3 de mayo de 2018
El remisero imputado, de 52 años, fue detenido ni bien en un Tribunal de Azul se anunció el fallo del segundo juicio que se hace por este hecho, ocurrido en Bolívar en octubre de 2010. Cuando la víctima fue asesinada, al ingerir un insecticida, estaba a punto de cumplir 83 años. La anciana mantenía una relación sentimental con el imputado, al que había declarado el único heredero de todos sus bienes. Después de que en un primer debate que se hizo en abril de 2015 fuera absuelto, proceso que luego fue declarado nulo en Casación, ahora el encausado fue condenado como autor de un “homicidio calificado por haberse cometido insidiosamente con veneno y por codicia”.
El remisero sentenciado a prisión perpetua por envenenar a una octogenaria fue detenido ayer en Bolívar, ni bien en Azul se anunció el fallo que lo condenó. LA MAÑANA DE BOLÍVAR
El segundo debate por el asesinato de una anciana que en octubre de 2010 había sido envenenada en Bolívar con un poderoso pesticida finalizó ayer en un tribunal de Azul con la condena a prisión perpetua para un remisero.
El encausado es el mismo hombre con el que la víctima mantenía una relación sentimental. Antes de ser asesinada, la mujer lo había declarado como el único heredero de todos sus bienes, entre los cuales figuraba un campo.
Identificado como Fabio Antonio Tiseira y de 52 años de edad, cuando ayer al mediodía se anunció el fallo con veredicto condenatorio para él los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 que intervinieron en el segundo debate relacionado con este caso ordenaron su inmediata detención.
Teniendo en cuenta que Tiseira no asistió a esa audiencia llevada a cabo en la sala de juicios del TOC 2 que está en el segundo piso del Palacio de Justicia local, minutos más tarde policías hicieron efectiva la medida cautelar en Bolívar.
Después que el remisero fuera detenido en su domicilio de esa ciudad distante a poco más de 160 kilómetros de Azul, se dispuso que -como los calabozos de la comisaría de Bolívar están clausurados- fuera trasladado a una dependencia policial con sede en Saladillo, el lugar donde ahora se encuentra.
Sin que las partes lo hayan pedido en el debate, la detención para Tiseira fue ordenada igual por los jueces que ahora lo condenaron. La decisión estuvo fundamentada en “el monto de la pena impuesta (que, junto con la reclusión perpetua, es la máxima prevista en el código penal)” y en el “peligro de fuga que se origina con motivo de una expectativa de sanción penal tan alta, lo cual hace que se verifique un aumento cierto del peligro de frustración del proceso”, escribió en el fallo Gustavo Abudarham, uno de los magistrados que intervino en este debate.
Para este juicio, el TOC 2 se completó con su habitual integración, es decir, Carlos Pagliere (h), Alejandra Raverta y el juez ya señalado, quienes por unanimidad hallaron al remisero autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por haberse cometido insidiosamente con veneno y por codicia.
Envenenada
Dora Elsa “Coca” Garmendia estaba a punto de cumplir 83 años cuando el 20 de octubre de 2010 fue hallada muerta en su casa de la ciudad de Bolívar.
Según quedó probado, tanto en este juicio como en el primer debate que se había hecho en abril de 2015 en el TOC 1 de Azul, la octogenaria fue envenenada con “Carbofurán”.
Si bien en aquel primer juicio no se pudo determinar la autoría en el homicidio de Tiseira, ahora los jueces del TOC 2 si dieron por demostrado que el remisero envenenó a la mujer.
En el fallo dado a conocer ayer se indicó que el hombre, “para asegurarse la obtención y disposición de los bienes de la misma, en virtud de que a esa fecha se encontraba instituido como heredero testamentario único del patrimonio de la víctima”, llevó a cabo el crimen.
Para cuando el hecho se produjo Tiseira y Garmendia, a pesar de la diferencia de edad entre ambos, mantenían un “vínculo sentimental”.
Pero los jueces entendieron que esa relación no era genuina, sino que estaba fundamentada en el interés del ahora condenado en poseer los bienes de esa mujer. La misma que mediante un testamento lo había declarado como el único heredero.
“También quedó legalmente demostrado el indicio de oportunidad que se desprende de la presencia del imputado en el domicilio de la víctima el mismo día en que aconteció la muerte”, escribió el juez Abudarham en el fallo.
Al respecto, versiones de testigos señalaban que la noche anterior ambos la pasaron juntos en la casa de la mujer y que, incluso, mantuvieron relaciones sexuales, según le contaría al día siguiente por teléfono Garmendia a una amiga.
“Si tenemos en cuenta que la víctima falleció en la mañana del día 20 de octubre de 2010, esto determina que el momento en que se le suministró insidiosamente el veneno -se citó en el fallo teniendo en cuenta lo afirmado por un perito que intervino en la causa penal- coincide con el momento en que Dora Garmendia le refirió a (su amiga en esa charla telefónica ya mencionada) que Fabio Tiseira se encontraba en su domicilio”. Es decir, explicó el juez Abudarham, “desde horas de la noche del día 19 hasta la madrugada o mañana del día 20”.
Esa circunstancia, a criterio de los jueces del TOC 2, “vincula directamente al encausado como autor del ilícito que se le imputa”.
Otro indicio de cargo considerado importante para demostrar la autoría del remisero en lo sucedido estuvo relacionado a que la anciana “lo había instituido como único heredero testamentario de sus bienes”.
Y se indicó que, “además del móvil económico, confluyó a la época del asesinato un factor desencadenante por el cual a Tiseira le urgía la muerte de Garmendia”: el remisero tenía una relación de pareja con otra mujer.
Conclusiones
A modo de conclusión para dar por demostrada la autoría de Tiseira en el hecho, los jueces tuvieron en cuenta que “el imputado inició una relación sentimental interesada y dispar con la víctima en vista de la diferencia de edad; que estuvo la noche anterior y la misma mañana de la muerte en el domicilio con Dora Garmendia, momento en que data la ingesta del tósigo letal”; y que “había sido instituido como único heredero de todos sus bienes y en consecuencia tenía un interés económico directo en la muerte de la víctima”. También se habló que “el desinterés puesto en la relación con Garmendia hacía que peligrara la vigencia del testamento”; y que ese vínculo con la anciana “le suscitaba dificultades” al remisero para mantener aquella relación con otra mujer, la misma con la que actualmente sigue en pareja.
A todo eso se sumó que “el encausado rápidamente convocó abogados para abrir el trámite sucesorio y disponer libremente del patrimonio heredado”; y que “malvendió los bienes heredados para deshacerse de ellos y obtener dinero en un corto lapso de tiempo”.
“Todo este conjunto de indicios valorados armónicamente, por su pluralidad y correlación entre sí y su vinculación directa con el hecho principal, conducen lógica, razonada y directamente a señalar a Fabio Tiseira como el autor material y responsable de la muerte de la señora Dora Garmendia”, se indicó también en el dictamen a través del cual el remisero fue condenado a prisión perpetua por envenenar a la octogenaria.
El dato
“La avanzada edad de la víctima, que la colocó en un estado de mayor vulnerabilidad”, fue valorada por los jueces del TOC 2 como una circunstancia agravante a la conducta delictiva del remisero condenado a prisión perpetua por este crimen.
El abogado Sebastián Barrio y el remisero Fabio Antonio Tiseira, que ahora está preso. La imagen corresponde al primero de los juicios que se hiciera por este caso, en el año 2015. JOSÉ BERGER/ARCHIVO/EL TIEMPOEl torneo de Primera División, organizado por la Liga de Fútbol de Azul, afrontará mañana una jornada decisiva con la disputa de la duodécima fecha. La programación se adelantó por el Día de la Madre y tendrá varios encuentros importantes, tanto en la pelea por el liderazgo como en la lucha por ingresar a los cuartos de final.
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