1 de junio de 2017

. Un hombre que abusaba sexualmente de su nieta fue condenado a tres años de prisión en suspenso

Un juez lo halló autor del “delito continuado de abuso sexual simple agravado por el vínculo”. La víctima tenía doce años cuando los hechos, que recién fueron denunciados en mayo de 2015, ocurrieron. Las situaciones que se dieron por probadas fueron dos. Durante las mismas, el hombre ahora condenado -que tiene 77 años- le efectuó a su nieta diferentes tocamientos en el cuerpo y la besó contra su voluntad, aunque no llegó a accederla carnalmente.

 

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Un juicio abreviado tramitado días atrás en un Tribunal local finalizó con la condena para un hombre a una pena de tres años de prisión de ejecución condicional, al quedar demostrado en ese proceso que había abusado sexualmente de una de sus nietas, hecho ocurrido en esta ciudad durante el año 2009 y para cuando la víctima era menor de edad.

El proceso judicial se sustanció a través del Tribunal Oral en lo Criminal número 1 y contó con la participación del juez Gustavo Borghi.

El actual presidente de ese tribunal con sede en el primer piso del Palacio de Justicia local halló al encausado autor penalmente responsable del delito continuado de abuso sexual simple agravado por el vínculo y le impuso la pena de prisión en suspenso ya referida, señalaron ayer voceros judiciales.

Esa misma sanción había sido acordada por las partes que intervinieron en este proceso, en la previa a que el representante del Ministerio Público Fiscal solicitara la realización del juicio abreviado.

Guillermo Vaticano, actual titular de la UFI 6 departamental, fue el representante del Ministerio Público Fiscal en este juicio, mientras que al hombre condenado lo patrocinó un defensor Particular: el abogado Gustavo Scotto.

La condena para el encausado se dio en los términos que establece el Código Procesal Penal para los juicios abreviados, una situación donde el juez que interviene no puede imponerle una pena superior a la acordada por el Fiscal con la Defensa en la previa a solicitar la realización de un proceso de estas características, en donde como únicas pruebas se valoran las surgidas durante lo que fue la Instrucción Penal Preparatoria de la causa.

A los doce años

En la resolución de este juicio abreviado se indicó que la víctima de este hecho fue abusada sexualmente por su abuelo cuando ella tenía doce años de edad.

Los hechos que se dieron por probados en este proceso fueron dos. Y en ambos, el hombre no llegó a acceder carnalmente a su nieta.

En mayo del año 2015, una denuncia formulada por la directora de la escuela a la que la chica concurría fue la que dio lugar al inicio del sumario penal convertido días atrás en materia de este juicio abreviado donde el encausado fue condenado a la ya referida pena de tres años de prisión en suspenso.

“Encuentro debidamente acreditado que un día jueves del año 2009, en período escolar, en horas de la tardecita -sostuvo el juez Borghi con relación a uno de esos hechos- en el interior de su camioneta, rodado que se hallaba estacionado frente al Palacio de Justicia, sito en Avenida Presidente Perón 525 de Azul, (el condenado) abusó sexualmente de su nieta, de 12 años de edad”.

En ese entonces, con la excusa de que la había llevado a tomar un helado a un comercio cercano al edificio de Tribunales, el hombre le tocó con sus manos los pechos y la cola a su nieta, “para posteriormente aplicarle varios besos por todo su cuerpo, en contra de su voluntad”.

Al día siguiente se produjo el segundo de los abusos que quedaron probados en este juicio abreviado.

En aquella ocasión, la víctima se encontraba en la casa de su abuelo abusador. Y cuando estaba acostada en la cama matrimonial, el hombre “se acercó y nuevamente abusó sexualmente de dicha menor, tocándola en contra de su voluntad. Primero en la pierna y luego su parte íntima”.

El dato

Teniendo en cuenta la relación de parentesco entre los protagonistas de este caso, por cuestiones legales el nombre del condenado -un hombre que es oriundo de Rauch, figura con actual domicilio en Azul y tiene 77 años- no puede revelarse públicamente, para así proteger la identidad de su nieta. La misma que, siendo menor de edad, fue abusada sexualmente por el encausado. En el fallo, el juez valoró una única circunstancia, del tipo atenuante, para la sanción impuesta al abuelo de la víctima: su “inexistencia” de antecedentes condenatorios.

TENÍA MIEDO Y NO SE ANIMABA A CONTARLO 

La declaración de la víctima, testimonio que refiriera en sede judicial tras la denuncia formulada por estos hechos en mayo del año 2015, se convirtió en uno de los elementos de prueba fundamentales para dar por acreditada la existencia de los abusos que ella sufrió y por los que días atrás su abuelo fue condenado.

Hoy ya mayor de edad, durante su versión de lo sucedido la chica había contado que su abuelo la había ido a buscar para llevarla a dormir a su casa, algo que habitualmente sucedía por ese entonces, en el año 2009.

También dijo que en esas circunstancias, cuando ambos estaban yendo a la casa de su abuelo, el hombre la llevó en su camioneta a tomar un helado, ocasión durante la cual se produjo el primero de esos abusos ya referidos.

De acuerdo con lo que contó, aquel día “su abuelo le expresó que si no hacia lo que él quería no le iba a comprar cosas”.

A pesar de que opuso resistencia, la chica contó que en un principio no pudo bajar de la camioneta para escapar. Y que después, cuando abrió la puerta y descendió del vehículo, su abuelo -al ver la actitud de ella- “le dijo que se subiera, que no le iba a hacer nada más”.

Después de que aquella noche durmió en lo de su abuelo, aunque lo hizo con su abuela, de la que -según contó- “se aferró y no se separó de su lado” para evitar así continuar siendo abusada, al día siguiente volvió a convertirse en víctima del accionar del hombre ahora condenado.

Sobre lo que sucedió en aquella segunda ocasión, recordó que “su abuelo se acercó con el pretexto de cebarle mate a su abuela y se sentó en el borde de la cama. Y sin que su abuela se diera cuenta, comenzó a tocarla con sus manos. Primero la pierna y luego su parte íntima”.

La inmediata reacción de la chica, que se levantó de la cama y se fue de inmediato, se tradujo en que luego su abuelo no volviera a abusar de ella. Además, ella lo amenazó con contar todo a su familia “si le hacía algo más”.

El hecho de que recién seis años más tarde fuera formulada una denuncia penal por lo ocurrido obedeció, según declarara la propia víctima, a que “nunca quiso contar nada porque tenía miedo y creía que su familia no le iba creer”.

Tras la denuncia, la familia de la chica dejó de tener trato con su abuelo. Y la víctima, como suele suceder en casos así, comenzó a experimentar traumáticas secuelas, relacionadas con trastornos psíquicos y problemas en la escuela.

PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO

Con relación al tipo de pena impuesta al hombre condenado, de ejecución condicional, el juez Gustavo Borghi escribió en el fallo que existían circunstancias previstas en el Código Penal que demostraban “la inconveniencia de aplicarle efectivamente la privación de libertad”.

Pero teniendo en cuenta eso, y el acuerdo que también hicieran las partes, el mismo juez le impuso al abusador diferentes pautas de conducta que debe cumplir por el plazo de dos años.

Esas obligaciones consisten en “fijar residencia, someterse al cuidado del Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires y la absoluta prohibición de acercamiento y de establecer todo tipo de contacto con la víctima”, según se detalló en el fallo.

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