DOS DE ELLOS TIENEN ANTECEDENTES PENALES

DOS DE ELLOS TIENEN ANTECEDENTES PENALES

Los tres acusados de haber agredido a un comerciante permanecen ahora detenidos

Sus aprehensiones, llevadas a cabo el pasado sábado por la tarde después de que este incidente se produjo en una verdulería que está en Mitre entre 25 de Mayo y Moreno, fueron convertidas ayer en detenciones por la Jueza de Garantías que interviene en esta causa penal. Al propietario del comercio lo atacaron a golpes y patadas. Además, uno de los ahora detenidos le arrojó una baldosa que dio en su cabeza y le provocó una herida cortante. Mientras la agresión se llevaba a cabo, a la pareja de la víctima uno de los acusados la amenazaba apuntándole con una gomera.

1 de diciembre de 2020

Una jueza de Garantías convirtió ayer en detenciones a las aprehensiones de los dos jóvenes y del hombre que están acusados de haber agredido a un comerciante, hecho que el sábado pasado se produjo en esta ciudad e instantes después derivó en los arrestos de los ahora imputados.

Dando lugar a un pedido formulado por Adrián Peiretti, el fiscal que desde la UFI 13 lleva adelante esta investigación penal, las medidas cautelares fueron dispuestas por Magdalena Forbes, la titular del Juzgado de Garantías número1 con asiento en el Palacio de Justicia local.

Voceros policiales y judiciales allegados a la instrucción de esta causa habían identificado a los acusados como Cristian Emanuel Crescitelli, de 26 años de edad; Federico Alejandro Signorelli (34) y Diego Ismael Sombra (29).

En ese sumario figuran acusados de los delitos de amenazas simples, lesiones leves dolosas y coacción agravada, tres hechos en concurso ideal de acciones, según se señala en la resolución que ahora convirtió en detenciones a las aprehensiones de los encausados, medidas que efectivos policiales del Comando de Patrullas de Azul llevaran a cabo el pasado sábado, instantes después a ocurridos estos incidentes.

La Jueza de Garantías que entiende en esta causa penal ordenó también, junto con el dictado de estas medidas de coerción, que los imputados -que hasta anoche permanecían en la comisaría primera local- sean trasladados a la Unidad 38, una de las cárceles del SPB con asiento en la localidad olavarriense de Sierra Chica, cuando se consigan los cupos correspondientes.

Los hechos

Tal lo que EL TIEMPO ya informara en su página web, los hechos materia de esta investigación penal habían ocurrido el sábado que pasó poco antes de la hora 18.

Tuvieron como víctimas al propietario de una verdulería que está en Avenida Mitre entre 25 de Mayo y Moreno y a su esposa, cuando ambos se encontraban trabajando en el local.

"Tres personas de sexo masculino -Diego Ismael Sombra, Cristian Emanuel Crescitteli y Federico Alejandro Signorelli- se constituyeron en forma conjunta en el local comercial del rubro verdulería propiedad de Alejandro Matías Guardia", se menciona en las actuaciones penales.

Una vez en el negocio, Signorelli amenazó al comerciante, "para luego tomar una baldosa que se encontraba suelta en el suelo y arrojarla en dirección al nombrado Guardia".

En esas circunstancias Crescitelli, con una gomera que portaba, "intimidó a Lourdes Emilse Gallo -cónyuge de la víctima- con la finalidad de que tolerara contra su voluntad las agresiones sufridas por su pareja".

Además, los ahora detenidos "continuaron agrediendo a Guardia arrojándole patadas y golpes de puño sobre diferentes partes de su cuerpo".

No bien el hecho se produjo, a la verdulería concurrió personal policial que se entrevistó con el comerciante.

A causa de la lesión cortante -considerada de carácter leve- que presentaba en su cabeza, Guardia tuvo que ser trasladado al Hospital Pintos para que fuera asistido.

Al ser identificados los agresores, policías arrestaron a los tres en cercanías al lugar convertido en escenario de este incidente.

Tanto el comerciante como su pareja los conocían, ya que suelen tener trato frecuente con ellos porque habitualmente limpian parabrisas de vehículos, cuando esos rodados se detienen transitoriamente en los semáforos instalados en el cruce de las avenidas Mitre y 25 de Mayo.

"En el caso ha mediado una evidente coordinación de movimientos entre los encartados, por medio de la cual mientras unos golpeaban al ciudadano Guardia, otro de ellos sometía mediante coacción a su esposa para evitar que la misma intervenga impidiendo ese acometimiento contra su pareja", escribió la jueza Forbes en lo dispuesto ayer.

"Dicho en otras palabras -agregó la titular de Garantías 1- la acción de Sombra de apuntar con un artefacto casero tipo 'gomera' a la señora Gallo resulta útil para los restantes dos encartados, quienes aprovechan la misma para desplegar su fuerza agresora ante la víctima sin mayor dificultad, obteniendo como resultado las lesiones".

"En este temperamento, entiendo que los tres imputados han realizado la ejecución del hecho en distintos papeles o funciones, de manera que sus aportes al hecho completan la total consumación del tipo", concluyó la magistrada para pronunciarse a favor de dictarles a Crescitelli, Signorelli y Sombra las detenciones por este incidente ocurrido el sábado que pasó.

Dos de los imputados,con antecedentes

Las eventuales penas, superiores a los tres años de prisión, que podrían imponerles a los encausados de resultar condenados se convirtieron en uno de los elementos valorados por la Jueza de Garantías para convertir a sus aprehensiones en detenciones.

Además, para dictar las medidas cautelares para dos de ellos, Forbes tuvo en cuenta los antecedentes penales computables que registran.

Al respecto, en la resolución dada a conocer ayer se menciona que Diego Ismael Sombra fue condenado el 17 de noviembre de 2017 "a la pena única de 3 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo por resultar responsable de los delitos de hurto -dos hechos -, robo simple y robo agravado por escalamiento; todos ellos en concurso real de acciones".

En tanto, el antecedente que registra Cristian Emanuel Crescitelli data del 12 de septiembre de 2016, cuando había sido sentenciado a una pena única de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional por los delitos de encubrimiento y amenazas agravadas.

EL DATO

Cuando el pasado domingo por la tarde los tres ahora detenidos habían sido trasladados a los tribunales de Azul para ser indagados, ninguno de ellos declaró en las audiencias llevadas a cabo a tenor de lo que establece el Artículo 308 del CPP ante el Fiscal que instruye esta causa penal.

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