en aquel entonces un pedido de sobreseimiento para el transportista y otro más, relacionado a que le fuera imputado un homicidio de tipo "culposo" y no uno "con dolo eventual", figura penal esta última por la que sigue encarcelado.
De mantenerse la actual calificación legal otorgada a lo ocurrido con el motociclista que resultara víctima de este hecho, ese futuro juicio al que deberá ser sometido Mele podría derivar en que resulte condenado a una pena que va desde los ocho a los veinticinco años de prisión.
Lo concluido desde la Alzada
Según la abogada sostuvo en el habeas corpus rechazado ayer desde la Alzada departamental, el pedido de arresto domiciliario para su cliente estaba fundamentado en que la permanencia de Mele en la cárcel donde sigue alojado, dadas sus actuales condiciones de salud, implica un agravamiento ilegítimo de su detención.
Sobre el cuadro que presenta el transportista acusado, Gasaro refirió que padece un "síndrome de apnea-hipopnea obstructiva del sueño" -un trastorno que afecta las vías respiratorias- e "hipertensión arterial severa".
Pero al analizar el planteo de la Defensora Particular de Mele, en la Cámara Penal se hizo mención a que el hábeas corpus presentado -de tipo "correctivo"- requiere la existencia de un agravamiento concreto y objetivo de las condiciones de detención de una persona, además de que esa medida privativa de la libertad debe estar dotada de un carácter "arbitrario o ilegítimo".
En ese marco fue que -tal lo ya mencionado- se consideró que la vía excepcional impulsada por la abogada en favor del transportista no podía utilizarse para sustituir los mecanismos procesales ordinarios si ya existe, como ocurre particularmente en este caso, un trámite judicial destinado a resolver la misma cuestión.
Además, tampoco se consideró acreditado en esta instancia que el Juez de la causa hubiera incurrido en dilaciones injustificadas para resolver aquella solicitud presentada por la abogada de Miguel Mele el pasado 10 de septiembre, en busca de que el imputado por este "homicidio con dolo eventual" continúe preso en su casa por las referidas cuestiones de salud que al parecer presenta.
Considerando que todavía están en curso diligencias que podrían resultar relevantes para decidir sobre el pedido de prisión domiciliaria pretendido para el encausado, finalmente desde la Alzada dos de sus miembros concluyeron que no correspondía hacer lugar al hábeas corpus.
También, los jueces Pegliere (h) y Cini afirmaron en lo resuelto ayer que la cuestión debía resolverse dentro del incidente de morigeración ya planteado, que ahora tiene que analizarse desde el TOC 2, considerando que esta causa se encuentra radicada en ese tribunal para lo que será el futuro juicio al transportista.
El dato
Ese juicio con jurados al que Miguel Jorge Mele deberá ser sometido por el "homicidio con dolo eventual" de Diego Maximiliano Marianache ya tiene, también desde el TOC 2, al juez designado para intervenir en el proceso: Albano Gallicchio, según refirieron ayer voceros judiciales a EL TIEMPO.
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