15 de agosto de 2013

. TRAS LA CONFIRMACIÓN DEL FALLO, DETUVIERON OTRA VEZ A UN CHOFER QUE PROVOCÓ LAS MUERTES DE UN HOMBRE Y SU HIJO

PARA QUE CUMPLA CON LO QUE LE RESTA DE LA CONDENA


El camionero había sido detenido el pasado martes en Olavarría, luego de que Casación confirmara el fallo donde un Tribunal azuleño lo había hallado el año pasado autor de un doble homicidio culposo.
EL POPULAR MEDIOS

Es un olavarriense que en abril del año 2011 en la Ruta 3, en jurisdicción del Partido de Azul, conducía en estado de ebriedad un camión con el que se cruzó de carril y chocó contra un auto. En el accidente murieron un hombre y su hijo trasplantado de corazón, quienes iban en el rodado menor. El transportista había estado preso hasta junio del año pasado, luego de que por el caso fuera condenado en primera instancia a penas de cinco años de prisión y de diez años de inhabilitación para manejar. El pasado martes volvió a ser detenido, después de que Casación confirmara parcialmente el fallo del Tribunal 2 local, al mantener la calificación de la causa pero reducir las penas para el chofer: cuatro años y diez meses de prisión y nueve años de prohibición para conducir.

Luego de que Casación confirmara parcialmente el fallo que en mayo del año pasado había condenado a un transportista por la muerte de un hombre y de su hijo en un accidente de tránsito ocurrido sobre la Ruta 3, el chofer fue detenido nuevamente para cumplir con el resto de la pena que le fuera impuesta, informaron ayer voceros judiciales.
La medida cautelar se hizo efectiva el pasado martes en la zona rural de Olavarría, en un lugar donde por estos días el camionero estaba trabajando.
En el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul -que integran los jueces Alejandra Raverta, Gustavo Abudarham y Carlos Pagliere (h)- el 2 de mayo del año pasado Julio César Pebay, un olavarriense de 39 años de edad, había sido condenado como autor penalmente responsable del delito homicidio culposo (dos hechos) y lesiones leves culposas, en concurso ideal de acciones, a una pena de cinco años de prisión y a otra de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el plazo de diez años.
Las penas impuestas al transportista en el proceso llevado a cabo en la sala ubicada en el segundo piso del Palacio de Justicia local habían sido las máximas que el Código Penal argentino contempla para el tipo de delito por el que el olavarriense había sido juzgado, después de que llegara a ese debate acusado de un "doble homicidio doloso".
Una de las características que tuvo este caso fue que el chofer estuvo preso por el hecho que cometió, mientras manejaba en estado de ebriedad un camión con el que en la Ruta 3, en jurisdicción del Partido de Azul, había embestido a un auto en el que viajaban las víctimas.
En ese contexto, luego de que resultara detenido el mismo día de ocurrido el hecho -17 de abril del año 2011- el transportista llegó privado de la libertad al juicio. Y estuvo en esa condición hasta el 19 de junio del año pasado, cuando desde el Tribunal que lo condenó le fue otorgada una libertad provisoria, a cambio del embargo de uno de sus bienes (según lo indicado ayer, un vehículo automotor) y teniendo en cuenta que en ese entonces el fallo de primera instancia todavía no estaba firme.
Según lo referido por voceros del TOC 2, Casación confirmó parcialmente el fallo, ya que sancionó al transportista por el mismo delito por el que en primera instancia había sido condenado, aunque el Tribunal de Alzada le redujo la pena de prisión a cuatro años y diez meses y la inhabilitación para manejar a nueve años.

El dato

El camionero estaba hasta ayer alojado en la Estación de Policía Comunal de Tapalqué, a la espera que desde el Servicio Penitenciario Bonaerense le fuera concedido un cupo para ser remitido a la Unidad 38, una de las cárceles ubicadas en el complejo penal de la localidad olavarriense de Sierra Chica, según dijeron a EL TIEMPO voceros del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul. En la primera parte de esta condena que cumplió, estuvo preso en la Unidad 2, otro de los establecimientos penales que está en Sierra Chica.

CONDUCÍA EN ESTADO DE EBRIEDAD

Julio César Pebay había sido condenado, juicio mediante en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de Azul, como autor penalmente responsable de un accidente de tránsito donde habían muerto un nene y su papá, víctimas fatales ambas oriundas de Tres Arroyos.
En primera instancia, en aquel debate cuyo fallo se anunció el 2 de mayo del año pasado, el transportista fue hallado autor penalmente responsable del delito homicidio culposo (dos hechos) y lesiones leves culposas, en concurso ideal de acciones.
Eso derivó en que le impusieran las ya referidas condenas de cinco años de prisión y de diez años de inhabilitación especial, penas que ahora Casación, al confirmar parcialmente aquel fallo de primera instancia, redujo -respectivamente- a cuatro años y diez meses de cárcel y a nueve años de prohibición para conducir.
Escenario de este accidente de tránsito ocurrido el 17 de abril del año 2011 había sido la Ruta Nacional número 3, a la altura del kilómetro 306, en jurisdicción del Partido de Azul.
El chofer que ahora fue detenido nuevamente manejaba aquel día un camión Ford Cargo con el que embistió a un automóvil Renault 19.
El auto circulaba en sentido opuesto al del camión, cuando los ocupantes del vehículo -un matrimonio y su hijo, un nene que un año antes había sido trasplantado de corazón- se dirigían hacia la Capital Federal, concretamente al Hospital Garrahan para que el chico fuera sometido a un control.
Si bien para los jueces quedó demostrado que Pebay no quiso provocar en forma intencional las muertes del menor y su papá -algo que sostenían Fiscal y Particular Damnificado en este debate- sí se determinó que con su accionar violó los deberes de cuidado establecidos para evitar que una situación así se produjera.
Otro dato importante vinculado con lo que fue este accidente tuvo que ver con que las pericias a las que el chofer del camión fue sometido demostraron que al momento del choque manejaba en estado de ebriedad.
En ese contexto, de diferentes testimonios escuchados en el juicio se pudo saber que Pebay, antes de subirse al camión con el que desde Chillar vino a Azul, había estado en "diferentes locales de esparcimiento nocturno" en la vecina localidad y en esta ciudad, según escribió el juez Abudarham en el fallo de este proceso.
Cuando el camionero regresaba a Chillar aquel día se produjo el fatal choque, al invadir con el rodado de carga la mano contraria de la ruta a aquella por la que venía circulando.
El auto que fue alcanzado por el camión era manejado por un hombre llamado Gustavo Alberto Sciotti, que tenía 41 años.
Su esposa Roxana Corradino (de 39 años) resultó herida, mientras que el hijo del matrimonio, llamado Ian, tenía 11 años y se convirtió en otra de las víctimas fatales de este choque.
Mientras que el nene falleció en forma inmediata por las lesiones sufridas en la colisión, su papá murió instantes después de ese mismo 17 de abril de 2011, cuando había sido trasladado al Hospital Pintos.
Fueron varias las circunstancias agravantes que los jueces valoraron al momento de imponerle las penas al transportista.
"La extensión del daño causado, en cuanto con su conducta provocó el fallecimiento de dos personas, una de ellas de muy corta edad", fue una de esas agravantes señaladas.
También, "el importante desvalor de la acción derivado de las características del hecho; la condición del autor de conductor profesional, que deposita en su persona un mayor deber de cumplir con las normativas de tránsito"; y "la peligrosidad demostrada por la gran cantidad de alcohol tomada en forma voluntaria teniendo un conocimiento efectivo de que le está absolutamente vedado tomar bebidas alcohólicas, ya que los choferes profesionales tienen prohibido conducir con alcohol en sangre".
Y otras circunstancias indicadas en el fallo fueron: "el exceso de velocidad impreso al vehículo, siendo el mismo de difícil manejo" y "haber perdido el control con anterioridad en el viaje hacia Azul y, a pesar de ello, haber seguido sosteniendo de modo obcecado una sobrevaloración de sus aptitudes para continuar conduciendo".

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