10 de julio de 2024

AHORA LO JUZGARON POR EL HURTO DE UNA AMOLADORA

AHORA LO JUZGARON POR EL HURTO DE UNA AMOLADORA. Es reincidente, fue condenado otra vez e irá a prisión si el fallo queda firme

De adquirir firmeza en todos sus términos la resolución de un juicio que días atrás derivó en que un hombre resultara condenado por la sustracción de una amoladora, el todavía encausado deberá purgar por ese hecho una pena de tres meses de prisión de efectivo cumplimiento.

Fuentes judiciales informaron a EL TIEMPO que luego de que se anunciara el veredicto condenatorio para el imputado, desde su Defensa Oficial -representada en el debate por Adriana Hernández- había sido apelado ante la Cámara Penal departamental lo decidido en esta primera instancia,

Por ese motivo, todavía lo resuelto en el debate aún no ha adquirido rango de firmeza y hace que el declarado autor de este episodio delictivo, que ya ha sido condenado en ocasiones anteriores por otros hechos, continúe en libertad.

Los mismos voceros identificaron a ese hombre como Emiliano Lucas Sebastián Dinápoli.

De 38 años de edad, oriundo de Las Flores y con actual domicilio en Azul, el debate que se tradujo en la imposición de esta nueva condena para él se había desarrollado en el Juzgado Correccional 1 que en el Palacio de Justicia local está a cargo de Aníbal Norberto Álvarez.

En ese juicio oral -donde desde la Acusación intervino el fiscal David Carballo- el causante fue declarado autor del ya referido ilícito, definido a escala penal como un "hurto simple" y vinculado con un hecho que, según quedara demostrado, había cometido en una vivienda de esta ciudad el 1 de agosto de 2022.

Cuando era alrededor de la hora 11 de aquel día, en el fallo se menciona que Dinápoli "se apoderó ilegítimamente, sin ejercer fuerza ni violencia, de una amoladora marca Skil color naranja".

El ilícito tuvo como escenario una vivienda ubicada sobre las calles Amado Diab entre Lavalle y Cáneva.

Al día siguiente de ocurrido aquel episodio delictivo, la vecina damnificada radicó una denuncia en sede policial que derivó en el inicio de la instrucción del sumario penal convertido en materia del juicio oral que recientemente se tradujo en la condena para el declarado autor de aquel hecho.

Mediante registros de cámaras de seguridad instaladas en el inmueble de la denunciante fue posible observar el accionar delictivo desplegado por Dinápoli, quien para llevarse la amoladora ingresó por la puerta principal de esa propiedad, que en ese entonces se encontraba abierta.

Dicha filmación sirvió posteriormente para identificar al encausado y condenado en esta primera instancia como el autor del hecho.

Junto con ese video -a través del cual Dinápoli pudo ser reconocido como quien sustrajo la amoladora- se valoró también para condenarlo por este hurto una declaración que brindara en ocasión de que fuera investigado por lo ocurrido.

A través de esa versión, el hombre reconoció haber ingresado a la vivienda en cuestión -donde albañiles realizaban refacciones- el día de ocurrido el ilícito; aunque sostuvo que sólo había entrado "a buscar trabajo", se menciona en el fallo.

"Reincidente"

Para la fecha en que cometió este hecho, el encausado ya figuraba condenado por más episodios delictivos.

Tal circunstancia fue valorada como una agravante a la sanción que ahora recibió en este nuevo juicio al que fue sometido.

"Cabe computar como agravante los antecedentes penales que registra el causante, que lo convierten en reincidente", escribió el juez Álvarez en lo resuelto.

Al respecto, son varias las penas cumplidas que Dinápoli registra hasta el momento, situación que puntualmente derivara en la declaración de reincidencia mencionada.

En mayo de 2010 -tras la tramitación de un juicio abreviado ante el Tribunal Oral en lo Criminal 2 con asiento en el Palacio de Justicia de Azul- en una primera instancia había sido sentenciado a tres años y nueve meses de prisión.

En ese proceso fue declarado autor del delito de "robo calificado por el uso de arma cuya aptitud para el disparo no se encuentra acreditada" por un hecho sucedido el 29 de octubre de 2009, en ocasión de que un remisero fuera asaltado en esta ciudad. Y en aquel entonces, al igual que sucediera ahora, lo habían declarado "reincidente".

En el fallo de ese juicio abreviado se mencionaba que Dinápoli había convocado a un remís y que, una vez que el chofer y víctima de lo sucedido lo fue a buscar donde él estaba, mientras lo llevaba "extrajo un revolver" que le apoyó en el cuerpo, para después expresarle textualmente: "Lo lamento pero te tengo que asaltar, dame la plata", oportunidad durante la cual le sustrajo una billetera con dinero, descendió del auto y se dio a la fuga a pie.

En tanto, el 30 de noviembre de 2017 el mismo hombre que ahora volvió a ser condenado por la sustracción de la amoladora había resultado detenido.

En aquel entonces, su arresto estuvo relacionado con otro sumario penal que lo involucraba, caratulado como "desobediencia y lesiones leves calificadas".

Su detención se había hecho efectiva en aquel entonces contando con una orden dispuesta por el juez Correccional Héctor Rodolfo Torrens.

Volviendo al juicio más reciente que se tradujo en la imposición de un nuevo veredicto condenatorio para Dinápoli, el magistrado que lo sentenció a esos tres meses de prisión a cumplir resolvió también eximirlo del pago de las costas del proceso.

Lo decidido obedeció a "la carencia de bienes materiales" y "de un trabajo estable" del encausado.

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