27 de noviembre de 2022

HABÍA SIDO DETENIDO EN FEBRERO DEL AÑO PASADO

HABÍA SIDO DETENIDO EN FEBRERO DEL AÑO PASADO . Morigeración de prisión para comerciante acusado de una infracción a la Ley 23.737

En segunda instancia el beneficio al imputado le fue concedido desde la Cámara Penal, en respuesta a un recurso de apelación que formulara su abogado defensor. De esa manera, ahora el azuleño encausado cumplirá arresto domiciliario y también está autorizado para salir a trabajar. Llamado Máximo López y propietario de un kiosco, el juicio al que tiene que ser sometido por este hecho, donde se lo señala como quien vendía marihuana al menudeo que él mismo cultivaba, se realizará en marzo próximo.

Favorecido con una morigeración de su prisión preventiva, un comerciante acusado de una infracción a la Ley 23.737 pasará a cumplir arresto en su casa de esta ciudad, "con salidas laborales y control mediante monitoreo electrónico".

Luego de que en un principio esa solicitud de su abogado defensor no prosperara ante el tribunal donde debe ser juzgado por el ilícito que le imputan, en respuesta a un recurso de apelación formulado ante la Cámara Penal se resolvió otorgarle el referido beneficio al encausado.

Este jueves que pasó se conoció la decisión para el comerciante, quien todavía sigue en la Unidad 7, a la espera de que en la casa donde continuará privado de la libertad se ultimen los detalles para que le sea colocado ese dispositivo electrónico que desde el SPB servirá para controlar sus movimientos.

El beneficio fue concedido, en segunda instancia, por los camaristas Damián Cini y Carlos Pagliere (h).

El imputado que tiene esta causa se llama Máximo Ángel López. De 35 años de edad, es oriundo de Azul y lo habían detenido en febrero del año pasado, acusado de dedicarse a vender marihuana al menudeo que él mismo cultivaba.

Tanto su familia como su abogado defensor Néstor Adrián Castro -quien había apelado ante la Cámara Penal la denegatoria a la concesión del referido beneficio para su cliente- vienen sosteniendo desde hace tiempo que la sustancia vegetal que el hombre tenía en su poder y derivara en el inicio de la causa que lo involucra obedecía a que cultiva aceite de cannabis.

En ese sumario penal López -propietario de un kiosco ubicado sobre la Avenida 25 de Mayo, en cercanías al cruce con la también Avenida Perón- figura acusado del delito de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas al consumidor.

Hacia ese hombre como el probable autor de esta infracción a la Ley 23.737 se llegó por medio de una investigación penal que lo ubicaba como quien se dedicaba a la realización de juegos clandestinos de manera online.

De esa manera, el 9 de septiembre de 2020 policías allanaron su domicilio. Y en aquel procedimiento se hallaron en su poder varios frascos que contenían cogollos de marihuana, por lo que se le inició esa causa penal que lo tiene a la espera de ser juzgado; aunque ahora beneficiado con una medida alternativa a la prisión preventiva que en su momento le fuera dictada como el probable autor de esta infracción a la ley de estupefacientes.

Si bien ese 9 de septiembre de 2020 en que se hallaron en su poder los frascos con flores de marihuana López resultó arrestado, en el marco de la tramitación de esa causa al día siguiente recuperó la libertad.

Dicho sumario se instruyó desde la UFI 22 que en los tribunales de Azul conduce el fiscal Lucas Moyano. Y contando con el resultado del análisis de un teléfono celular que le fuera incautado también a Máximo López durante el allanamiento, de las comunicaciones que ese móvil contenía se originó la imputación que todavía pesa sobre él como un probable vendedor de marihuana que cultivaba en su casa.

De esa manera, su detención había sido ordenada por el juez de Garantías Federico Barberena el 18 de febrero del año anterior.

Pero a partir de los próximos días la referida medida de coerción pasará a cumplirla en su casa, favorecido por esa morigeración de prisión que, además, le permite salir a trabajar.

Consideraciones

A través de lo resuelto desde la Alzada departamental se dispuso revocar una decisión de la jueza Inés Olmedo, una de las actuales integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 con sede en el Palacio de Justicia local, el lugar donde Máximo López tiene que ser juzgado por esa infracción a la Ley 23.737 que le continúan imputando.

La Jueza del TOC 2 había rechazado en una primera instancia, el 8 de agosto de este año, la morigeración de prisión del comerciante que su Defensa Particular solicitara en los mismos términos que le fuera otorgada al encausado hace tres días desde la Cámara Penal.

En aquella presentación que no prosperó, el abogado de López pedía también, de manera subsidiaria, que a su cliente le concedieran salidas transitorias desde la cárcel donde sigue por el momento privado de la libertad.

"Analizada la situación de López, encuentro que el nombrado fue detenido el 18/02/2021 y se le han reconocido tres meses en concepto de 'estímulo educativo', lo que implica que ha arribado a la mitad del mínimo de la pena que tiene previsto el delito que se le imputa", escribió el camarista Damián Cini en lo resuelto hace tres días.

"Al causante -continuó explicando el actual Vicepresidente de la Alzada departamental- se le enrostra el ilícito de 'tenencia de estupefacientes con fines de comercialización', que prevé un mínimo de cuatro años de prisión, por lo que en caso de condena y de aplicársele la sanción mencionada ha alcanzado privado de libertad la mitad de dicha pena, lo que a primera vista y conforme los parámetros antes analizados demostraría que se encuentra afectado el principio de proporcionalidad".

Además, para concederle el referido beneficio a López se tuvieron en cuenta un informe ambiental y otro, también favorable para el comerciante, que fuera elaborado desde el Servicio Penitenciario Bonaerense durante su permanencia en la cárcel.

"Registra conducta Ejemplar 10, merece concepto bueno y no tiene sanciones disciplinarias", se indicó al respeto. Y se destacó también que "mantiene un trato correcto y respetuoso con el personal penitenciario, que acata de manera obediente las órdenes impartidas, que no evidencia problemas de índole convivencial con el resto de sus iguales y que se desempeña de manera satisfactoria tanto en el área educativa -se halla cursando la carrera de Abogacía en la Universidad Nacional del Centro- como en lo laboral", ya que trabaja "como bibliotecario" en el Centro Universitario.

"En definitiva colijo que en el caso, de la valoración global de las características del hecho atribuido, las condiciones personales del imputado y demás datos relevantes que se destacaron, se ha demostrado la concurrencia de condiciones favorables que permiten sostener la excepcionalidad que se requiere como para hacer lugar a la morigeración peticionada", concluyó el juez Cini desde la Cámara Penal para otorgarle el referido beneficio al encausado.

El dato

Para el 16 de marzo próximo, en el ya mencionado Tribunal Oral en lo Criminal número 2, está fijada la fecha de inicio del debate al que Máximo Ángel López será sometido por esta infracción a la Ley 23.737 que le imputan a título de autor.

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