10 de mayo de 2015
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Así lo dijo la síndico de la quiebra de la ex Curtiembre Piazza, Raquel Weisburd, luego de conocerse el fallo de la Suprema Corte bonaerense adverso a la Municipalidad de Azul. La contadora informó que ahora deberá adjudicarse el bien al empresario ganador de la licitación, Matías Niémela, y luego evaluar el dinero que ingresa a la quiebra y cómo se distribuye entre los acreedores. Entendió que el proceso judicial iniciado por el municipio fue “una locura” y se marcó que en lugar de señalarla a ella como responsable de algunas cuestiones, deberían iniciarles juicio por mala praxis a los abogados que asesoraron al Intendente.
El fallo de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires que rechazó los recursos interpuestos por el intendente José Inza en el intento de revertir la pérdida de la licitación para la compra de la planta industrial de la ex Curtiembre Piazza, fue tema de conversación con la síndico de la quiebra, Raquel Weisburd.
La contadora explicó que una vez que el expediente vuelva a Azul, deberá evaluarse el dinero que ingresa a la quiebra y cómo se distribuye entre sus acreedores. Informó además que existen otros lotes que estarían para vender y que también ingresarían a la quiebra.
Hizo referencia también a los dos años y medios que llevó el proceso iniciado por el Ejecutivo y volvió a arremeter contra funcionarios municipales preguntándose por qué el propio Inza “¿no le hace juicio de mala praxis a sus propios abogados que lo asesoraron tan mal?”.
Advirtió que la aventura judicial del municipio “fue una locura” y que “fue todo de gusto y lo demuestra el fallo de la Corte”.
Muy brevemente, cabe recordar que en diciembre de 2012 la Municipalidad de Azul perdió la licitación por la compra de la ex Curtiembre Piazza frente al empresario Matías Niémela por sólo 1000 pesos. A partir de ahí, se presentó ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N°1, a cargo de Jorge Cataldi, pidiendo una mejora de ofertas con el argumento de que una diferencia de 1.000 pesos representaba un empate técnico y que el inmueble estaba declarado “de interés municipal”. Sin embargo ese Juzgado rechazó el pedido porque la licitación pública establecía claramente que la adjudicación sería a la mejor oferta.
Ante ese revés, decidió recurrir a la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial N° 4, Sala II. Sus magistrados también rechazaron el pedido.
Pese a que dos instancias habían fallado en su contra, el 19 de septiembre de 2013 recurrió a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia interponiendo recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley. El 29 de abril pasado esta instancia también falló en contra del municipio dando por ganador de la licitación a Niémela.
Adjudicación del bien y pago a acreedores
Consultada en un principio cómo sigue el tema luego de conocerse el fallo de la Suprema Corte, la contadora explicó “yo aún no recibí la notificación. La resolución se supone que va a quedar firme a los 10 días hábiles de que me notifiquen a mí y a la Municipalidad de Azul”. Este término es el que tendría el municipio para apelar en otra instancia que ya sería la última.
Si queda firme, los pasos son que la Corte devuelva el expediente a Azul “y supongo que después irá de nuevo al Juzgado de primera instancia donde tendremos que seguir con los trámites de adjudicación definitiva del bien a Niémela”, que fue el ganador de la licitación.
Además, en ese transcurso deberá fijarse el plazo para que el empresario deposite el saldo de la compra, que son exactamente 3.174.000 pesos -porque ya había depositado 352.000 pesos-. Esa es la diferencia para llegar a los 3.526.000 en que compró la planta ubicada en 6 hectáreas y que tiene 13.000 metros cuadrados cubiertos.
“Ese dinero tendré que distribuirlo entre los alrededor de 160 acreedores”, señaló, aunque advirtió que esos 3.174.000 no van a ir en su totalidad al pago de los ex trabajadores.
Sucede que, según explicó, en los dos años y medio que demoró el proceso judicial iniciado por Inza, “seguimos pagando los gastos de custodia de la planta porque si no la hubiesen desmantelado; de luz; y todos los gastos que generó”.
En este punto, señaló que cada vez que ha hecho una distribución del dinero -producto de la venta de máquinas o de los lotes de la planta de efluentes- se hace una detracción para esos y otros gastos, y también para el pago de sus honorarios, aunque remarcó que hasta el momento “nunca los cobré” porque se han ido utilizado para pagar algunas cosas ya que hace poco más de dos años que no había fondos en la quiebra.
Otros lotes
En ese marco, hoy ante una nueva distribución debe volver a reservar dinero para los gastos y el resto, según estable la Ley de Quiebras, debería repartirse entre los acreedores laborales y los acreedores comunes porque el privilegio especial que tenían los trabajadores era sobre las máquinas, no sobre el inmueble que se adjudicó ahora.
De todas maneras, la síndico aún se debe evaluar qué monto deposita Niémela, cuánto queda para distribuir y cómo lo distribuye.
Sobre los plazos en que los ex operarios cobrarían, no aventuró una fecha concreta ya que todo depende de cuándo llegue el expediente a Azul y los pasos posteriores a seguir.
Paralelamente, Weisburd informó que como parte de la quiebra queda pendiente la venta de una cantidad importante de lotes que estaban a nombre de Piazza Hermanos y que se ha podido constatar su propiedad.
Con esto, la contadora apuntó que “lo digo para tranquilidad, porque si no terminan de cobrar todo con la venta de la planta, algo podría llegar a cubrir la venta de estos lotes”.
Cabe recordar que los ex trabajadores cobraron un 23 por ciento del total de sus indemnizaciones, producto de la venta de maquinaria y de los lotes que adquirió el municipio.
“Una irresponsabilidad”
Dos años y medio llevó el camino judicial iniciado por la Municipalidad de Azul, “para nada” dijo Weisburd y añadió que “con el agravante que tanto la doctora David -Luciana, subsecretaria Legal y Técnica- y Rancéz -Rodolfo, concejal del FpV- dicen que no les di información sobre los saldos de las indemnizaciones. Les tiene que quedar claro que yo soy auxiliar de la justicia, no empleada municipal”.
Entendió inmediatamente que en realidad desde el Ejecutivo la señalan “porque se quieren justificar por lo que no hacen. Si miran el expediente, está el listado de los acreedores y lo que cobraron. Ellos tienen sus contadores y abogados para hacerlo. Yo no me puedo meter en ese tema porque no me corresponde, porque soy auxiliar de la justicia. Mi intervención es puramente profesional”.
Y otra cosa más en lo que Weisburd insiste -no sólo en esta nota si no en otras hechas con anterioridad-: el Ejecutivo no se dio cuenta que se estaba presentando a una licitación “porque no leyeron los edictos. Ellos pensaron que era un llamado a mejoramiento de oferta”.
Así de sencilla -y trágica- es la lectura de la síndico, para quien eso representa un hecho “gravísimo” y “un desconocimiento total. Una irresponsabilidad”.
En ese aspecto explicó que la Ley de Quiebras establece que en toda licitación pública, la adjudicación se hace a la mejor oferta. No hay otra lectura que pueda hacerse de esto. Esa misma norma reconoce el mejoramiento de ofertas como una excepción pero solamente cuando se da un proceso de compra directa, no en una licitación.
No obstante esto, el municipio se presentó a la licitación y después no la reconoció al pedir un mejoramiento de ofertas que no podía darse.
“Además, la Municipalidad que está acostumbrada a abrir licitaciones no puede desconocer que siempre la que gana es la mejor oferta”, añadió.
“Mala praxis a sus propios asesores”
En la misma línea, la síndico volvió a hablar sobre el Ejecutivo y marcó que “se mete conmigo porque no tiene a quién responsabilizar. ¿Por qué no le hace juicio de mala praxis a sus propios abogados que lo asesoraron tan mal?. Por ejemplo, Barrionuevo, Grandicelli, David”.
Ahí recordó que esta aventura judicial “la hizo Gradicelli -Mauro, ex secretario de Gobierno-, lo siguió Barrionuevo -Emanuel, ex subsecretario Legal y Técnico- y ahora David. ¿Por qué no le hacen un juicio por mala praxis a ellos?. Que no me echen más la culpa a mí ni al juzgado ni a los jueces ni la segunda instancia, y ahora tampoco a la Corte. Que hagan responsables a sus asesores y funcionarios”.
Lo concreto es que Weisburd señaló que “estaba segura que la justicia no podía sacar otro fallo. La licitación pública es una sola y ya dos instancias le habían dicho que no. Fue una locura de los asesores legales”.
Por último, entendió que “fue todo de gusto y lo demuestra el fallo de la Corte”.
FECHAS PARA UNA QUIEBRA
La Curtiembre Piazza se presentó en concurso en abril de 1998. En noviembre del año siguiente fue la apertura del concurso. También en ese mes, la contadora Raquel Weisburd fue designada síndico.
Fue en febrero de 2002 cuando se decretó efectivamente la quiebra de Curtiembre Piazza SACIFA.
Entre 1999 y 2011 hubo cuatro posibilidades de poner en marcha la fábrica, con empresarios que llegaron de la mano de Desarrollo Económico del municipio durante la gestión de Omar Duclós, pero también fracasaron.
Entre 2002 y 2006 hubo dos llamados a licitación para la venta del predio y la maquinaria que fracasaron. El valor por el que salió fue de 3.500.000 de dólares.
Posteriormente, en mayo de 2012 la Municipalidad de Azul se presentó haciendo un ofrecimiento de compra directa de la planta de efluentes y el predio de la curtiembre.
En julio de 2012 el municipio adquirió la planta de efluentes por 600.000 pesos y desistió de la compra del predio que tenía una base de 4.700.000 pesos por falta de fondos.
Meses después, en octubre de 2012 sale una licitación de venta por 4.700.000 pesos que quedó desierta.
En noviembre de 2012 salió nuevamente a licitación por 3.525.000 pesos. Esa vez se presentaron dos oferentes: Matías Niémela y la Municipalidad de Azul. El municipio perdió la licitación por ofertar el exacto valor de la base, mientras que el empresario ofreció 1.000 pesos más.
A partir de ahí, se inició un camino judicial que desembocó en el fallo de la Suprema Corte bonaerense.
COSTAS AL MUNICIPIO
En un tramo de la nota con este diario, Raquel Weisburd hizo referencia al recurso de inaplicabilidad de ley por regulación de honorarios que presentó ante la Suprema Corte y al que éste tribunal dio lugar.
De acuerdo a lo que explicó, “cuando en segunda instancia la Cámara de Apelación rechazó el recurso a la Municipalidad, en los fundamentos no reguló honorarios a la sindicatura, pese a que había trabajado. Así, eximió al municipio”.
Lo que quiso dejar en claro la síndico fue que “no quiero que vengan a decir que yo demoré el expediente. Presenté el recurso porque la Municipalidad recurrió el fallo de la Cámara. Si la Municipalidad hubiese desistido, yo también lo hubiese hecho porque lo último que me importa es demorar el expediente”.
Añadió que “además, era injusto lo que hizo la Cámara de no fijar costas porque yo había trabajado y ellos se basaron en todos los argumentos que yo presenté para decidir”.
En lo que hace a las costas del proceso en la Corte, “va dividido. Una parte debe hacerse cargo la Municipalidad y otra la quiebra”.
ALGUNOS ASPECTOS DEL FALLO DE LA CORTE
El 29 de abril pasado, cinco de los jueces integrantes de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires fallaron en contra de la Municipalidad de Azul en los dos recursos extraordinarios interpuestos el 19 de septiembre de 2013; y a favor de la síndico Raquel Weisburd en el recurso por ella presentado.
Lo que buscaba el intendente José Inza era revertir la pérdida de la licitación por la venta de la planta industrial de la ex Curtiembre Piazza, a pesar de que ya en primera y segunda instancia le habían fallado en contra.
Pero no desistió en su afán de hacerse con el predio y por esto recurrió al máximo tribunal de la provincia interponiendo un recurso extraordinario de nulidad y otro de inaplicabilidad de ley.
En lo que hace al primero de los recursos, el Ejecutivo municipal había planteado la nulidad de lo actuado porque a su entender, tanto el Juzgado Civil y Comercial Nº 1 como la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial no habían tenido en cuenta las circunstancias particulares del caso cuando solicitó una mejora de ofertas luego de perder la licitación.
Los jueces Juan Carlos Hitters, Héctor Negri, Luis Esteban Genoud, Eduardo Julio Pettigiani y Eduardo De Lazzari, rechazaron el pedido confirmando los fallos de primera y segunda instancia.
Sobre el recurso de inaplicabilidad de ley, los magistrados también lo rechazaron y derribaron el argumento de Inza de que la diferencia de 1.000 pesos era un empate técnico y eso ameritaba el llamado a una mejora de ofertas.
En este sentido, en el fallo remarcan que “la escasa diferencia entre la oferta de Niemela y la de la Municipalidad no habilita a dejar sin efecto el procedimiento cumplido y convocar a una mejora de la oferta”.
En cuanto al pliego de bases y condiciones sostuvieron que no es posible modificar sus términos, como pretendía Inza en su presentación, “porque ello significaría alterar las reglas y procedimientos gobernantes del trámite y al que se habían sujetado las partes pues, caso contrario, se habrían afectado los derechos de los oferentes, especialmente de quien había resultado ganador al presentar el mejor ofrecimiento”.
Además, advirtieron que “la Municipalidad de Azul se sometió y consintió ese procedimiento (venta por licitación pública) conforme lo actuado en el proceso”.
El otro punto que rechazó esta instancia superior fue la argumentación del municipio de que el inmueble había sido declarado “de interés municipal”. En este sentido, aclararon que la Municipalidad de Azul actuó como “un particular más en la licitación” e intervino como un “oferente en igualdad de condiciones que cualquier otro” y en ese carácter se sometió al procedimiento de venta del inmueble.
Entendieron que en la presentación judicial el municipio se limitó a exponer su opinión “siendo su discurso netamente subjetivo” y, por lo tanto, inhábil para modificar lo que ya había sentenciado la Cámara de Apelación.
Por su parte, la síndico Raquel Weisburd presentó un recurso de inaplicabilidad de ley sosteniendo la figura del absurdo contra la parte del fallo de Cámara que resolvió no imponer costas en segunda instancia al municipio. Señaló que la Municipalidad fue eximida de costas “fundándose en un pacto inexistente” y afirmó que “no ha existido consentimiento alguno de las partes que justifique dicha exención”.
La Corte dio lugar a las argumentaciones de Weisburd y se le impusieron las costas del proceso de segunda instancia a la Municipalidad de Azul.
El torneo de Primera División, organizado por la Liga de Fútbol de Azul, afrontará mañana una jornada decisiva con la disputa de la duodécima fecha. La programación se adelantó por el Día de la Madre y tendrá varios encuentros importantes, tanto en la pelea por el liderazgo como en la lucha por ingresar a los cuartos de final.
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