15 de agosto de 2025
El 7 de septiembre se vota en la provincia de Buenos Aires para elegir legisladores provinciales, concejales y consejeros escolares de los municipios.
El próximo 7 de septiembre los ciudadanos de la Provincia de Buenos Aires que figuren en el padrón electoral de 2025, elegirán a los representantes de la mitad de la Legislatura provincial, concejales municipales y consejeros escolares.
Para los comicios se mantendrá la tradicional boleta partidaria a la hora de sufragar. El Ministerio de Gobierno de la Provincia estableció que "conserva plena vigencia la boleta partidaria, sistema que ha demostrado ser ágil, robusto y confiable, y que el electorado conoce y valora".
En estas elecciones se vota con boletas partidarias tradicionales papel de dos cuerpos: una para cargos provinciales y otra para municipales.
El día de la votación debe llevarse el documento argentino vigente y actualizado, y presentarlo a la autoridad de la mesa. Esa persona hará entrega de un sobre vacío y firmado, y el DNI quedará en la mesa mientras se ingresa al cuarto oscuro.
Allí habrá una boleta de dos cuerpos por cada partido político con sus candidatos y candidatas. Una vez elegido, se ingresará la boleta en el sobre que tiene que ser cerrado.
Al salir del cuarto oscuro, se deberá ingresar el sobre cerrado en la urna. La autoridad de mesa dará una constancia de emisión del voto junto al DNI. Para finalizar, hay que firmar el padrón.
DNI tarjeta, incluso si figura la leyenda "no válido para votar"
DNI libreta celeste o verde
Libreta Cívica
Libreta de Enrolamiento
Siempre hay que presentarse con el mismo ejemplar que figura en el padrón o uno más nuevo. Llevar uno anterior puede invalidar el voto. Tampoco se aceptan versiones digitales del DNI.
En el sitio web Elecciones Bonaerenses se puede consultar qué se vota según la sección electoral y el municipio al que cada uno pertenece, el lugar dónde se vota, el número de mesa de votación y el número de orden que identifica a cada ciudadano/a.
Para poder votar necesitás ser mayor de 16 años al momento de la votación. Las elecciones son obligatorias para quienes tengan entre 18 y 70 años de edad.
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