13 de noviembre de 2013

. LA PENA MÁXIMA PARA EL AUTOR DE UN BRUTAL CRIMEN

FALLO DE UN JUICIO ORAL

ARCHIVO/EL POPULAR MEDIOS

Cuando el pasado lunes se leyó en la sala ubicada en el primer piso del Palacio de Justicia local este fallo, Juan Bernardo Scheinsohn (foto) no estuvo presente, a diferencia de lo que había ocurrido con respecto a lo que fueron las otras audiencias vinculadas con este juicio en las que sí concurrió al debate.

Un olavarriense fue condenado a reclusión perpetua en un juicio que se hizo en Azul. En el debate quedó probado que mató a la madre de su tía y que intentó hacer lo propio con la hija de la víctima fatal de este homicidio, hechos que cometió para encubrir un robo. El imputado estuvo prófugo durante varios años, hasta que fue capturado en Brasil, país del que fue extraditado.

El 20 de octubre del año 2004 Olavarría se convirtió en escenario de un brutal asesinato. El hecho lo cometió un hombre que el lunes pasado, tras un juicio en un Tribunal azuleño, fue condenado a reclusión perpetua, luego de que por el caso permaneciera prófugo durante varios años y, una vez que fue localizado en Brasil, hubo que extraditarlo cuando resultara detenido.
Juan Bernardo Scheinsohn, alias "Cebolla", un olavarriense que tiene 38 años de edad, fue hallado en el debate que se hizo en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 autor penalmente responsable de los delitos homicidio calificado criminis causa, homicidio calificado criminis causa en grado de tentativa y robo agravado por el uso de armas, todos en concurso real.
En el juicio intervinieron en representación del TOC 1 los jueces Gustavo Borghi, Martín Céspedes y Joaquín Duba.

El caso

El Dr. Borghi fue el primero en votar a las cuestiones planteadas en la resolución. Y con respecto al hecho, escribió que el día ya señalado, cuando era aproximadamente la hora 13.30, el imputado concurrió a una casa en Olavarría donde en ese entonces vivían una tía suya y la madre de esa mujer.
Ana Amalia Del Zotto y su hija Leticia Lilia Massolo fueron quienes se convirtieron en las víctimas de este caso.
Del Zotto murió asesinada. Su hija, en tanto, sobrevivió al ataque de su sobrino y se convirtió en uno de los testimonios fundamentales escuchados a lo largo de lo que fue este juicio oral para condenar al encausado.
"Precisa, clara y contundente fue Leticia Lilia Massolo al prestar declaración testimonial, relatando los pormenores del hecho en el que ella y su madre Ana Amalia Del Zotto fueron víctimas, indicando no sólo todo el desarrollo del mismo, sino a su sobrino Juan Bernardo Scheinsohn como el autor del robo y feroz agresión que llevara a cabo, con muy graves consecuencias para ella misma y la muerte para su progenitora", escribió en la resolución el Dr. Borghi.
Aquel día, cuando Scheinsohn fue a la casa donde vivían las mujeres, primero atacó a Massolo.
Según quedó acreditado en el juicio, la golpeó con sus puños en el cuerpo y en la cabeza, "manifestándole que le diera la plata".
Después, el hombre tomó de la cocina un sifón metálico, un cuchillo y una cuchilla.
Lo hizo, escribió el juez Borghi, "en forma intencional y con la finalidad de ocultar, asegurar sus resultados y procurar su impunidad en el apoderamiento ilegítimo de los bienes ajenos cuya ejecución estaba llevando a cabo".
De esa manera, primero quiso matar a su tía, a quien además de golpearla "le asestó -con las armas blancas y el sifón- estocadas y múltiples golpes que le impactaron en el cuerpo y en la cabeza".
La mujer resultó gravemente herida. Pero en su caso, su sobrino no pudo matarla por lo que fueron "circunstancias ajenas a su voluntad".
De peores consecuencias fue el ataque que sufrió la madre de esa mujer. A Ana Amalia Del Zotto, el encausado "le causó intencionalmente la muerte".
"Utilizando alternativamente las manos y el sifón marca "Drago" antes referido, le propinó reiterados golpes que le impactaron en distintas partes del cuerpo, cabeza y tórax", provocándole su deceso en el lugar.
Antes de huir, el hombre condenado el lunes pasado a la pena máxima que contempla el Código Penal argentino se llevó del lugar "seiscientos pesos argentinos, cinco mil dólares estadounidenses, joyas de oro y medallas, las llaves de la vivienda y un automóvil marca "Chevrolet", modelo "Corsa", dominio "EML-101", modelo 2004, color gris, con sus llaves, documentación, varios casettes y herramientas y otros elementos".

Pedidos rechazados

La calificación del hecho quedó demostrada, según los jueces del Tribunal local, en las circunstancias que rodearon al caso.
Al respecto, el juez Borghi escribió: "Juan Bernardo Scheinsohn castigó brutalmente a Ana Amalia del Zotto hasta que tuvo la evidencia de su muerte y la consecuente seguridad que no podría intentar nada para obstaculizar su objetivo de apoderamiento ilegítimo, procediendo de igual manera respecto de Leticia Lilia Massolo, a quien también golpeó ferozmente y le aplicó varios puntazos, no logrando su objetivo de darle muerte por razones ajenas a su voluntad, pudiendo esta última mantenerse con vida y alertar al vecino de la planta alta, quien logró auxiliarla".
En el fallo, los jueces no dieron lugar a un pedido del defensor Oficial del encausado, el Dr. Samuel Bendersky, para que declararan inconstitucional la pena de reclusión perpetua.
Y otro planteo del Defensor Oficial, para que al momento de imponerle la pena al encausado el Tribnal tuviera en cuenta lo dispuesto por la Embajada de Brasil cuando extraditó a Scheinsohn, tampoco prosperó.
Desde el país vecino, se pidió que la medida debería conmutarse por una pena no superior a los treinta años, de conformidad con un artículo del Tratado del Mercosur.
"Dicha petición no puede tener favorable acogida por cuanto el Tratado que rige efectivamente el proceso de Extradición entre Argentina y la República Federativa de Brasil de fecha 16/11/69, incorporado a nuestro sistema legal mediante Ley Nº 17.272, no establece límite ni garantía alguna respecto de una eventual aplicación por parte del Estado Requirente de una pena a perpetuidad, siendo éste el marco legal que debe aplicarse", se indicó en el fallo.


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