28 de octubre de 2026

DESDE "MUJERES QUE AVANZAN"

DESDE "MUJERES QUE AVANZAN" . Proponen una ordenanza para erradicar los microbasurales a cielo abierto en el distrito

La entidad presentó en el Concejo Deliberante un proyecto para que sea ingresado en el Orden del Día de la próxima sesión ordinaria. "La permanencia de los microbasurales durante períodos prolongados constituye una problemática que requiere atención prioritaria de las autoridades municipales", se afirma. El objetivo del articulado sugerido es el de "pasar de la existencia de normas a su cumplimiento efectivo, con controles, plazos y resultados verificables".

Con las firmas de dos representantes locales de la entidad Mujeres que Avanzan, Angélica Rosales y Silvina Andrade, se presentó en el legislativo local un proyecto de Ordenanza sobre la problemática de los microbasurales a cielo abierto en el distrito de Azul, haciendo hincapié en sus consecuencias ambientales y en los riesgos que representan para la salud de la comunidad.

En ese sentido, también se solicitó que dicho proyecto, "con la totalidad de su articulado, sea leído en la próxima sesión del cuerpo deliberativo", en la 17° ordinaria prevista para noviembre próximo

Desde Mujeres que Avanzan destacaron "la importancia de promover propuestas concretas para abordar las problemáticas de la ciudad y mejorar la calidad de vida de los vecinos".

De esa manera, se impulsa el "fortalecimiento de los mecanismos de prevención, control y erradicación de microbasurales en el Partido de Azul".

En efecto, en la nota dirigida al presidente del Concejo Deliberante, Ignacio Furiasse, se indicó que el objetivo del proyecto presentado es el de "fortalecer los mecanismos de aplicación, control y seguimiento de la normativa municipal vigente en materia de limpieza de terrenos, disposición irregular de residuos y prevención de microbasurales en el Partido de Azul", por lo cual se solicita "su tratamiento en el Honorable Concejo Deliberante".

Se observa, en primer término, "la Ordenanza Municipal N° 04149/18, relativa al mantenimiento, conservación y limpieza de terrenos e inmuebles abandonados; la Ordenanza N° 04492, correspondiente al Código de Faltas Municipal; y la necesidad de fortalecer las acciones de prevención, fiscalización, erradicación y seguimiento de los microbasurales existentes en el Partido de Azul".

En la iniciativa de Mujeres que Avanzan se expresa que "el Partido de Azul presenta situaciones de acumulación irregular de residuos en espacios públicos, terrenos baldíos, veredas y cunetas, que afectan el ambiente, la salud pública y la calidad de vida de los vecinos", mientras que "la Ordenanza N° 04149/18 establece obligaciones de limpieza y mantenimiento para terrenos baldíos e inmuebles abandonados, mientras que el Código de Faltas Municipal contempla sanciones por arrojar o depositar residuos en lugares prohibidos".

"La existencia de normas vigentes requiere mecanismos eficaces de fiscalización, aplicación de sanciones y seguimiento para garantizar su cumplimiento", se indica, para luego añadir: "La permanencia de microbasurales durante períodos prolongados genera olores desagradables, favorece la proliferación de roedores e insectos y puede ocasionar riesgos sanitarios y ambientales. La acumulación de residuos a cielo abierto puede favorecer la proliferación de roedores, mosquitos y otros vectores transmisores de enfermedades, generar focos de contaminación y exposición a agentes potencialmente nocivos, y aumentar los riesgos para la salud de las personas que viven, transitan o desarrollan sus actividades en las inmediaciones, especialmente niños, personas mayores y personas con discapacidad".

En ese marco, se subraya que "la permanencia de estos microbasurales durante períodos prolongados constituye una problemática que requiere atención prioritaria de las autoridades municipales, mediante acciones de limpieza, prevención, control sanitario y seguimiento, a fin de proteger la salud pública y garantizar condiciones ambientales adecuadas para toda la comunidad". Por ello, se puntualiza, "resulta necesario conocer la cantidad y ubicación de los microbasurales existentes, determinar las prioridades de intervención y establecer mecanismos de seguimiento que permitan evaluar la respuesta municipal".

Asimismo se observa que "la limpieza de los lugares afectados debe acompañarse de medidas preventivas que impidan la reincidencia y eviten que los espacios recuperados vuelvan a convertirse en sitios de disposición irregular de residuos", en tanto "la participación de los vecinos constituye una herramienta fundamental para detectar nuevos focos, denunciar infracciones y colaborar con el cuidado de los espacios comunes".

"Resulta conveniente fortalecer los canales de denuncia ciudadana, facilitar el envío de fotografías y ubicaciones geográficas y establecer procedimientos de registro y seguimiento de los reclamos", se agrega, como también que "es responsabilidad del Estado municipal velar por el cumplimiento de las normas vigentes, proteger la salud de la población y garantizar condiciones ambientales adecuadas en todos los barrios y localidades del Partido de Azul".

Se refiere que "este grupo, Mujeres que Avanzan, junto a los vecinos, considera prioritario impulsar medidas concretas que permitan pasar de la existencia de normas a su cumplimiento efectivo, con controles, plazos y resultados verificables".

En el articulado propuesto se establece "el fortalecimiento de los mecanismos de aplicación, fiscalización y seguimiento de la Ordenanza N° 4149 y de la Ordenanza N° 4492/2020, en todo lo relativo a la limpieza y mantenimiento de terrenos e inmuebles, la disposición irregular de residuos y la prevención y erradicación de microbasurales en el Partido de Azul".

Del mismo modo, "el Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar un relevamiento de los microbasurales existentes en el Partido de Azul, incluyendo la ciudad cabecera y las localidades del partido, con el objeto de determinar su ubicación, extensión aproximada, condiciones sanitarias y ambientales, población potencialmente afectada y medidas necesarias para su erradicación".

También el Ejecutivo "deberá elaborar un registro actualizado de los sitios relevados, que permita organizar las intervenciones según criterios de riesgo sanitario, ambiental y social, priorizando aquellos lugares que afecten directamente a viviendas y sectores donde residan personas en situación de vulnerabilidad".

Se propone reforzar "los controles e inspecciones sobre terrenos baldíos e inmuebles abandonados que presenten acumulación de residuos, malezas, aguas estancadas u otras condiciones que puedan representar riesgos para la salud pública, el ambiente o la seguridad". Y, "ante la constatación de incumplimientos, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá proceder conforme a la normativa vigente, intimando a los responsables y aplicando las sanciones que correspondan. En caso de persistir el incumplimiento, deberán evaluarse y ejecutarse las medidas administrativas legalmente habilitadas para solucionar la situación, con cargo al responsable cuando corresponda".

Del mismo modo, en el articulado se indica que "el Departamento Ejecutivo Municipal deberá fortalecer los mecanismos de identificación y sanción de las personas que arrojen o depositen residuos en lugares no autorizados, conforme al Código de Faltas Municipal y demás disposiciones aplicables". "Asimismo, deberá evaluar medidas específicas de fiscalización para prevenir la reincidencia en los lugares donde se hayan realizado tareas de limpieza y recuperación".

Prevé, por otro lado, que "el Departamento Ejecutivo Municipal deberá iniciar, dentro de los noventa días corridos desde la promulgación de la presente [Ordenanza], el relevamiento previsto en los artículos precedentes y elaborar un plan de intervención que establezca prioridades y acciones para la limpieza y recuperación de los lugares identificados. Dentro de los ciento ochenta días corridos desde la promulgación, deberá presentar ante el Honorable Concejo Deliberante un informe sobre los sitios relevados, las tareas realizadas, las intervenciones pendientes y las medidas previstas para evitar la reaparición de microbasurales".

Por otro lado, establece que "el Departamento Ejecutivo Municipal deberá fortalecer los canales de recepción de denuncias ciudadanas por microbasurales, permitiendo, cuando resulte técnicamente posible, el envío de fotografías, la ubicación geográfica y una descripción del lugar afectado, mediante los canales oficiales disponibles, incluidos correo electrónico y WhatsApp. Cada denuncia deberá contar con un mecanismo de registro que permita su identificación y seguimiento". Además, el Ejecutivo "deberá establecer un procedimiento de atención y seguimiento de las denuncias, determinando plazos razonables de evaluación y respuesta según la gravedad y el riesgo sanitario o ambiental de cada caso".

Puntualiza que, "en los lugares donde se hayan erradicado microbasurales, deberán implementarse medidas preventivas adecuadas, que podrán incluir cartelería informativa, inspecciones periódicas y otras acciones destinadas a evitar la nueva disposición irregular de residuos".

Asimismo, subraya que el Ejecutivo local "deberá desarrollar campañas periódicas de educación y concientización ambiental, informando sobre la correcta disposición de residuos, las obligaciones de los propietarios de terrenos y las sanciones previstas para quienes incumplan la normativa vigente".

Se promueve "el trabajo articulado entre las áreas municipales competentes, las comisiones vecinales, las instituciones y los vecinos, con el objeto de identificar situaciones problemáticas, coordinar acciones preventivas y realizar el seguimiento de los espacios recuperados".

Establece, de la misma manera, que "el Departamento Ejecutivo Municipal deberá remitir al Honorable Concejo Deliberante informes periódicos sobre el cumplimiento de la presente, detallando la cantidad de microbasurales identificados y erradicados, las denuncias recibidas, las inspecciones realizadas, las intimaciones cursadas, las sanciones aplicadas y las acciones de seguimiento implementadas". Y también "dar amplia difusión a las medidas implementadas en cumplimiento de la presente Ordenanza".


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