19 de marzo de 2014

. Redujeron a dieciocho años de prisión la pena única que le habían impuesto al autor de los crímenes de dos hermanos

Una Defensora Oficial había recurrido el fallo ante el Tribunal de Alzada, luego de que al responsable de estos asesinatos y de otros delitos lo condenaran en primera instancia, en septiembre de 2012, a una pena única de veinte años de prisión. Desde Casación, al dar lugar al recurso, se hicieron una serie de observaciones que derivaron en que la causa se remitiera nuevamente al Tribunal escenario de este juicio para que dictara un nuevo pronunciamiento. De esa manera, días atrás el encausado fue condenado a los ya señalados dieciocho años de prisión en formato de pena única, sanción que entre otros delitos incluyó la autoría de los homicidios de dos hermanos que ocurrieron en Azul en marzo del año 2009.

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La pena única de veinte años de prisión que en septiembre de 2012 un Tribunal local le impusiera al autor de dos asesinatos y de otros delitos fue reducida a dieciocho años, según informaron ayer fuentes judiciales.

La decisión fue dispuesta desde Casación, luego de que se diera lugar a un recurso presentado por la Defensa Oficial del encausado.

De esa manera, el Tribunal de Alzada reenvió la causa penal al Tribunal de primera instancia para que los jueces que habían intervenido en el debate dictaran “un nuevo pronunciamiento conforme a derecho”.

Para ese nuevo pronunciamiento se valoraron ahora dos atenuantes y se descartó una agravante que en principio los magistrados que participaron en el juicio no habían tenido en cuenta, circunstancias que sí mencionara en su alegato la funcionaria judicial que patrocinó al autor de estos crímenes.

El hombre al que ahora le redujeron la condena a una pena única de dieciocho años de prisión se llama Lionel Luis Walter Cosentino Flores, de 38 años de edad y oriundo de la provincia de Santa Fe.

En primera instancia, pena única de 20 años de prisión

Cosentino había sido sometido a un proceso en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 por los crímenes de dos hermanos que en esta ciudad habían ocurrido en marzo del año 2009.

Además de los asesinatos, el hombre -conocido también por los apodos “Santafesino” y “Lucho”- fue juzgado en ese mismo debate por otros delitos.

Entre esos ilícitos figuraban la tenencia de un arma de fuego y de drogas con fines de comercialización, hechos descubiertos cuando en Tandil fuera capturado después de permanecer prófugo durante dos años por los crímenes, en ocasión de que se encontraba en un camping y tenía una identidad falsa.

El TOC 2, integrado por sus habituales jueces Alejandra Raverta, Gustavo Abudarham y Carlos Pagliere (h), había condenado a Cosentino en primera instancia -el 18 de septiembre de 2012- a la ya señalada pena única de veinte años de prisión, al hallarlo autor penalmente responsable de los siguientes delitos: doble homicidio agravado por el uso de arma de fuego; tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas; tenencia ilegal de arma de guerra sin la debida autorización legal y tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, todos ellos en concurso real.

El 1 de marzo del año 2009 los asesinatos habían tenido como víctimas a dos hermanos llamados Mauro y Bernardo Román, a quienes -según quedara probado en el juicio y luego Casación confirmó- Cosentino asesinó a balazos utilizando un revólver, arma de fuego que nunca pudo ser hallada.

Cuando los asesinatos se produjeron las víctimas, que se movilizaban en un auto en el que iban acompañadas por otras personas, habían ido a buscar al homicida a la casa en la que por entonces vivía junto con su pareja, ubicada en Jujuy y Sarmiento del barrio Villa Suiza.

Mauro Román, un joven que tenía 24 años, recibió un disparo en el pecho que le produjo la muerte ese mismo día.

Su hermano Bernardo, de 30 años de edad y apodado “el Pollo”, recibió un balazo en su cabeza que tres días después derivó en su deceso, el 4 de marzo de 2009, mientras estaba internado en el Hospital Pintos.

Ni bien ocurrieron los homicidios aquel domingo 1 de marzo, Cosentino huyó llevándose el revólver.

Recién pudo ser capturado dos años más tarde, el 11 de marzo de 2011, cuando -tal lo ya señalado- fue hallado en un camping de Tandil con una identidad falsa.

En aquella oportunidad, los policías que intervinieron en su detención encontraron en su poder un revólver calibre 38, marihuana y cocaína.

Además, aquel día había sido allanada la casa que ocupaba en la ciudad serrana, lugar donde se incautaron más sustancias estupefacientes que el hombre tenía para vender al menudeo, según lo que quedara probado.

En el mismo debate, otra de las causas acumuladas por la que también fue condenado tuvo que ver con el hallazgo de una pistola calibre 22, cuando el 21 de diciembre de 2007 fuera allanada la casa donde en aquel entonces Cosentino vivía, en el Barrio Mariano Moreno de Azul.

La pena única de veinte años de prisión que en primera instancia Cosentino recibió tuvo que ver con un antecedente penal computable que registraba desde el 23 de noviembre de 2011, cuando en un Juzgado Correccional de Azul lo condenaron a dos años de prisión a cumplir y al pago de una multa de 300 pesos por el delito tenencia ilegítima de estupefacientes.

Dos años menos

En el juicio oral había sido representante del Ministerio Público Fiscal el Dr. Luis Surget y la abogada Carina Ballestar se desempeñó como Particular Damnificada, patrocinando en el debate a los familiares de los hermanos asesinados.

A Cosentino lo representó la defensora Oficial Mariana Mocciaro, funcionaria judicial que luego apelara el fallo de primera instancia ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia.

El 14 de noviembre del año pasado la Sala V del Tribunal de Alzada dio lugar al recurso interpuesto.

Lo hizo, según lo mencionado en el dictamen, porque no debía considerarse como una agravante a la pena que recibió que Cosentino contaba con procesos judiciales pendientes, “una circunstancia agravatoria que debe desaplicarse por importar una violación del principio de inocencia”, según lo sostuvieron los jueces de Casación.

También el recurso prosperó porque en primera instancia había sido “inobservado” un artículo de la Constitución bonaerense, “al omitirse valorar una circunstancia atenuante de la pena solicitada en el juicio por la Defensa”.

De esa manera, el expediente fue remitido nuevamente al Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul desde La Plata, para que se dictara “un nuevo pronunciamiento conforme a derecho”.

Desde Casación, en la misma resolución, se aclaró que la materialidad de los delitos por los que Cosentino fuera condenado como así también su autoría, al igual que la inexistencia de eximentes, las atenuantes y las agravantes valoradas en el fallo quedaban firmes.

De esa forma, cuando los jueces del TOC 2 se reunieron el pasado día diez del corriente mes para emitir ese nuevo pronunciamiento, se indicó que se debía tener en cuenta como una atenuante “la provocación y la agresión ilegítima que sufrieran su esposa y el causante” cuando los hermanos Román fueron asesinados.

También, el abandono que Cosentino sufriera por parte de sus padres cuando era un niño.

“Asimismo -señalaron los magistrados azuleños- no debe tenerse en cuenta como agravante el haber delinquido el causante en la oportunidad de autos teniendo un proceso en trámite pendiente”.

Con estas observaciones se resolvió condenar ahora a Lionel “Lucho” Cosentino a la ya señalada pena única de dieciocho años de prisión, lo que significó que le redujeran dos años esa sanción de primera instancia que recibiera cuando fue sometido a este juicio en el TOC 2.

Además de esa pena de prisión le fue impuesta otra, vinculada exclusivamente con la infracción a la Ley de Drogas que cometió, consistente en el pago de una multa de mil pesos, misma suma de dinero que le fuera fijada en primera instancia.

El dato

Según lo señalado ayer por voceros judiciales, Cosentino está actualmente preso en la Unidad 30, la cárcel del Servicio Penitenciario Bonaerense con sede en General Alvear.

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