3 de junio de 2018
En un Tribunal local, un juez le impuso una pena de cuatro años y dos meses de prisión y otra consistente en una multa de 2.000 pesos. En mayo del año pasado al encausado, en el Barrio El Sol de esta ciudad, le habían allanado la casa donde vivía y lo aprehendieron. Durante ese procedimiento se secuestraron marihuana, cocaína y otros elementos relacionados con la comercialización al menudeo de esos estupefacientes.
El allanamiento por drogas relacionado con esta causa penal donde días atrás un hombre fue condenado se había hecho el 11 de mayo del año pasado. ARCHIVO/EL TIEMPO
Un gasista y plomero sometido a un juicio abreviado en un Tribunal local fue condenado por una infracción a la Ley de Estupefacientes a cuatro años y dos meses de prisión y al pago de una multa de 2.000 pesos, informaron fuentes judiciales.
El encausado fue identificado como Cristian Manuel González, alias “Titolo”.
De 39 años de edad, es oriundo de Quilmes y vivía en el Barrio El Sol de esta ciudad cuando en mayo del año pasado policías habían allanado su casa y lo aprehendieron, después de que en ese procedimiento se hallaran e incautaran cocaína, marihuana y otros elementos relacionados con la comercialización al menudeo de sustancias estupefacientes.
Semanas atrás, por ese hecho se tramitó un juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 con sede en el Palacio de Justicia local, proceso donde intervino el juez Gustavo Abudarham, quien halló al encausado autor penalmente responsable del delito de tenencia ilegitima de estupefacientes con fines de comercialización.
Allanamiento
El hecho que fuera materia de este proceso judicial estuvo relacionado con un allanamiento que la Policía, contando para eso con una orden dispuesta por un juez de Garantías, realizara el 11 de mayo del año pasado en la casa del imputado y ahora condenado en esta primera instancia.
De acuerdo con las pruebas colectadas en la Instrucción Penal Preparatoria llevada a cabo en una fiscalía local, en este juicio abreviado quedó probado que aquel día en que fuera allanada la casa donde vivía, ubicada en el Barrio El Sol, el encausado “tenía ilegítimamente bajo su guarda y disposición con fines de comercialización” la droga que le fuera incautada.
El procedimiento se había realizado en horas de la tarde del día ya mencionado y tuvo como objetivo una vivienda situada en De Las Cautivas entre Aldaz y Justa Gallardo de este medio. “Una finca sin numeración visible lindante al numeral 0388, pintada totalmente de color violeta con dos ventanas y una puerta en su frente”, se describió en el fallo de este juicio abreviado.
En esa vivienda González tenía, en una caja de cartón que los policías encontraron en la cocina, “tres frascos de vidrio conteniendo flores de una planta de Cannabis Sativa (marihuana) con un peso neto de 62 gramos”, escribió el juez Abudarham en el dictamen.
También fueron hallados, en una mochila, “ramos con flores” de esa misma sustancia estupefaciente “con un peso neto de 91 gramos”. Y en la habitación matrimonial de ese inmueble allanado, dos ramas de otra planta de marihuana.
Al mismo tiempo, en el bolsillo de una campera los policías que participaron en el allanamiento encontraron tres recipientes de plástico que contenían cocaína. Y en una mesa de luz, dos recipientes “conteniendo vestigios” de esa misma droga.
La totalidad de la cocaína secuestrada aquel día pesó unos siete gramos, se mencionó en el dictamen.
El procedimiento incluyó también el hallazgo y posterior secuestro de teléfonos celulares y de 1.500 pesos en efectivo, dinero que en ese entonces se presumía era producto de la comercialización al menudeo que el hombre llevaba a cabo con la droga secuestrada en la casa donde vivía.
Lo que se probó
La investigación iniciada por este caso había permitido determinar la manera en que el encausado vendía al menudeo la droga, situación que en algunas ocasiones incluía que saliera en moto o tomara un remís para hacer de “delivery”. Además, comercializaba estupefacientes desde su domicilio, el lugar al que los consumidores iban a comprar droga.
Todos esos movimientos fueron documentados a través de fotografías y filmaciones por el personal policial que intervino en la investigación de este hecho.
“El imputado tenía bajo su guarda y disposición estupefacientes comprendidos dentro de la Ley 23.737”, escribió el juez Abudarham en el fallo para después indicar que dicha tenencia de drogas era “con fines de comercialización”.
Eso, a criterio del magistrado, quedó acreditado “a través de las observaciones efectuadas por el personal policial”, en alusión al “permanente movimiento de llegada y salidas de personas del domicilio del encausado; su permanencia por breves lapsos de tiempo y el intercambio entre el encartado y sus visitantes de elementos. Incluso, la distribución que el encausado hacía de las sustancias, en su motocicleta, a diferentes lugares de la ciudad de Azul”.
La autoría de González en el hecho materia de este juicio abreviado se demostró por la cantidad “inusual” de personas que iban a su casa, “en diferentes días y horarios”, las cuales permanecían “por breves lapsos de tiempo, siendo atendidos por el encausado y luego se retiraban del lugar”.
Otro indicio de cargo fue que los policías, cuando lo investigaron, observaron al hombre efectuar “pases de manos” con esas personas que iban a su domicilio, “entregando elementos de pequeño tamaño” y recibiendo a cambio “efectos de las mismas características”.
Que se secuestrara droga en su casa; que concurriera mucha gente a comprar estupefacientes en distintos días y horarios -“entrevistándose con González e intercambiando con éste diferentes elementos, adunado a que en dicho lugar no había ningún comercio abierto al público”-; a lo que se sumó “la forma en que fue secuestrada la sustancia estupefaciente, fraccionada en frascos de vidrio y tubos de plástico, como también lista para vender en el caso de la marihuana y en una cantidad que excede la necesaria para consumo personal o la simple tenencia”, a criterio del juez que intervino en este proceso abreviado “todo ello permite concluir con el grado de certeza necesario que Cristian González tenía los estupefacientes bajo su guarda y con fines de comercialización”.
El dato
Las penas para el hombre condenado en esta primera instancia por una infracción a la Ley de Estupefacientes fueron las mismas que las partes acordaron, en la previa que desde el Ministerio Público Fiscal se solicitara ante el Tribunal 2 la realización de este proceso judicial. Acusación y Defensa habían valorado sólo una circunstancia para el acusado: “el buen concepto que pudiera merecer”. Pero esa atenuante fue descartada por el juez que lo condenó.
El torneo de Primera División, organizado por la Liga de Fútbol de Azul, afrontará mañana una jornada decisiva con la disputa de la duodécima fecha. La programación se adelantó por el Día de la Madre y tendrá varios encuentros importantes, tanto en la pelea por el liderazgo como en la lucha por ingresar a los cuartos de final.
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