FALLO DE UN TRIBUNAL AZULEÑO
Culminó ayer en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Azul el juicio contra un hombre acusado de matar a su esposa en la vecina ciudad. La víctima tenía al momento de su muerte 86 años, mientras que el victimario, actualmente tiene 76. La defensa anticipó que apelará la resolución del TOC 1.
Ayer pocos minutos después de las 13 finalizó el proceso judicial por el homicidio de Nelly Garisoain, de 86 años, que fue asesinada en su domicilio del barrio Pueblo Nuevo, ubicado en la esquina de Dorrego y Maipú de la vecina ciudad de Olavarría.
El debate se extendió por espacio de cuatro días en la sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Azul, que integran los doctores Joaquín Duba, Martín Céspedes y Gustavo Borghi.
La pena recayó en el único imputado por el hecho, identificado como Oscar Conlon, de 76 años de edad.
La parte resolutiva de la sentencia por el crimen se leyó ayer, en tanto que la defensa ratificó que apelará la medida.
Algo más de 40 páginas de fundamentos y extractos de testimonios le sirvieron a los integrantes del tribunal para condenar al hombre por el brutal crimen de su esposa. Si bien en mayor medida se trata de evidencias indiciales, las mismas les bastaron a los jueces, tanto para situar al imputado en el lugar de los hechos como para señalarlo como el autor material del aberrante homicidio.
La defensa hizo hincapié en la existencia de puntos no demasiado claros, razón por la cual apelará la sentencia, por cuanto aducen que el homicidio se produjo en ocasión de robo y que, en caso de no haber existido, en qué se basaron los investigadores para descartarlo de forma tan apresurada.
El tribunal menciona al respecto que "la hipótesis de robo con consecuencia de muerte alegada por la Defensa carece totalmente de sustento, habiendo sido descartada a poco de andar por los investigadores".
De esa forma, y tomando fundamentalmente los testimonios de los efectivos policiales que trabajaron en el lugar, fueron enumerando distintos indicios y situaciones que los llevaron a tal conclusión.
Uno de los postulados más concisos indica que "si bien estaba la persiana de la cocina comedor algo levantada y la ventana parcialmente abierta", lo mismo constituye "un artilugio con la intención de desviar de sí mismo la investigación, claro está, infructuosamente".
De idéntica forma se aborda en el fallo la cuestión referida al orden que presentaba el interior del domicilio del barrio Pueblo Nuevo. "Tampoco se halló el desorden habitual de quien inmerso en una sustracción, actúa con la máxima celeridad posible para apoderarse de elementos o documentación de valor, no habiendo faltado absolutamente nada de la vivienda, ni habiéndose llevado el reloj, pulsera, anillos, cadena, medalla y aros que la víctima tenía colocados".
Atacada y descartada efectivamente la hipótesis de un homicidio en ocasión de robo, la resolución también posee sumos apartados dedicados a la figura de Oscar Conlon. "Puntualmente relevante fue el hallazgo por parte del personal policial interviniente, de una bolsa plástica cerrada que contenía el par de alpargatas y la camisa y por fuera de aquella también la cuchilla, el palo de amasar y la llave del cofre que estaba abierto en la cama matrimonial, escondidos adentro del garaje que estaba cerrado con llave, en un lugar que solo podía conocer quien vivía en la casa", se menciona en la resolución.
Inclusive, los magistrados van más lejos sobre esta cuestión y añaden que "careciendo de toda racionalidad que quien siendo un intruso en la vivienda y teniendo en su poder la llave de apertura del cofre procediera a abrirlo, dejarlo prolijamente extendido sobre la cama matrimonial y escondiera aquella en ese ya mencionado especial sitio de la casa y ello junto a los restantes efectos a los cuales se les detectó sangre y rastros genéticos pertenecientes a Luciana Nelly Garisoain".
El citado cofre tomó suma presencia en las distintas jornadas del debate, así como la llave para acceder al garaje, en cuyo interior se hallaba el sobretecho donde cuidadosamente habían sido guardados cada uno de los elementos utilizados en el crimen de la víctima.
Otra dato algo revelador que se pudo ver en la sentencia es el marco horario en el que se dio la muerte, algo sobre lo que los especialistas dejaron sembradas ciertas incertidumbres. Se sitúa el trágico suceso entre las 20.35 y 21.40, tomando como parámetro unas llamadas telefónicas realizadas por un familiar que habla en primera instancia con la víctima y que escasos minutos después vuelve a llamar pero quien responde es el ahora condenado. "Lo que resulta trascendente porque determina que a ese momento, la misma aún se hallaba con vida y por otra parte, que el último se encontraba en la vivienda en la que ambos residían". Otro de los parámetros también lo da otro llamado telefónico realizado en ese margen horario, en este caso de un amigo de Garisoain que también les había realizado unos trabajos en pintura y les reclamaba un dinero adeudado.
El dato en torno a las 21.40 lo da la declaración de familiares y vecinos del matrimonio, que indican que alrededor de las 21.45 Conlon arribo a su casa y se quedó hasta después de las 23 jugando a las cartas.
Con estos datos fue que los jueces Martín Céspedes (que ofició de presidente del Tribunal), Joaquín Duba y Gustavo Borghi, se sirvieron para condenar al imputado a la pena de prisión perpetua, habiéndolo encontrado como autor penalmente responsable del delito de "homicidio agravado por el vínculo".
La defensa, llevada adelante por los abogados olavarrienses Pablo Salerno y Daiana Musa, adelantaron que apelarán la resolución, una vez que tomen conocimientos de los fundamentos esgrimidos por los jueces. Conlon, por su parte, continuaría su detención en el mismo domicilio que lo viene realizando hasta ahora, es decir en el de uno de sus hijos en Coronel Suárez. Vale recordar que el ahora condenado tiene 76 años, debido a lo cual pudo acceder al beneficio del arresto domiciliario.